Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1267 de la Comisión, de 29 de julio de 2021, por el que se establecen derechos compensatorios definitivos sobre las importaciones de biodiésel originario de los Estados Unidos de América tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 18 del Reglamento (UE) 2016/1037 del Parlamento Europeo y del Consejo

Ficha:
  • ÓrganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 277 de 02 de Agosto de 2021
  • Vigencia desde 03 de Agosto de 2021. Revisión vigente desde 14 de Mayo de 2022
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 176 de 30.6.2016, p. 55.

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(2)

Reglamento (CE) n.º 598/2009 del Consejo, de 7 de julio de 2009, por el que se establece un derecho compensatorio definitivo y se percibe definitivamente el derecho provisional establecido sobre las importaciones de biodiésel originario de los Estados Unidos de América (DO L 179 de 10.7.2009, p. 1).

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(3)

Reglamento de Ejecución (UE) n.º 443/2011 del Consejo, de 5 de mayo de 2011, que amplía a las importaciones de biodiésel expedido desde Canadá, esté o no declarado como originario de Canadá, el derecho compensatorio definitivo impuesto por el Reglamento (CE) n.º 598/2009 a las importaciones de biodiésel originario de los Estados Unidos de América, amplía el derecho compensatorio definitivo impuesto por el Reglamento (CE) n.º 598/2009 a las importaciones de biodiésel en mezclas con un contenido igual o inferior al 20 % en peso de biodiésel originario de los Estados Unidos de América, y da por concluida la investigación sobre las importaciones expedidas desde Singapur (DO L 122 de 11.5.2011, p. 1).

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(4)

Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1519 de la Comisión, de 14 de septiembre de 2015, por el que se establece un derecho compensatorio definitivo sobre las importaciones de biodiésel originario de los Estados Unidos de América tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 18 del Reglamento (CE) n.º 597/2009 del Consejo (DO L 239 de 15.9.2015, p. 99).

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(5)

Los derechos compensatorios actualmente en vigor son importes fijos que oscilan entre 211,2 y 237 EUR por tonelada neta sobre las importaciones procedentes de los productores exportadores.

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(6)

Anuncio de expiración inminente de determinadas medidas antisubvención (DO C 18 de 20.1.2020, p. 19).

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(7)

Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (DO L 176 de 30.6.2016, p. 21).

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(8)

Anuncio de inicio de una reconsideración por expiración de las medidas antisubvenciones aplicables a las importaciones de biodiésel originario de los Estados Unidos de América (DO C 303 de 14.9.2020, p. 7).

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(9)

Documento TRON: t21.000417.

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(10)

Comunicación sobre las consecuencias del brote de COVID-19 para las investigaciones antidumping y antisubvenciones (DO C 86 de 16.3.2020, p. 6).

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(11)

Reglamento (CE) n.º 193/2009 de la Comisión, de 11 de marzo de 2009, por el que se establece un derecho antidumping sobre las importaciones de biodiésel originario de los Estados Unidos de América (DO L 67 de 12.3.2009, p. 22).

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(12)

Establecido en 2005 por la American Jobs Creation Act (Ley de creación de empleo estadounidense) de 2004, sección 302 (P.L. 108-357), prorrogado por la Energy Policy Act (Ley de política energética) de 2005, sección 1344 (P.L. 109-58).

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(13)

Véase la sección 202(a) de la Energy Improvement and Extension Act (Ley de mejora y extensión energéticas) de 2008 (P.L. 110-343, división B).

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(14)

Ley Pública 116-94-20 de diciembre de 2019, Further Consolidated Appropriations Act (Ley de asignaciones consolidadas), 2020, sección 121.

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(15)

Establecido en 2005 por la American Jobs Creation Act (Ley de creación de empleo estadounidense) de 2004, sección 302 (P.L. 108-357), prorrogado por la Energy Policy Act (Ley de política energética) de 2005, sección 1344 (P.L. 109-58).

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(16)

Véase la sección 202(a) de la Energy Improvement and Extension Act (Ley de mejora y extensión energéticas) de 2008 (P.L. 110-343, división B).

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(17)

Ley Pública 116-94-20 de diciembre de 2019, Further Consolidated Appropriations Act (Ley de asignaciones consolidadas), 2020, sección 121.

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(18)

De conformidad con la legislación de los EE. UU., el término «agrobiodiésel» significa biodiésel derivado exclusivamente de aceites vírgenes, incluidos los ésteres derivados de aceites vegetales vírgenes de maíz, semillas de soja, semillas de girasol, semillas de algodón, canola, crambe, semillas de colza, cártamo, semillas de lino, salvado de arroz, semillas de mostaza y camelina, así como de grasas animales [título 26, sección 40A (d)(2) del Código de los EE. UU.].

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(19)

https://www.law.cornell.edu/uscode/text/26/40A.

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(20)

Véanse las secciones 3.1.1.1. y 3.1.1.2. de la solicitud de reconsideración.

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(21)

Energy Policy Act (Ley de política energética) de 2005, sección 1345 (P.L. 109-58); modificada por la Energy Improvement and Extension Act (Ley de mejora y extensión energéticas) de 2008 (P.L. 110-343, división B), secciones 202-203; prorrogada por la Tax Relief, Unemployment Insurance Reauthorization, and Job Creation Act (Ley de alivio impositivo, reautorización del seguro de desempleo y creación de empleo) de 2010 (P.L. 111-312), sección 701.

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(22)

Véase la sección 202(a) de la Energy Improvement and Extension Act (Ley de mejora y extensión energéticas) de 2008 (P.L. 110-343, división B).

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(23)

Véase la sección 3.1.1.3. de la solicitud de reconsideración.

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(24)

American Taxpayer Relief Act (Ley de alivio del contribuyente estadounidense), de 2 de enero de 2013 [Ley Pública 112-240, sección 701(f)(4)].

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(25)

Agriculture Act (Ley agrícola) de 7 de febrero de 2014 [Ley Pública 113-79, sección 9005(2)].

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(26)

Agricultural Improvement Act (Ley de mejora agrícola), de 2018 (Ley Pública 115-334), sección 9005(2)(B).

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(27)

Véase el Code of Federal Regulations (Código de reglamentos federales), título 7, parte 428.102 del Código de los EE. UU., «Definiciones» de los reglamentos de ejecución: «los combustibles equivalentes al diésel producidos a partir de biomasa renovable, incluidos los aceites vegetales y las grasas animales». Potencialmente, «los biocombustibles derivados de residuos, incluidos los residuos de cultivos, otros residuos vegetales, residuos animales, residuos alimenticios y residuos de jardín», también podrían incluirse en la producción de biodiésel.

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(28)

https://www.rd.usda.gov/sites/default/files/fact-sheet/508_RD_FS_RBS_AdvancedBioFuel.pdf.

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(29)

La unidad térmica británica (BTU o Btu) es una unidad de energía que equivale a unos 1055 julios.

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(30)

Véase la sección 3.1.1.4. de la solicitud de reconsideración.

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(31)

Véase la sección 3.2.1. de la solicitud de reconsideración.

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(32)

Solicitud de reconsideración, versión para inspección por las partes interesadas, presentada el 11 de junio de 2020 por el Consejo Europeo de Biodiésel («EBB», por sus siglas en inglés o «el solicitante») en nombre de un grupo de productores de la Unión que representa más del 25 % de la producción total de biodiésel de la Unión, considerando 102, p. 21.

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(33)

Véase la sección 3.2.2. de la solicitud de reconsideración.

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(34)

Véase la sección 3.1.2.1. de la solicitud de reconsideración.

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(35)

https://revenue.ky.gov/Business/Pages/Biodiesel-Tax-Credit.aspx

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(36)

Véase la sección 3.1.2.2. de la solicitud de reconsideración.

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(37)

Capítulo 16 del Código de Agricultura de Texas, sección 16.006 (b).

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(38)

Véase la sección 3.1.2.3. de la solicitud de reconsideración.

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(39)

Prorrogados por la Energy Policy Act (Ley de política energética) de 2005, sección 1344 (P.L. 109- 58) y modificados por la Energy Improvement and Extension Act (Ley de mejora y extensión energéticas) de 2008 (P.L. 110-343, división B), secciones 202-203.

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(40)

Further Consolidated Appropriations Act (Ley de asignaciones consolidadas) de 20 de diciembre de 2019 (Ley Pública 116-94).

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(41)

Véase el considerando 50 de la sección 3.1.1.1. de la solicitud de reconsideración.

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(42)

Consumo basado en datos relativos a la Europa de los Veintisiete, excluyendo los datos referentes al Reino Unido.

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(43)

El volumen de las importaciones se basa en datos relativos a la Europa de los Veintisiete, excluyendo los datos referentes al Reino Unido.

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(44)

Las importaciones procedentes de terceros países se basan en datos referentes a la Europa de los Veintisiete, excluyendo los datos relativos al Reino Unido como Estado miembro, pero incluyendo estos datos como tercer país.

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(45)

Los datos macroeconómicos están basados en datos referentes a la Europa de los Veintisiete, excluyendo los datos referentes al Reino Unido.

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(46)

USDA, Informe Anual de Biocombustibles (informe GAIN), 29 de junio de 2020.

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(47)

Los indicadores microeconómicos se basan en datos relativos a la Europa de los Veintiocho, incluido el Reino Unido. Partiendo del escaso volumen de ventas de los productores de la Unión incluidos en la muestra en el Reino Unido (aproximadamente el 1,1 % de las ventas medias de dichos productores en la UE durante el PIR), cabe concluir que el impacto de las transacciones referentes al Reino Unido en las constataciones sobre el perjuicio sería mínimo y, por tanto, las conclusiones sobre el perjuicio importante no se verían afectadas al utilizar datos relativos a la Europa de los Veintisiete.

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(48)

Del 1 de abril de 2007 al 31 de marzo de 2008.

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(49)

Reglamento de Ejecución (UE) 2016/675 de la Comisión, de 29 de abril de 2016, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1519, por el que se establece un derecho compensatorio definitivo sobre las importaciones de biodiésel originario de los Estados Unidos de América tras una reconsideración por expiración de conformidad con el artículo 18, del Reglamento (CE) n.º 597/2009 del Consejo (DO L 116 de 30.4.2016, p. 27).

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(50)

Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (DO L 176 de 30.6.2016, p. 21).

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(51)

Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.º 1296/2013, (UE) n.º 1301/2013, (UE) n.º 1303/2013, (UE) n.º 1304/2013, (UE) n.º 1309/2013, (UE) n.º 1316/2013, (UE) n.º 223/2014 y (UE) n.º 283/2014 y la Decisión n.º 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.º 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, p. 1).

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(52)

Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, por el que se establecen normas de desarrollo de determinadas disposiciones del Reglamento (UE) n.º 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece el código aduanero de la Unión (DO L 343 de 29.12.2015, p. 558).

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