Resolución de 18 de febrero de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acta del acuerdo sobre las tablas salariales para los años 2017, 2018 y 2019 del XXII Convenio colectivo nacional de autoescuelas

Ficha:
  • ÓrganoMINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL
  • Publicado en BOE núm. 62 de 13 de Marzo de 2019
  • Vigencia desde 30 de Enero de 2019
Versiones/revisiones:
(1)

Plus de transporte: será abonado solamente por los meses efectivamente trabajados, no devengándose en periodos de Incapacidad Laboral Transitoria o vacaciones.

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(2)

La retribución del Aspirante se corresponderá con la de los contratos de Formación.

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(3)

Plus de transporte: será abonado solamente por los meses efectivamente trabajados, no devengándose en periodos de Incapacidad Laboral Transitoria o vacaciones.

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(4)

La retribución del Aspirante se corresponderá con la de los contratos de Formación.

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(5)

Plus de transporte: será abonado solamente por los meses efectivamente trabajados, no devengándose en periodos de Incapacidad Laboral Transitoria o vacaciones.

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