Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1949 de la Comisión, de 10 de noviembre de 2021, sobre los principios para el cálculo de los servicios de alquiler de viviendas a los efectos del Reglamento (UE) 2019/516 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la armonización de la renta nacional bruta a precios de mercado («Reglamento RNB»), y por el que se deroga la Decisión 95/309/CE, Euratom de la Comisión y el Reglamento (CE) n.º 1722/2005 de la Comisión

Ficha:
  • ÓrganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 398 de 11 de Noviembre de 2021
  • Vigencia desde 01 de Diciembre de 2021
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 91 de 29.3.2019, p. 19.

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(2)

Reglamento Delegado (UE) 2020/2147 de la Comisión, de 8 de octubre de 2020, por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/516 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante la definición de la lista de temas que se deben abordar en cada ciclo de verificación (DO L 428 de 18.12.2020, p. 9).

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(3)

Reglamento (UE) n.º 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (DO L 174 de 26.6.2013, p. 1).

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(4)

Decisión 95/309/CE, Euratom de la Comisión, de 18 de julio de 1995, por la que se especifican los principios para el cálculo de los servicios de alquiler de viviendas, con vistas a la aplicación del artículo 1 de la Directiva 89/130/CEE, Euratom del Consejo relativa a la armonización del establecimiento del producto nacional bruto a precios de mercado (DO L 186 de 5.8.1995, p. 59).

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(5)

Reglamento (CE) n.º 1722/2005 de la Comisión, de 20 de octubre de 2005, relativo a los principios para el cálculo de los servicios de alquiler de viviendas a efectos del Reglamento (CE, Euratom) n.º 1287/2003 del Consejo sobre la armonización de la renta nacional bruta a precios de mercado (DO L 276 de 21.10.2005, p. 5).

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(6)

No afecta a la presente versión lingüística.

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(7)

Desde un plano conceptual, cabe la posibilidad de que los propietarios que ocupan sus viviendas empleen, individual o colectivamente, porteros sin que esto afecte a otras unidades estadísticas como corporaciones de viviendas o empresas de servicios de gestión. En caso de darse esta situación, la producción con arreglo al método de coste de utilización debe tener en cuenta las remuneraciones de estos empleados.

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