Resolución del Subdirector Provincial de Trabajo de 1 de diciembre de 2020, por la que se dispone la inscripción del calendario laboral del sector de la industria siderometalúrgica de la provincia de Teruel para el año 2021 en el registro de convenios y acuerdos colectivos
- ÓrganoDEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, PLANIFICACIÓN Y EMPLEO
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- Vigencia desde 01 de Enero de 2021. Revisión vigente desde 01 de Enero de 2021


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Sumario

VISTO el texto del Acta de la reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del sector de la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Teruel, por la que se acuerda la aprobación y firma del Calendario Laboral para el año 2021 suscrita el día 1 de diciembre de 2020, de una parte por representantes de la Asociación Empresarial Provincial de la Industria Siderometalúrgica de Teruel, Asociación Empresarial Turolense de Fontanería, Calefacción, Gas, Climatización, Mantenimiento, Protección contra incendios y afines (ATEFONCA), Asociación Empresarial de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de Teruel (AEIET), Asociación Empresarial de Talleres de Reparación y Concesionarios de Vehículos de la Provincia de Teruel (ASTRACTE), Confederación Empresarial Turolense (CEOE-Teruel), y de otra por representantes del sindicato CCOO y del sindicato UGT por parte de los trabajadores; y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre Registro y Depósito de Convenios Colectivos de Trabajo, y el Decreto 171/2010, de 21 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el depósito y registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Aragón.
El Subdirector Provincial de Trabajo, ACUERDA :
Primero.- Ordenar la inscripción del referido Calendario Laboral del sector de la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Teruel en el Registro de Convenios y Acuerdos colectivos de trabajo de la Comunidad Autónoma de Aragón, con notificación a las partes firmantes del mismo.
Segundo.- Disponer su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Teruel.
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE LA INDUSTRIA SIDEROMETALÚRGICA DE TERUEL, CELEBRADA EL 1 DE DICIEMBRE DE 2020
En Teruel, cuando son las 10:30h horas del día 1 de diciembre de 2020, en la sede de CEOE Teruel, se reúne la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Teruel, con asistencia de los miembros que seguidamente se relacionan en representación de las Organizaciones que, asimismo, se especifican:
- POR LAS ENTIDADES EMPRESARIALES:
D. Antonio Mur Marqués (Asociación Empresarial Provincial de la Industria Siderometalúrgica de Teruel)
D. Andrés Enrique Romero Nevot (Asociación Empresarial Turolense de Fontanería, Calefacción, Gas, Climatización, Mantenimiento, Protección contra incendios y afines - ATEFONCA)
D. Manuel Marín Villarroya (Asociación Empresarial de Instalaciones Eléctricas y Telecomunicaciones de Teruel - AEIET)
D. José Ramón Hernández Ramos (Asociación Empresarial de Talleres de Reparación y Concesionarios de Vehículos de la Provincia de Teruel - ASTRACTE)
D. Sergio Calvo Bertolín (Confederación Empresarial Turolense - CEOE Teruel)
D. Francisco Ibáñez Ruiz (Confederación Empresarial Turolense – CEOE Teruel)
- POR LA UNION GENERAL DE TRABAJADORES (U.G.T.)
D. José Juan Arcéiz Villacampa
D. Cristóbal Lacruz Monferrer
- POR COMISTONES OBRERAS (CC.00)
D. Ricardo Guzmán
D. Jesús Puche González
La reunión tiene por objeto:
Por todo ello, y tras las oportunas deliberaciones de la Comisión, ACUERDA:
A) Confeccionar el Calendario Laboral para el Sector de la Industria Siderometalúrgica de la provincia de Teruel para el año 2021, en los siguientes términos:
Las empresas, de acuerdo con la representación legal de sus trabajadores deberán confeccionar, a principios de cada año, un calendario y procederán a la distribución de sus respectivos horarios de trabajo al objeto de acomodarlos a sus necesidades organizativas o de producción, siempre y cuando el cómputo anual no exceda para el año 2021 de 1.758 horas de trabajo efectivo. En él, tendrán la consideración de festivos, de acuerdo con lo dispuesto en el DECRETO 55/2020, de 15 de julio, del Gobierno de Aragón, los días: 1 y 6 de enero, 1, 2 y 23 de abril, 1 de mayo, 16 de agosto, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre, así como las dos fechas que sean señaladas como festivas en cada municipio de la provincia.
Durante el año 2021, y con carácter orientativo para el caso de que no se hubiera establecido un calendario propio en el centro de trabajo, se consideraran festivos además de los anteriores los días siguientes:
Empresas con jornada de 40 horas semanales, de lunes a viernes, el 5 de abril y los días 9 y 13 de julio (en estos casos en Teruel capital, en el resto de la provincia junto a festividades locales), y el 11 de octubre y los días 7, 24 y 31 de diciembre.
La empresa podrá, por mutuo acuerdo con la representación legal de los trabajadores, o en el supuesto de no existir dichos representantes, con los propios trabajadores, sustituir estas fechas por otras que resulten más ade- cuadas en función de las necesidades de producción, de la costumbre propia del lugar o de los usos observados en la propia empresa.
De común acuerdo, la empresa y sus trabajadores/as podrán acordar la sustitución de los complementos económicos específicos previstos para los puestos de trabajo cualificados como tóxicos, penosos o peligrosos, por una reducción de la jornada en porcentaje equivalente, conforme a los términos pactados.
B) Facultar a un representante de la Confederación Empresarial Turolense, Sergio Calvo Bertolín, para que proceda a efectuar ante la Autoridad Laboral competente, los trámites de registro y publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia.
Y, en prueba de conformidad con lo acordado, las partes firman la presente acta, cuando son las 12:00h horas de la fecha anteriormente indicada.
Representación Sindical.-Representación Empresarial