Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 28 de septiembre de 2021 de delegación de competencias en la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de esta Consejería
- ÓrganoConsejería de Educación y Formación Profesional
- Publicado en BOIB núm. 136 de 05 de Octubre de 2021
- Vigencia desde 05 de Octubre de 2021


La protección civil y la gestión de emergencias en las entidades locales
LibrosDesde 44,46 €(IVA Inc.)Más info.Casos prácticos para secretarios y técnicos de Administración Local
LibrosDesde 98,80 €(IVA Inc.)Más info.Todo Administración Local: Gestión presupuestaria y Control interno
LibrosDesde 100,78 €(IVA Inc.)Más info.Administración Local Práctica 5ª Ed.
LibrosDesde 82,99 €(IVA Inc.)Más info.Revista El Consultor de los Ayuntamientos
Periódicos y Revistas468,00 €(IVA Inc.)Más info.
Sumario
El artículo 25.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establece que, mediante un acto motivado, los órganos administrativos podrán delegar el ejercicio de sus competencias, conservando la titularidad de las mismas, en otros órganos de la Administración autonómica de rango igual o inferior, aunque no sean jerárquicamente dependientes.
El Decreto 11/2021, de 15 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 21, de 15 de febrero), introduce cambios en la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, y de acuerdo con las atribuciones que tengo conferidas por el artículo 11 de la Ley 3/2003, dicto la siguiente
Resolución
1. Delegar en la directora general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa de la Consejería de Educación y Formación Profesional las competencias que, de acuerdo con la legislación aplicable, corresponden al consejero de Educación y Formación Profesional con relación a los procedimientos administrativos relacionados con la Agencia Nacional Española encargada de la implementación y gestión del programa de la Unión Europea para dar apoyo a la educación y formación (programa Erasmus+ de la Comisión Europea y sucesores) en relación con aquellos proyectos cuyo beneficiario directo sea la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en relación con las enseñanzas no universitarias.
2. Disponer que las delegaciones a las que hace referencia esta Resolución se deben entender sin perjuicio de las potestades de revocación y avocación que corresponden al consejero de Educación y Formación Profesional.
3. Disponer que los actos administrativos que se adopten por delegación deben indicar expresamente esta circunstancia, junto con la especificación del órgano que delega.
4. Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears y disponer que produzca efectos a partir del mismo día de su publicación.