RESOLUCIÓN de 14 de enero de 2008, del Servicio Provincial de Economía, Hacienda y Empleo de Huesca, por la que se acuerda la aprobación, depósito y publicación del Convenio Colectivo de Trabajo para la Actividad de Derivados del Cemento de la provincia de Huesca, para el periodo 2007-2010

Ficha:
  • ÓrganoDEPARTAMENTO DE ECONOMIA, HACIENDA Y EMPLEO
  • Publicado en
  • Vigencia desde 01 de Enero de 2007. Revisión vigente desde 25 de Noviembre de 2011
Versiones/revisiones:
(1)

Además, para los supuestos de fallecimiento de familiares hasta 2º grado de consanguinidad o nacimiento de hijos, que requieran desplazamiento al extranjero, así como enfermedad grave por una sola vez al año con los mismos requerimientos, el trabajador tendrá derecho a una licencia retribuida de 2 días naturales y no retribuida de otros 2 días.

Ver Texto
(2)

La columna Form./Pract. (nivel XIV) es la aplicable a los contratos formativos y en prácticas.

Ver Texto
(3)

El Plus no salarial es un concepto extrasalarial que sólo se abona por día efectivamente trabajado, a razón de 4,63 euros/día.

Ver Texto
(4)

Total anual calculado incluyendo el plus no salarial, sobre una jornada anual de 1.740 horas realizada en 217,5 días de trabajo efectivo.

Ver Texto