Corrección de errores del Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico
- ÓrganoJEFATURA DEL ESTADO
- Publicado en BOE núm. 42 de 18 de Febrero de 2021
- Vigencia desde 04 de Febrero de 2021
Sumario
Advertidos errores en el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social y económico, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 29, de 3 de febrero de 2021, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
En la página 12289, en el apartado 4.f) de la disposición transitoria octava que se incorpora al Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital,
donde dice:
«f) Las entidades inscritas en el registro deberán remitir información periódica acreditativa de las actuaciones de certificación que estén llevando a cabo conforme a lo que se establezca en la orden ministerial de desarrollo a la que se refiere la presente disposición.»,
debe decir:
- «f) Las entidades inscritas en el registro deberán remitir información periódica acreditativa de las actuaciones de certificación que estén llevando a cabo conforme a lo que se establezca en la orden ministerial de desarrollo que se dicte.».
En la página 12294, en la disposición final primera, en el párrafo primero,
donde dice:
«Los capítulos I y III del título I y las disposiciones adicionales primera y segunda se dictan al amparo del artículo…»,
debe decir:
«Los capítulos I y III del título I y las disposiciones adicionales primera, segunda y tercera se dictan al amparo del artículo…».
En la misma página 12294, en la disposición final primera, en el párrafo tercero,
donde dice:
«El título II y la disposición adicional tercera se dictan al amparo del artículo…»,
debe decir:
«El título II y la disposición adicional cuarta se dictan al amparo del artículo…».