Resolución de 10 de noviembre de 2020, de inscripción y publicación del texto del Acta de 11 de noviembre de 2020 presentada por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para el sector de Industria de la Madera por la que se aprueba el calendario laboral para el año 2021
- ÓrganoConsejería de Empleo e Industria
- Publicado en
- Vigencia desde 11 de Noviembre de 2020
Sumario
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- INTRODUCCION
- ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE INDUSTRIAS DE LA MADERA DE PALENCIA
Visto el texto del Acta de 18-11-2020 presentada por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo para el sector de INDUSTRIA DE LA MADERA, (Código del Convenio Colectivo 34000295011981), por la que se aprueba el calendario laboral para el año 2021, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 90.2 y 3 del R.D. Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en el Real decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y en la Orden EYH/1139/2017 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo de las Delegaciones Territorial de la Junta de Castilla y León.
Esta Oficina Territorial de Trabajo de Palencia,
ACUERDA
1.- Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora
2.- Disponer su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE PALENCIA.
ACTA DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO DE INDUSTRIAS DE LA MADERA DE PALENCIA
Por CPOE: Elisa Cavia García.
Por CCOO: Lourdes Herreros García
Por U.G.T: Alberto Miguel Lorenzo
En Palencia, a dieciocho de noviembre de dos mil veinte.
Reunidos en la sede de la Confederación Palentina de Organizaciones Empresariales de Palencia, (CPOE), a las doce horas, los miembros de la Comisión Negociadora arriba mencionados, adoptaron el siguiente acuerdo:
ÚNICO.- Calendario Laboral 2021. La jornada anual para el sector es de 1752 horas, por lo que se acuerdan como Días No Laborables (D.N.L.) los siguientes: 1 de febrero, 31 de agosto, 1 y 3 de septiembre, 11 octubre y 7, 24 y 31 de diciembre.
Se adjunta calendario a la presente acta No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión a las doce horas y treinta minutos del día, mes y año al principio indicado, cuyo contenido como Comisión Negociadora damos fe.