Reglamento Delegado (UE) 2022/1 de la Comisión, de 20 de octubre de 2021, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2021/821 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que concierne a la lista de productos de doble uso

Ficha:
  • ÓrganoCOMISION EUROPEA
  • Publicado en DOUEL núm. 3 de 06 de Enero de 2022
  • Vigencia desde 07 de Enero de 2022
Versiones/revisiones:
(1)

DO L 206 de 11.6.2021, p. 1.

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(2)

El Grupo Australia (GA) es un foro oficioso de países que, mediante la armonización de los controles de las exportaciones, busca garantizar que las exportaciones no contribuyan al desarrollo de armas químicas o biológicas. Más información: http://www. australiagroup.net/

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(3)

El Régimen de Control de la Tecnología de Misiles (RCTM) es un entendimiento político oficioso entre Estados cuyo objetivo es limitar la proliferación de misiles, sistemas completos de cohetes, vehículos aéreos no tripulados y tecnologías conexas. Más información: http://mtcr.info/

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(4)

El Grupo de Suministradores Nucleares (GSN) es un grupo de países suministradores nucleares que busca contribuir a la no proliferación de las armas nucleares mediante la implementación de dos conjuntos de directrices para las exportaciones de tecnología nuclear y las exportaciones relacionadas con la tecnología nuclear. Más información: http://www.nuclearsuppliersgroup.org/

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(5)

El Arreglo de Wassenaar (AW) se estableció para contribuir a la seguridad y estabilidad regionales e internacionales promoviendo la transparencia y una mayor responsabilidad en la transferencia de armas convencionales y de productos y tecnologías de doble uso, con el fin de impedir acumulaciones desestabilizadoras. Más información: https://www.wassenaar.org/

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(6)

La Convención sobre la Prohibición del Desarrollo, la Producción, el Almacenamiento y el Empleo de Armas Químicas y sobre su Destrucción (Convención sobre las Armas Químicas o CAQ) tiene por objeto eliminar toda una categoría de armas de destrucción en masa prohibiendo el desarrollo, la producción, la adquisición, el almacenamiento, la retención, la transferencia y el empleo de armas químicas por los Estados Partes. Más información: https://www.opcw.org/es/convencion-sobre-las-armas-quimicas

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(7)

https://www.australiagroup.net/

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(8)

http://mtcr.info/

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(9)

http://www.nuclearsuppliersgroup.org/

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(10)

http://www.wassenaar.org/

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(11)

https://www.opcw.org/chemical-weapons-convention

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(12)

Los fabricantes que calculen la exactitud de posicionamiento de acuerdo con la norma ISO 230-2:1997 o 2006 deben consultar a las autoridades competentes del Estado miembro de la UE donde estén establecidos.

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(13)

Los números entre paréntesis se refieren a las notas que siguen a la presente tabla.

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(14)

Las diferencias de redacción o de ámbito entre el anexo I y el anexo IV se indican en negrita y cursiva.

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