Decreto Legislativo 1/2004, de 28-12-2004, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (Vigente hasta el 26 de Mayo de 2009).
- Órgano CONSEJERIA DE VIVIENDA Y URBANISMO
- Publicado en DOCM núm. 13 de 19 de Enero de 2005
- Vigencia desde 08 de Febrero de 2005. Esta revisión vigente desde 01 de Enero de 2006 hasta 26 de Mayo de 2009


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
-
Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha.
- Disposición Preliminar
-
TÍTULO PRIMERO.
Disposiciones Generales
- Artículo 1 Objeto de la ley
- Artículo 2 La actividad urbanística
- Artículo 3 Los bienes a cuya tutela sirve la actividad urbanística
- Artículo 4 Los criterios de la actuación pública territorial
- Artículo 5 Los fines de la actuación pública territorial
- Artículo 6 Los fines de la actividad pública urbanística
- Artículo 7 La gestión de la actividad administrativa urbanística
- Artículo 8 La participación de los sujetos privados en la actividad administrativa urbanística
- TÍTULO SEGUNDO. La Concertación de la Actuación Pública
-
TÍTULO TERCERO.
Los Instrumentos de la Ordenación Territorial y Urbanística
- CAPÍTULO I. Disposiciones Generales
-
CAPÍTULO II.
Los Planes Supramunicipales
- Artículo 18 Los Planes de Ordenación del Territorio
- Artículo 19 Los Proyectos de Singular Interés
- Artículo 20 Las determinaciones de los Proyectos de Singular Interés
- Artículo 21 La subrogación en la posición jurídica de la persona o entidad particular que tenga atribuida la ejecución
- Artículo 22 La ejecución de los Proyectos de Singular Interés
- Artículo 23 El incumplimiento en la ejecución de los Proyectos de Singular Interés. Consecuencias
- CAPÍTULO III. Los Planes Municipales
- CAPÍTULO IV. Los Planes Especiales
-
CAPÍTULO V.
La Documentación, Elaboración y Aprobación de los Planes
- Artículo 30 La documentación de los planes
- Artículo 31 Los estándares mínimos de calidad urbana de preceptiva observancia por los planes
- Artículo 32 La elaboración y aprobación de los Planes de Ordenación del Territorio
- Artículo 33 La elaboración y aprobación de los Proyectos de Singular Interés
- Artículo 34 La elaboración de los Planes de Ordenación Municipal y de los Planes de Delimitación de Suelo Urbano
- Artículo 35 La elaboración de los Planes Especiales y de los Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos
- Artículo 36 La tramitación para la aprobación inicial de los Planes de Ordenación Municipal, Planes de Delimitación de Suelo Urbano, determinados Planes Especiales y Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos
- Artículo 37 La tramitación para la aprobación definitiva de los Planes de Ordenación Municipal, Planes de Delimitación de Suelo Urbano, determinados Planes Especiales y Catálogos de Bienes y Espacios Protegidos
- Artículo 38 La elaboración, tramitación y aprobación de los Planes Parciales, determinados Planes Especiales y los Estudios de Detalle
- Artículo 39 El régimen de la innovación de la ordenación establecida por los Planes
- Artículo 40 La revisión de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística: concepto y procedencia
- Artículo 41 La modificación de los Planes: concepto, procedencia y límites
- CAPÍTULO VI. Los Efectos de la Aprobación, la Publicación y la Vigencia de los Instrumentos de Ordenación Territorial y Urbanística
-
TÍTULO CUARTO.
El Régimen Urbanístico de la Propiedad del Suelo
-
CAPÍTULO I.
La Clasificación del Suelo
- Artículo 44 Las clases de suelo
- Artículo 45 El suelo urbano en los Municipios con Plan de Ordenación Municipal
- Artículo 46 El suelo urbanizable en los Municipios con Plan de Ordenación Municipal
- Artículo 47 El suelo rústico en los Municipios con Plan de Ordenación Municipal
- Artículo 48 La clasificación del suelo en Municipios sin Plan de Ordenación Municipal
-
CAPÍTULO II.
El Régimen de las Distintas Clases de Suelo
-
SECCIÓN 1.
El contenido urbanístico de la propiedad del suelo
- Artículo 49 La delimitación del contenido urbanístico del derecho de propiedad del suelo
- Artículo 50 El contenido urbanístico legal del derecho de propiedad del suelo: derechos
- Artículo 51 El contenido urbanístico legal del derecho de propiedad del suelo: deberes
- Artículo 52 El carácter real de los deberes de la propiedad del suelo
- Artículo 53 Los principios generales del régimen urbanístico legal de la propiedad del suelo
-
SECCIÓN 2.
Régimen del suelo rústico
- Artículo 54 El régimen del suelo rústico
- Artículo 55 Las determinaciones de ordenación de directa aplicación y las de carácter subsidiario
- Artículo 56 El contenido, alcance y requisitos de los usos y las actividades y construcciones permisibles o autorizables
- Artículo 57 Las condiciones de realización de los actos de aprovechamiento legitimados por la correspondiente calificación urbanística
- Artículo 58 La formalización e inscripción de los deberes y las cargas urbanísticos
- Artículo 59 La invalidez de los actos de calificación y autorización
- Artículo 60 La calificación urbanística del suelo rústico de reserva
- Artículo 61 La calificación urbanística del suelo rústico no urbanizable de especial protección
- Artículo 62 El concurso sobre localización y características para la legitimación de ciertos actos de iniciativa particular
- Artículo 63 Requisitos de los actos de uso y aprovechamiento urbanísticos
- Artículo 64 El contenido y el procedimiento de las resoluciones requeridas para legitimar los actos promovidos por particulares
- Artículo 65 La calificación urbanística para actos promovidos por las Administraciones Públicas o los usos correspondientes a áreas de servicios de carreteras
- Artículo 66 Las condiciones legales mínimas y la vigencia y caducidad de las licencias municipales
- SECCIÓN 3. El régimen del suelo urbano y urbanizable
-
SECCIÓN 4.
Las áreas de reparto y los aprovechamientos tipo
- Artículo 70 La delimitación de áreas de reparto
- Artículo 71 La determinación y el cálculo del aprovechamiento tipo
- Artículo 72 Los coeficientes correctores de uso y tipología
- Artículo 73 Las transferencias de aprovechamiento
- Artículo 74 Las reservas de aprovechamiento
- Artículo 75 Las compensaciones monetarias sustitutivas
-
SECCIÓN 1.
El contenido urbanístico de la propiedad del suelo
-
CAPÍTULO III.
La Intervención Pública en el Mercado Inmobiliario
- SECCIÓN 1. Los patrimonios públicos de suelo
- SECCIÓN 2. Los derechos de superficie
-
SECCIÓN 3.
Los derechos de tanteo y retracto sobre suelo y edificaciones
- Artículo 83 Los bienes sujetos a los derechos de tanteo y retracto y las Administraciones titulares de éstos
- Artículo 84 El registro administrativo de bienes sujetos a los derechos de tanteo y retracto; su relación con las funciones públicas notarial, registral, hipotecaria y mercantil
- Artículo 85 La notificación al registro administrativo de bienes sujetos a los derechos de tanteo y retracto de los propósitos de transmisión
- Artículo 86 La caducidad de los efectos del ejercicio de los derechos de tanteo y retracto y la resolución de la transmisión por incumplimiento
- Artículo 87 El tanteo y el retracto ejercidos sobre transmisión consistente en permuta
- Artículo 88 El destino de los bienes adquiridos
-
CAPÍTULO IV.
Las Parcelaciones y las Reparcelaciones
- Artículo 89 La parcelación urbanística
- Artículo 90 La indivisibilidad de fincas y parcelas
- Artículo 91 El régimen de las parcelaciones urbanísticas
- Artículo 92 La reparcelación
- Artículo 93 Los criterios para la reparcelación
- Artículo 94 La reparcelación económica
- Artículo 95 La reparcelación voluntaria y la forzosa
-
CAPÍTULO I.
La Clasificación del Suelo
-
TÍTULO QUINTO.
La Ejecución del Planeamiento de Ordenación Territorial y Urbanística
-
CAPÍTULO I.
Disposiciones Generales
-
SECCIÓN 1.
La ejecución y la inspección
- Artículo 96 Las esferas de actuación pública y privada
- Artículo 97 El contenido y desarrollo de la actividad administrativa de ejecución
- Artículo 98 La dirección, inspección y control de la actividad privada de ejecución
- Artículo 99 Las actuaciones urbanizadoras
- Artículo 100 Las actuaciones de urbanización mediante obras públicas ordinarias
- Artículo 101 La ejecución de los sistemas generales
- Artículo 102 Las actuaciones edificatorias
- SECCIÓN 2. La organización y el orden del desarrollo de la ejecución
- SECCIÓN 3. Las formas de gestión de la actividad administrativa de ejecución
- SECCIÓN 4. Los presupuestos de cualquier actividad de ejecución
-
SECCIÓN 1.
La ejecución y la inspección
-
CAPÍTULO II.
La Ejecución Mediante Actuaciones Urbanizadoras
- SECCIÓN 1. Disposiciones generales
- SECCIÓN 2. La gestión directa de la actuación urbanizadora
-
SECCIÓN 3.
La gestión indirecta de la actuación urbanizadora
- Artículo 117 El urbanizador como agente gestor por adjudicación de la ejecución de un Programa de Actuación Urbanizadora
- Artículo 118 Relaciones entre el urbanizador y los propietarios
- Artículo 119 El pago mediante cuotas de urbanización
- Artículo 120 La tramitación de Programas de Actuación Urbanizadora de iniciativa particular o a desarrollar en régimen de gestión indirecta
- Artículo 121 La simplificación del procedimiento de aprobación de Programas de Actuación Urbanizadora de iniciativa particular
- Artículo 122 La aprobación y la adjudicación de los Programas de Actuación Urbanizadora de iniciativa particular o a desarrollar en régimen de gestión indirecta
- Artículo 123 La adjudicación preferente
- Artículo 124 El registro administrativo de Programas de Actuación Urbanizadora y de Agrupaciones de Interés Urbanístico
- Artículo 125 La ejecución por urbanizador de los Programas de Actuación Urbanizadora
- CAPÍTULO III. La Ejecución de los Sistemas Generales
-
CAPÍTULO IV.
Otras Formas de Ejecución
- SECCIÓN 1. La ejecución mediante obras públicas ordinarias
-
SECCIÓN 2.
La ejecución en actuaciones edificatorias
- Artículo 130 La edificación de parcelas y solares
- Artículo 131 Los presupuestos de la edificación
- Artículo 132 La expropiación y la ejecución mediante sustitución por incumplimiento del deber de edificar
- Artículo 133 El concurso para la sustitución del propietario incumplidor
- Artículo 134 El incumplimiento del adjudicatario del concurso
-
CAPÍTULO V.
La Conservación de Obras y Construcciones
- SECCIÓN 1. Las obras de urbanización
-
SECCIÓN 2.
Las obras de edificación y en bienes inmuebles en general
- Artículo 137 El deber de conservación y rehabilitación
- Artículo 138 La inspección periódica de construcciones y edificaciones
- Artículo 139 La situación legal de ruina
- Artículo 140 Las órdenes de ejecución de obras de conservación y obras de intervención
- Artículo 141 Las Áreas de Rehabilitación Preferente
- Artículo 142 La ruina física inminente
-
CAPÍTULO I.
Disposiciones Generales
-
TÍTULO SEXTO.
La Expropiación Forzosa
- Artículo 143 Los supuestos expropiatorios
- Artículo 144 Los beneficiarios de la expropiación
- Artículo 145 La relación de propietarios y la descripción de bienes y derechos
- Artículo 146 Los bienes de dominio público
- Artículo 147 El justiprecio y su pago en especie; el órgano competente para su fijación
- Artículo 148 La liberación de la expropiación, sus requisitos y las consecuencias del incumplimiento
- Artículo 149 El procedimiento
- Artículo 150 El procedimiento de urgencia en la ocupación: requisitos
- Artículo 151 La avenencia: bonificaciones
- Artículo 152 El Jurado Regional de Valoraciones: carácter, función y composición
- Artículo 153 La motivación y la notificación de los acuerdos del Jurado Regional de Valoraciones
-
TÍTULO SÉPTIMO.
Garantías y Protección de la Ordenación Territorial y Urbanística
- CAPÍTULO I. Principios Generales
-
CAPÍTULO II.
El Control de las Actividades Objeto de la Ordenación Territorial y Urbanística
- Artículo 156 El régimen de control de las actividades y los actos regulados por la ordenación territorial y urbanística
- SECCIÓN 1. Las actividades sujetas a comunicación previa
-
SECCIÓN 2.
Las licencias urbanísticas
-
SUBSECCIÓN 1.
Los principios generales comunes a las licencias urbanísticas
- Artículo 160 La competencia para el otorgamiento de la licencia urbanística
- Artículo 161 El procedimiento general de otorgamiento de licencia urbanística
- Artículo 162 Los efectos de la licencia urbanística
- Artículo 163 Integración del régimen urbanístico y el de actividades clasificadas o sujetas a evaluación de impacto ambiental
- Artículo 164 La prestación de servicios por las compañías suministradoras
- SUBSECCIÓN 2. La licencia de obras, edificación e instalación
- SUBSECCIÓN 3. Las licencias de usos y actividades
-
SUBSECCIÓN 1.
Los principios generales comunes a las licencias urbanísticas
- SECCIÓN 3. La autorización de actividades provisionales
- SECCIÓN 4. El trámite de consulta
- CAPÍTULO III. La Inspección Urbanística
- CAPÍTULO IV. Las órdenes de Ejecución
-
CAPÍTULO V.
La Disciplina Territorial y Urbanística
-
SECCIÓN 1.
El régimen de las edificaciones, construcciones e instalaciones y demás operaciones y actividades clandestinas
- Artículo 177 Las edificaciones, construcciones e instalaciones y las operaciones y actividades clandestinas
- Artículo 178 El régimen de legalización de las actuaciones clandestinas
- Artículo 179 Las actuaciones ilegales
- Artículo 180 La intervención de la Administración de la Junta de Comunidades
- Artículo 181 Las operaciones de ejecución
- SECCIÓN 2. Las operaciones de restauración de la ordenación territorial y urbanística
-
SECCIÓN 1.
El régimen de las edificaciones, construcciones e instalaciones y demás operaciones y actividades clandestinas
-
CAPÍTULO VI.
Las Infracciones y Sanciones Urbanísticas
-
SECCIÓN 1.
El régimen general
- Artículo 183 Las infracciones territoriales y urbanísticas
- Artículo 184 Las sanciones urbanísticas
- Artículo 185 Los sujetos responsables de las infracciones urbanísticas
- Artículo 186 Las sanciones al personal al servicio de las Administraciones urbanísticas
- Artículo 187 La prescripción de las infracciones
- Artículo 188 La prescripción de la sanción
- Artículo 189 La graduación de la responsabilidad
- Artículo 190 La determinación de la sanción
- Artículo 191 Las reglas especiales correspondientes a la determinación de la multa
-
SECCIÓN 2.
Las infracciones y sanciones especiales en materia de gestión, parcelación, edificación y medio ambiente
- Artículo 192 Las infracciones y sanciones en materia de gestión urbanística
- Artículo 193 Las infracciones y sanciones en materia de parcelación y equidistribución
- Artículo 194 Las infracciones en materia de edificación y uso del suelo
- Artículo 195 Las infracciones y sanciones en materia de medio ambiente cultural y natural
- SECCIÓN 3. La competencia y el procedimiento
-
SECCIÓN 1.
El régimen general
- CAPÍTULO VII. El Régimen Jurídico
- CAPÍTULO VIII. Las Medidas de Garantía y Publicidad de la Observancia de la Ordenación Territorial y Urbanística
- DISPOSICIÓN ADICIONAL.
-
DISPOSICIONES TRANSITORIAS.
- Primera Régimen urbanístico del suelo
- Segunda Los planes e instrumentos de ordenación vigentes en el momento de la entrada en vigor de esta Ley
- Tercera Los planes e instrumentos en curso de ejecución
- Cuarta Los planes e instrumentos en curso de aprobación en el momento de entrada en vigor de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística
- Quinta Los restantes planes e instrumentos
- Sexta La adaptación de los planes e instrumentos a esta Ley
- Séptima Municipios sin planeamiento urbanístico
- Octava La conservación de urbanizaciones
- DISPOSICIONES FINALES.

Exposición de Motivos
La Ley 14/2003, de 18 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para el año 2004, en su Disposición Adicional Duodécima, autoriza al Consejo de Gobierno para que durante el año 2004 haga uso de la autorización establecida en la Disposición Final Primera de la Ley 1/2003, de 17 de enero, de modificación de la ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, para que elabore y apruebe un texto único de la citada Ley 2/1998, que incorpore las modificaciones introducidas en ella par la Ley 1/2003.
Esta autorización tiene amparo legal en la facultad de delegación legislativa que se contempla en el artículo 9.2 a) del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, aprobado por Ley Orgánica 9/1982, de 10 de agosto.
La autorización otorgada al Consejo de Gobierno para la refundición de los textos legales comprende la regularización, aclaración y armonización de las disposiciones legales objeto de la misma. Además, la elaboración del texto justifica otras adaptaciones que, si bien no inciden sustancialmente en el fondo de la disposición, resultan necesarias para lograr la sistemática y coherencia del mismo, siempre con el máximo respeto a la voluntad del legislador. Por ello, se corrigen errores de concordancia y se aclaran diversas remisiones a preceptos de la propia Ley, principalmente en el régimen del suelo urbano, acompañándolas del contenido normativo objeto de dichas remisiones, con la única finalidad de conseguir una mayor claridad y seguridad jurídica del texto.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de Vivienda y Urbanismo, de acuerdo con el dictamen del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 28 de diciembre de 2004.
Dispongo:
Artículo único.
Se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha, que se inserta a continuación.
Disposición derogatoria
1.- Quedan derogadas la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística, la Ley 1/2003, de 17 de enero, de modificación de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística y todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a la presente Ley.


2.- Mantienen su vigencia en cuanto no se opongan a esta Ley o a sus normas de desarrollo:
- - Decreto 242/2004, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Suelo Rústico de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
- - Decreto 248/2004, de 14 de septiembre, par el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
- - Decreto 87/1993, de 14 de junio (sic), modificado por Decreto 58/1994, de 21 de junio, sobre catálogos de suelo de uso residencial.
- - Orden de 31 de marzo de 2003, de la Consejería de Obras Públicas, por la que se aprueba la Instrucción Técnica de Planeamiento sobre determinados requisitos sustantivos que deberán cumplir las obras, construcciones e instalaciones en suelo rústico.
Disposición final
El presente Decreto Legislativo y el Texto Refundido que aprueba entrarán en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.