Ley 6/1999, de 12 de julio, de ordenación, gestión y tributación del agua (Vigente hasta el 30 de Mayo de 2000).
- Órgano PRESIDENCIA DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA
- Publicado en DOGC núm. 2936 de 22 de Julio de 1999 y BOE núm. 190 de 10 de Agosto de 1999
- Vigencia desde 11 de Agosto de 1999. Esta revisión vigente desde 11 de Agosto de 1999 hasta 30 de Mayo de 2000
TITULO PRIMERO
Administración hidráulica local
Artículo 6 Las entidades locales del agua
Las entidades locales del agua (ELA), definidas en el artículo 2, son entes de carácter territorial y funcional, que se constituyen para la gestión más eficiente de los recursos hídricos y de las obras y actuaciones hidráulicas y para la prestación de los servicios relacionados.
Artículo 7 Constitución
La constitución de una ELA de ámbito supramunicipal exige a los municipios que se integren en la misma la atribución a la ELA del ejercicio de todas o parte de sus competencias sobre el ciclo hidráulico, así como sobre los servicios e instalaciones que estén vinculados al mismo.
Artículo 8 Registro
1. La constitución de una ELA y sus modificaciones deben ser comunicadas a la Agencia Catalana del Agua, adjuntando, cuando proceda, la documentación acreditativa de su constitución.
2. La Agencia Catalana del Agua lleva un registro de carácter público sobre las comunicaciones y documentación recibidas.
Artículo 9 Delegación o asignación de competencias
1. La Agencia Catalana del Agua puede delegar o asignar el ejercicio de las competencias propias a las ELA a petición motivada de éstas.
2. La delegación o asignación deben ser expresas y responden a motivos de capacidad técnica y de gestión, de garantía de más eficiencia, de extensión territorial y de población.
Artículo 10 Acción de fomento
1. El Gobierno establece medidas de fomento para la constitución de las ELA.
2. Los consejos comarcales pueden adoptar medidas de fomento para el impulso y promoción de las ELA, con las que establecen las relaciones de colaboración necesarias para el ejercicio más eficaz de sus funciones.