Recurso de inconstitucionalidad n.º 3492-2015, contra el inciso último "previa autorización del Gobierno, de la puesta en funcionamiento de nuevos servicios públicos" del artículo 34 de la Ley 2/2015, de 11 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Cataluña para el 2015.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 3 de noviembre actual en el recurso de inconstitucionalidad núm. 3492-2015, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado mantener la suspensión del inciso último («previa autorización del Gobierno, de la puesta en funcionamiento de nuevos servicios públicos») del
artículo 34 de la Ley 2/2015, de 11 de marzo, de presupuestos de la Generalitat de Cataluña para el 2015, suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 156, de 1 de julio de 2015.