Reglamento de Ejecución (UE) 2017/94 de la Comisión, de 19 de enero de 2017, por el que se establece un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de gluconato de sodio originario de la República Popular China tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 11, apartado 2, del Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo

Ficha:
  • ÓrganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 16 de 20 de Enero de 2017
  • Vigencia desde 21 de Enero de 2017. Revisión vigente desde 21 de Enero de 2017
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 176 de 30.6.2016, p. 21.

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(2)

Reglamento de Ejecución (UE) n.º 965/2010 del Consejo, de 25 de octubre de 2010, por el que se establece un derecho antidumping definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de gluconato de sodio originario de la República Popular China (DO L 282 de 28.10.2010, p. 24).

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(3)

DO C 47 de 10.2.2015, p. 3.

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(4)

Reglamento (CE) n.º 1225/2009 del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Comunidad Europea (DO L 343 de 22.12.2009, p. 51). Este Reglamento ha sido codificado por el Reglamento de base.

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(5)

Anuncio de inicio de una reconsideración por expiración de las medidas antidumping aplicables a las importaciones de gluconato de sodio originario de la República Popular China (DO C 355 de 27.10.2015, p. 18).

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(6)

https://www.prlog.org/12459353-sodium-gluconate-producers-in-china-see-sharp-increase-in-exports-in-2014.html.

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(7)

Reglamento (UE) n.º 377/2010 de la Comisión, de 3 de mayo de 2010, por el que se establece un derecho antidumping provisional sobre las importaciones de gluconato de sodio originario de la República Popular China (DO L 111 de 4.5.2010, p. 5).

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