Resolución de 29 de diciembre 2020, de la Delegación Territorial de Granada de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía por la que se acuerda el registro, depósito y publicación del Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Sector de Industrias de la Construcción y Obra Pública, sobre Calendario Laboral para el año 2021
- ÓrganoCONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
- Publicado en
- Vigencia desde 22 de Diciembre de 2020. Revisión vigente desde 22 de Diciembre de 2020


2022 Práctica Laboral para abogados
LibrosDesde 86,94 €(IVA Inc.)Más info.Estatuto de los Trabajadores. Comentado y con Jurisprudencia (4.ª Edición)
LibrosDesde 176,85 €(IVA Inc.)Más info.Tiempo de trabajo, descansos y permisos retribuidos
LibrosDesde 30,63 €(IVA Inc.)Más info.Capital Humano Sector Privado
Periódicos y Revistas282,88 €(IVA Inc.)Más info.TODO Social (Suscripción)
Obras ActualizablesDesde 183,77 €(IVA Inc.)Más info.
Sumario

VISTO el texto del ACUERDO DE LA COMISIÓN NEGOCIADORA DEL CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE INDUSTRIAS DE LA CONSTRUCCIÓN Y OBRA PÚBLICA, SOBRE CALENDARIO LABORAL PARA EL AÑO 2021 (con código de convenio nº 18000115011982) adoptado entre la representación de los empresarios y de los trabajadores, presentado el día 22 de diciembre de 2020 ante esta Delegación Territorial, y de conformidad con el artículo 90 y concordantes del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, y demás disposiciones legales pertinentes, esta Delegación Territorial de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía,
ACUERDA:
PRIMERO. Ordenar la inscripción del citado Calendario Laboral en el mencionado Registro de esta Delegación Territorial.
SEGUNDO. Disponer la publicación del indicado texto en el Boletín Oficial de la Provincia.
ASISTENTES
ASOCIACIÓN PROVINCIAL DE CONSTRUCTORES Y PROMOTORES DE GRANADA
UNIÓN GENERAL DE TRABAJADORES (UGT)
COMISIONES OBRERAS (CC.OO.)
ACTA
En la Ciudad de Granada, siendo las 17,00 horas del día 17 de diciembre de 2020, mediante vía telemática, se reúnen las personas al margen relacionadas, miembros de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Provincial de Industrias de la Construcción y Obra Pública para Granada y su Provincia, al objeto de tratar los siguientes puntos del orden del día:
Reunidos los arriba relacionados, se procede finalmente a la aprobación y firma del Calendario Laboral y el Acuerdo de Jornada Continuada para el año 2021 por parte de la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Granada (ACP) y por parte del sindicato Unión General de Trabajadores (UGT), adjuntado la presente acta.
El sindicato CC.OO. no procede a la firma del Calendario Laboral y el Acuerdo de Jornada Continuada para el año 2021 por no estar conforme con el acuerdo alcanzado.
La Comisión Negociadora delega en Eva María Rodríguez Pérez, para la presentación y registro ante la autoridad laboral competente, al objeto de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
En prueba de conformidad con lo anteriormente expuesto, firmamos la presente acta en el lugar y fecha arriba indicados.
CALENDARIO LABORAL PARA EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA PROVINCIA DE GRANADA, AÑO 2021
ENERO (17 días laborables).
Viernes 1. Año Nuevo (Fiesta Nacional)
Lunes 4. Ajuste de Jornada
Martes 5. Ajuste de Jornada
Miércoles 6. Epifanía del Señor (Fiesta Nacional)
FEBRERO (20 días laborables).
MARZO (21 días laborables).
Lunes 1. Día posterior del domingo, día de Andalucía (Fiesta Autonómica)
Miércoles 31. Ajuste de Jornada
ABRIL (20 días laborables).
Jueves 1. Jueves Santo (Fiesta Autonómica)
Viernes 2. Viernes Santo (Fiesta Nacional)
MAYO (21 días laborables).
JUNIO (19 días laborables).
Miércoles 2. Ajuste de Jornada Jueves 3. Corpus Christi (Fiesta Local *)
Viernes 4. Fiesta de Convenio.
JULIO (21 días laborables).
Miércoles 21 Fiesta de Convenio
AGOSTO (20 días laborables).
Lunes 16. Día posterior del domingo, día de la Asunción de la Virgen (Fiesta Nacional)
Martes 17. Ajuste de Jornada
SEPTIEMBRE (22 días laborables).
OCTUBRE (19 días laborables).
Lunes 11. Ajuste de Jornada
Martes 12. Día de la Hispanidad (Fiesta Nacional)
NOVIEMBRE (21 días laborables).
Lunes 1. Todos los Santos (Fiesta Nacional)
DICIEMBRE (18 días laborables).
Lunes 6. Día de la Constitución (Fiesta Nacional)
Martes 7. Ajuste de Jornada
Miércoles 8. Inmaculada Concepción (Fiesta Nacional)
Viernes 24. Fiesta de Convenio
Viernes 31. Fiesta de Convenio
(*) Las fiestas locales son referidas a Granada capital, a sustituir en cada localidad por las dos correspondientes al municipio. En caso de que dichas fiestas locales coincidan con las fiestas de convenio, éstas se trasladarán al día de carácter hábil anterior o posterior.
(**) En los municipios en los que la fiesta local coincida con un día inhábil, se trasladarán al anterior o posterior (de carácter laborable) a aquél en que se celebre la festividad del Patrón de la localidad correspondiente.
ACUERDO DE JORNADA CONTINUADA PARA EL AÑO 2021
Las partes firmantes, con la finalidad de procurar las mejores condiciones de Salud y Seguridad en el trabajo, así como de la mejora de la productividad, acuerdan para el 2021 establecer la jornada continuada que comprende desde el 28 de junio al 13 de agosto del 2021, ambos inclusive.
La jornada laboral será de 8 horas continuadas, siendo de 7:00 a 15;00 hora, en el periodo comprendido entre el día 28 de junio y el 30 de julio, ambos inclusive.
La jornada laboral será de 7 horas continuadas, siendo de 7:00 a 14;00 hora, en el periodo comprendido entre el día 2 de agosto y el 13 de agosto, ambos inclusive.
En relación al tiempo de bocadillo las empresas aplicarán el criterio que venían mantenimiento en los últimos años.
Aquellos trabajadores que disfruten sus vacaciones anuales durante el periodo comprendido entre el 2 de agosto y el 13 de agosto (es decir, durante la jornada de 7 horas continuadas), obtendrán una compensación en horas anuales a razón de una hora por cada día de vacaciones disfrutado en dicho periodo, que serán disfrutadas a propuesta de los trabajadores, de acuerdo con la empresa, mediante días de libre disposición.
Las empresas que desarrollen su actividad realizando infraestructuras de obra pública, podrán acordar con la representación legal de los trabajadores la modificación de la jornada continuada, siempre que el citado acuerdo se ajuste a los criterios recogidos en el Convenio Provincial vigente y estén motivados por posibles incumplimientos de plazos de ejecución de las citadas obras. De dicho acuerdo se dará traslado a la Autoridad Laboral competente, quedando dicha información a disposición de las partes firmantes del presente acuerdo.
Este calendario es de aplicación para todas las empresas y trabajadores encuadrados en el sector de la Construcción y Obra Pública para Granada y Provincia.
El calendario laboral de este sector, ha sido elaborado conforme a la jornada de 1736 horas anuales, contemplándose en consecuencia 21 días laborables de vacaciones. Por lo que la empresa tendrá derecho a acordar con el trabajador 2 horas de trabajo más para ajustar la jornada a las citadas 1736 horas.