Orden IET/1186/2015, de 16 de junio, por la que se establecen los precios públicos de la Oficina Española de Patentes y Marcas
- ÓrganoMINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y TURISMO
- Publicado en BOE núm. 146 de 19 de Junio de 2015
- Vigencia desde 19 de Julio de 2015. Revisión vigente desde 28 de Enero de 2021
Sumario
- Norma afectada por
- 28/1/2021
- LE0000687301_20210128
R Oficina Española de Patentes y Marcas 25 Ene. 2021 (modifica la Orden IET/1186/2015 de 16 Jun., por la que se establecen los precios públicos de la Oficina Española de Patentes y Marcas)
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Punto 4 del apartado I del anexo modificado conforme establece la Res. 25 enero 2021, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se modifica la Orden IET/1186/2015, de 16 de junio, por la que se establecen los precios públicos de la Oficina Española de Patentes y Marcas («B.O.E.» 27 enero)
LE0000555102_20180617
- 17/6/2018
- LE0000623259_20180617
R Energía, Turismo y Agenda Digital 29 May. 2018 (modificación OM IET/1186/2015, de 16 de junio, por la que se establecen los precios públicos de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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Anexo actualizado por la Res. de 29 de mayo de 2018, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se modifica la Orden IET/1186/2015, de 16 de junio, por la que se establecen los precios públicos de la Oficina Española de Patentes y Marcas («B.O.E.» 16 junio).
LE0000555102_20180617
La Orden ITC/742/2009, de 20 de marzo, por la que se establecen los precios públicos de la Oficina Española de Patentes y Marcas («BOE» de 26 de marzo), llevó a cabo una profunda revisión de los precios públicos percibidos por determinados servicios de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Desde entonces, se han implantado nuevos sistemas de tramitación electrónica y de consulta en abierto, por lo que resulta innecesario mantener ciertos precios públicos para la prestación de estos servicios. A su vez, se han creado nuevos servicios de reproducción de documentos que hacen necesario introducir una nueva categoría de precios públicos para estos servicios.
Por otra parte, se introduce un nuevo servicio consistente en la venta de artículos de difusión de imágenes de propiedad industrial, iniciativa que surge con el fin de dar a conocer a los ciudadanos la importancia de una adecuada protección de la propiedad industrial, el contenido del fondo histórico del archivo de la OEPM y familiarizar a la sociedad con la actividad realizada por la OEPM.
Por tales motivos se hace necesaria una reformulación de los conceptos contemplados en el sistema de precios públicos vigente, con el fin de dar respuesta a la nueva situación determinada por la evolución de los servicios, de las nuevas tecnologías y de las demandas de los usuarios.
Por otra parte, cabe señalar que los precios se mantienen en la misma cuantía que en la Orden ITC/742/2009, de 20 de marzo, lo que supone una reducción de hecho de los precios que se puede cifrar en torno a un 8%, al no aplicarse el incremento del Índice de precios al consumo de los últimos años.
De conformidad con lo anterior y en virtud de lo previsto en el artículo 26.1.a) de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, dispongo:
- Primero. Precios públicos por productos y servicios de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Los precios públicos por productos y servicios cuya percepción corresponde a la Oficina Española de Patentes y Marcas son los que se establecen en el anexo a la presente orden. Los importes recogidos en el mismo no incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido, siéndole de aplicación el porcentaje que corresponda para los mismos según lo establecido por la legislación vigente.
- Segundo. Descuento por contribución a la difusión de productos o servicios.
Las entidades que contribuyan a la difusión de los productos o servicios de la Oficina Española de Patentes y Marcas podrán obtener, en contraprestación, descuentos de hasta el 30 por cien sobre los referidos precios, previo acuerdo con la Oficina Española de Patentes y Marcas. En lo que se refiere a las publicaciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, cuando éstas se vendan a través de distribuidores, podrán ofrecerse a los mismos los descuentos habituales en el mercado.
- Tercero. Precios resultantes de convenios de colaboración y otros acuerdos.
En el caso de que la Oficina Española de Patentes y Marcas celebre convenios o acuerdos con otros organismos públicos o privados, en virtud de los cuales se fijen mecanismos de cooperación o intercambio que afecten a productos y servicios de la Oficina Española de Patentes y Marcas, se aplicarán los precios resultantes de lo acordado en dichos convenios o acuerdos, siempre que quede debidamente motivada la reducción de dichos precios.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Disposición adicional primera Acciones de difusión y promoción
En el caso de que la Oficina Española de Patentes y Marcas tenga almacenados remanentes de ediciones atrasadas de productos sujetos al régimen de precios públicos, se podrán distribuir de forma gratuita para realizar acciones de difusión y promoción de dichos productos.
Del mismo modo, la OEPM podrá ofrecer, en concepto de entrega institucional o con carácter promocional, los productos que figuran en el epígrafe 5 del anexo a la presente orden con el objeto de promocionar la imagen de la Oficina dentro del ámbito nacional e internacional.
Disposición adicional segunda Publicaciones sobre Propiedad Industrial
Las publicaciones sobre propiedad industrial editadas antes de la entrada en vigor de la presente orden, mantendrán el precio de venta al público que tenían cuando se editaron.
Disposición derogatoria única Derogación normativa
Queda derogada la Orden ITC/742/2009, de 20 de marzo, por la que se establecen los precios públicos de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
LE0000355592_20090504
DISPOSICIONES FINALES
Disposición final primera Autorización para el establecimiento y la modificación de la cuantía de los precios públicos
Se autoriza al titular de la Dirección General de la Oficina española de Patentes y Marcas a establecer y modificar, mediante resolución, las cuantías de los precios públicos establecidas en el anexo de la presente orden, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.1.b) de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos.
Disposición final segunda Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor en el plazo de un mes a contar desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
ANEXO
Relación de precios públicos de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A.
I. Precios públicos OEPM
Euros | |
1. Publicaciones | |
1.01 Nuevas publicaciones sobre Propiedad Industrial | (1) |
2. Fondos documentales | |
A) Reproducción de documentación nacional: | |
2.01 Patentes (memoria completa) | 4,69 |
2.02 Modelos de utilidad (memoria completa) | 1,43 |
2.03 Resúmenes y otra documentación/por página | 0,23 |
B) Reproducción de documentación extranjera: | |
2.04 Memoria completa | 4,69 |
2.05 Resúmenes y otra documentación/por página | 0,23 |
C) Reproducción de documentos del Fondo Histórico del Archivo: | |
2.06 Reproducción en papel/por lámina | 2,00 |
2.07 Reproducción digital formato A4/por imagen escaneada | 0,6 |
2.08 Reproducción documentación gráfica | 2,00 |
3. Bases de datos de la OEPM | |
A) Situación jurídica de expedientes: | |
Por número de expediente: | |
3.01 Información impresa por expediente | 1,18 |
Búsquedas retrospectivas: | |
3.02 Por titular | 18,66 |
Adicional: situación jurídica/por expediente recuperado | 1,18 |
3.03 Por otros datos identificativos | 166,11 |
Adicional: situación jurídica/por expediente recuperado | 1,18 |
B) Informes de antecedentes registrales de marcas y nombres comerciales: | |
3.04 Información en línea/por consulta hasta 3 | 17,18 |
Por minuto adicional | 1,18 |
3.05 Búsqueda de identidades | 17,18 |
3.06 Búsqueda de parecidos | 17,18 |
4. Servicios de Información Tecnológica. | |
4.01 Informe Tecnológico de Patentes. | 440,00 |
4.02 Búsqueda de patentes y modelos de utilidad españoles, hasta 100 referencias. | 18,66 |
Por referencia adicional. | 0,19 |
4.03 Búsqueda de patentes en bases de datos externas a la OEPM, hasta 20 referencias. | 85,86 |
Por referencia adicional. | 0,85 |
4.04 Establecimiento de Vigilancia Tecnológica a medida según hora/técnico. | 38,90 |
4.05 Otros servicios según hora/técnico. | 38,90 |
4.06 Diagnóstico de Propiedad Industrial. | 1.082,60 |

II. Relación de precios públicos suprimidos
Euros | |
2. Fondos documentales | |
C) Reproducción de documentos del Fondo Histórico del Archivo: | |
2.09 Grabación en CD o DVD/por cada CD o DVD | 3,00 |
2.10 Reproducción en papel formato A4 a partir de soporte digital/ por imagen | 0,23 |
III. Relación de precios públicos modificados
Euros | |
5. Artículos para la difusión del valor del Fondo Histórico del Archivo de la OEPM y promoción de la imagen institucional de la OEPM (2) | |
5.01 Corbatas + Estuche | 26,45 |
5.02 Pañuelos + Estuche | 37,19 |
5.03 Abanicos + Caja Cartón | 9,92 |
5.04 Paraguas | 14,83 |
5.05 Baterías Externas (Power Bank) | 12,40 |
5.06 Camisetas | 8,26 |
5.07 Imanes | 4,92 |
5.08 Posavasos | 3,31 |
5.09 Tazas | 6,61 |
5.10 Tazas-termo | 7,44 |
5.11 Fundas Tablet | 14,46 |
5.12 Agenda/Bloc Notas | 7,44 |
5.13 Neceseres (portatodo) | 5,79 |
5.14 Huchas | 7,40 |
5.15 Puzzles | 2,89 |
5.16 Bolsa-Mochila | 3,72 |
6. Gastos de envío | |
6.01 España | 2,30 |
Por artículo adicional | 0,50 |
6.02 Internacional | 18,60 |
Por artículo adicional | 3,00 |
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 29 de mayo de 2018.
–La Directora de la Oficina Española de Patentes y Marcas,
Patricia García-Escudero Márquez.
