Decreto Foral Legislativo 213/2002, de 14 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral de Cuerpos de Policía de Navarra (Vigente hasta el 01 de Julio de 2006).
Ficha:
- Órgano PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE NAVARRA
- Publicado en BON núm. 144 de 29 de Noviembre de 2002
- Vigencia desde 29 de Noviembre de 2002. Esta revisión vigente desde 09 de Agosto de 2005 hasta 01 de Julio de 2006
Versiones/revisiones:


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ANEXO
Texto Refundido de la Ley Foral de Cuerpos de Policía de Navarra
TITULO PRELIMINAR
Artículo 1
1. Esta Ley Foral será de aplicación a los Cuerpos de Policía dependientes de las Administraciones Públicas de Navarra.
2. A los efectos de esta Ley Foral, se entenderán por Cuerpos de Policía los encargados del mantenimiento de la seguridad pública, integrados por funcionarios públicos, con carácter civil y estructura jerarquizada.
3. El personal de policía dependiente del Gobierno de Navarra se integrará en un Cuerpo único denominado Policía Foral de Navarra.
4. En cada Entidad local de Navarra que disponga de servicios y personal de policía, éstos se integrarán en un Cuerpo único.