Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- Órgano PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
- Publicado en DOE núm. 35 de 26 de Marzo de 2002 y BOE núm. 92 de 17 de Abril de 2002
- Vigencia desde 27 de Marzo de 2002. Esta revisión vigente desde 28 de Febrero de 2015


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TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1 Del objeto y ámbito de aplicación
La presente Ley regula, en el marco del Estatuto de Autonomía, el régimen jurídico aplicable al Presidente y al Gobierno de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la organización y el funcionamiento del Gobierno y de la Administración de la misma y de sus Organismos públicos, así como el sistema de la responsabilidad dimanante de la gestión de los servicios públicos, de sus autoridades y demás personal a su servicio.
Artículo 2 De los poderes de la Comunidad Autónoma
A los efectos de lo regulado en la presente Ley, son poderes de la Comunidad Autónoma de Extremadura:
Artículo 3 De los órganos de Gobierno y Administración
Son órganos de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma:
Artículo 4 Del régimen jurídico
El funcionamiento del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma se regirá por lo dispuesto en la Constitución, en el Estatuto de Autonomía de Extremadura, por las disposiciones contenidas en la presente Ley y demás leyes aprobadas por la Asamblea en el ámbito de sus facultades, así como por las demás normas que se dicten en el ejercicio de la potestad reglamentaria.