Resolución de 13 de febrero de 2009, de la Delegada Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, publicación y depósito de la revisión salarial para 2009 del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de 2006-2009.
- Órgano DEPARTAMENTO DE JUSTICIA, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
- Publicado en
- Vigencia desde 13 de Febrero de 2009


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Sumario
- Expandir / Contraer índice sistemático
- INTRODUCCION
- Acta revisión convenio colectivo de oficinas y despachos de Gipuzkoa 2009.
ANTECEDENTES
Primero. El día 10 de febrero de 2009 la comisión negociadora del convenio colectivo de Oficinas y Despachos (código convenio n.º 2000915) ha presentado la revisión salarial para 2009, prevista en el art. 5 del convenio.
Segundo. La vigencia de dicha revisión salarial se establece del 1 de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2009.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia prevista en el art. 90.2 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 29-3-1995) corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el art. 24.1.g del Decreto 315/2005, de 18 de octubre (Boletín Oficial del País Vasco de 27-10-2005) por el que se establece le estructura orgánica y funcional del Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social, en relación con el Decreto 39/1981, de 2 de marzo (Boletín Oficial del País Vasco de 2-4-1981) y con el Real Decreto 1.040/1981, de 22 de mayo (Boletín Oficial del Estado de 6-6-1981) sobre registro de convenios colectivos.
Segundo. El convenio ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores.
En su virtud,
RESUELVO:
Primero. Ordenar su inscripción y depósito en la Sección Territorial de Gipuzkoa del Registro de Convenios Colectivos, con notificación a las partes.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Director de Trabajo y Seguridad Social en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Acta revisión convenio colectivo de oficinas y despachos de Gipuzkoa 2009.
Donostia-San Sebastián, el día 28 de enero de 2009, se reúnen los siguientes representantes: -Representación Trabajadores: ELA: José Luis Ugarte; CC.OO: Manuel Dávila; UGT: Nuria Fernández; Representación Empresarial: ADEGI: Juan Ramón Apezetxea y Nerea Zamacola- que forman la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Gipuzkoa y acuerdan:
- 1.º Elaborar las Tablas Salariales para el año 2009 incrementando las vigentes a 31.12.2008 en un 2,15% (IPC+0,75). Dichas tablas se adjuntan a la presente acta.
- 2.º Para el año 2009 los salarios reales se incrementarán en un 1,5% sobre los que se venían percibiendo a 31 de diciembre de 2008 sin que dicho incremento supere el que resulte para cada categoría profesional de la diferencia entre las tablas de 2008 y las nuevas de 2009.
-
3.º Modificar para el 2009 el siguiente artículo:
Artículo 10
Kilometraje: 0,2892 euros.
- 4.º Solicitar de la Autoridad Laboral la inscripción, registro y publicación en el Boletin Oficial de Gipuzkoa de la presente Acta.
Y sin más asuntos que tratar se levanta la sesión en el lugar y fecha indicados.
ANEXO I
TABLAS SALARIALES CONVENIO OFICINAS Y DESPACHOS AÑO 2009
Salario Convenio | Bienio, Trienio y/o Quinquenio | Anualizado | |
GRUPO I. TITULADOS | |||
Ingeniero, Arquitecto | 2.083,53 | 42,57 | 34.169,89 |
Licenciado | 2.040,74 | 41,76 | 33.468,14 |
Perito Ayud., Aparej., Tec. Gr. Medio,. | 1.616,71 | 33,17 | 26.514,04 |
GRUPO II. ADMTVOS | |||
Jefe superior | 1.728,50 | 35,31 | 28.347,40 |
Jefe de 1.ª | 1.616,71 | 33,17 | 26.514,04 |
Jefe de 2.ª | 1.498,50 | 30,66 | 24.575,40 |
Oficial de 1.º | 1.389,96 | 28,44 | 22.795,34 |
Cajero sin firma | 1.304,33 | 26,67 | 21.391,01 |
Intérpretes Jurados | 1.304,33 | 26,67 | 21.391,01 |
Oficiales de 2.ª | 1.264,38 | 25,84 | 20.735,83 |
Telefonista-recepcionista | 1.224,45 | 25,04 | 20.080,98 |
Aux.caja, telefon., visitador | 1.078,85 | 22,02 | 17.693,14 |
Cobrador-pagador | 1.078,85 | 22,02 | 17.693,14 |
GRUPO III. TECNICOS DE OFICINA | |||
Jefe eq. informat., Analista-Prog. | 1.616,71 | 33,17 | 26.514,04 |
Programador | 1.389,96 | 28,44 | 22.795,34 |
Program. maq. aux, admin. de test,... | 1.498,50 | 30,66 | 24.575,40 |
Jefe de Delineación | 1.616,71 | 33,17 | 26.514,04 |
Delineante proyectista | 1.535,52 | 31,40 | 25.182,53 |
Delineante de 1.ª | 1.418,53 | 29,00 | 23.263,89 |
Delineante de 2.ª | 1.304,33 | 26,67 | 21.391,01 |
Coord. estudios, Jefe equipo, Encues. | 1.304,33 | 26,67 | 21.391,01 |
GRUPO IV. ESPECIALISTAS OFICINA | |||
Jefe maq. básicas | 1.304,33 | 26,67 | 21.391,01 |
Operad. tubulares, de maq. Bas. | 1.158,77 | 23,74 | 19.003,83 |
Dibujantes | 1.158,77 | 23,74 | 19.003,83 |
Calcador | 1.118,85 | 22,86 | 18.349,14 |
Perforistas, Verific, Clasific, Entrev. | 1.027,51 | 21,09 | 16.851,16 |
Encarg. dpto. reprografía | 1.158,77 | 23,74 | 19.003,83 |
GRUPO V. SUBALTERNOS | |||
Conserje mayor | 1.118,85 | 22,86 | 18.349,14 |
Conserje | 1.078,85 | 22,02 | 17.693,14 |
Ordenanza vigil. | 990,39 | 20,28 | 16.242,40 |
Limpieza | 990,39 | 20,28 | 16.242,40 |
Limpieza por horas | 5,300 | ||
GRUPO VI. OFICIOS VARIOS | |||
Encargado | 1.224,45 | 25,04 | 20.080,98 |
Oficial de 1ª y conductores | 1.158,77 | 23,74 | 19.003,83 |
Oficial de 2ª | 1.118,85 | 22,86 | 18.349,14 |
Ayudante operador reprod. planos, peones | 990,39 | 20,28 | 16.242,40 |