Orden de 4 de abril de 2006, de la Consejería de Hacienda y Empleo, reguladora de la concesión directa de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja (Vigente hasta el 31 de Julio de 2009).
- Órgano CONSEJERIA DE HACIENDA Y EMPLEO
- Publicado en BOLR núm. 47 de 06 de Abril de 2006
- Vigencia desde 07 de Abril de 2006. Esta revisión vigente desde 10 de Julio de 2009 hasta 31 de Julio de 2009


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Artículo Primero
- Artículo Segundo
- DISPOSICIONES FINALES
- ANEXO
Con carácter excepcional pueden concederse de forma directa aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras, debidamente justificadas, que dificulten su convocatoria pública.
El artículo 28.2, del Decreto 14/2006, de 16 de febrero Regulador del Régimen Jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, determina que se considerarán subvenciones de concesión directa las relacionadas mediante Orden de esta Consejería.
Se han recibido de las Consejerías, que seguidamente se relacionan, la información relativa a las subvenciones que se consideran de concesión directa.
El Consejero de Hacienda y Empleo dicta la siguiente
Orden:
Artículo Primero
Se consideran subvenciones de concesión directa, las que se relacionan en el anexo 1 de la presente Orden.
Artículo Segundo
No obstante lo anterior, los sujetos contemplados en el Art. 3 del Decreto 14/2006, de 16 de febrero, Regulador del Régimen Jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, podrán celebrar Convenios con personas físicas, personas jurídicas, públicas y privadas conforme a lo dispuesto al apartado 3º del Art. 28 del mismo, en cuyo caso se habrá de dejar constancia en el expediente del interés público, social o económico que los ampara en cumplimiento de lo establecido en el apartado 2 c) del Art. 22 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Disposición Final
La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Anexo
Línea relativa a "Administraciones Públicas y Política Local: Ayudas a entidades locales para el pago de retribuciones e indemnizaciones por razón del servicio a los miembros de las mismas y gastos por atenciones protocolarias y representativas" introducida por el artículo único de la O [LA RIOJA] de la Consejería de Hacienda de 7 julio 2009, por la que se modifica el anexo de la Orden de la Consejería de Hacienda de 4 abril 2006, reguladora de la concesión directa de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja («B.O.L.R.» 10 julio).Vigencia: 10 julio 2009
Línea relativa a "Industria, Innovación y Empleo: Plan Renove de Electrodomésticos" introducida por el artículo único de la O [LA RIOJA] de la Consejería de Hacienda de 7 julio 2009, por la que se modifica el anexo de la Orden de la Consejería de Hacienda de 4 abril 2006, reguladora de la concesión directa de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja («B.O.L.R.» 10 julio).Vigencia: 10 julio 2009
Línea relativa a "Industria, Innovación y Empleo: Plan Renove de Calderas individuales de calefacción y agua caliente sanitaria" introducida por el artículo único de la O [LA RIOJA] de la Consejería de Hacienda de 7 julio 2009, por la que se modifica el anexo de la Orden de la Consejería de Hacienda de 4 abril 2006, reguladora de la concesión directa de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja («B.O.L.R.» 10 julio).Vigencia: 10 julio 2009
Línea relativa a "Industria, Innovación y Empleo: Adaptación laboral del sector de fabricación y componentes del calzado y marroquinería de la confección de la Comunidad Autónoma de La Rioja a los cambios estructurales del comercio mundial" introducida por el artículo único de la O [LA RIOJA] de la Consejería de Hacienda de 7 julio 2009, por la que se modifica el anexo de la Orden de la Consejería de Hacienda de 4 abril 2006, reguladora de la concesión directa de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja («B.O.L.R.» 10 julio).Vigencia: 10 julio 2009