Resolución de 25 de marzo de 2021 de la Oficina Territorial de Trabajo de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Ávila, por la que dispone la inscripción de la tabla salarial para el año 2021 del Convenio Colectivo para la Industria Siderometalúrgica de la Provincia de Ávila
- ÓrganoConsejería de Empleo e Industria
- Publicado en
- Vigencia desde 22 de Marzo de 2021


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Sumario
Visto el acuerdo de la comisión paritaria del Convenio Colectivo de Trabajo para la Industria Siderometalúrgica de la Provincia de Ávila, suscrito el día 22 de marzo de 2021, y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 1.º, 2.º.1 a/ y 6.º.1 del Real Decreto 13/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y en la Orden EYH/1139/2017, de 20 de diciembre de 2017, por la que se desarrolla la estructura orgánica y se definen las funciones de las Oficinas Territoriales de Trabajo de las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, esta Oficina Territorial de Trabajo
ACUERDA
Primero. Inscribir el citado acuerdo –Tabla salarial del año 2021 del Convenio Colectivo de Trabajo para la Industria Siderometalúrgica de la Provincia de Ávila– en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo. Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
ACTA DE LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE TRABAJO PARA LAS INDUSTRIAS DE SIDEROMETALÚRGICA DE LA PROVINCIA DE ÁVILA
Representación Empresarial Representación Sindical Carlos Tapia Galindo U.G.T. José Ramón Muñoz Romero CC.OO. Miguel Ángel Brezmes Sanz En la ciudad de Avila, siendo las 12 horas del día 22 de marzo del 2021, se reúnen en la Sede de la Confederación Abulense de Empresarios los señores arriba relacionados, todos ellos miembros de la Mesa Negociadora del Convenio Colectivo Provincial de Trabajo para las Industrias de Siderometalúrgica de la provincia de Ávila.
ORDEN DEL DÍA
PRIMERO. Establecimiento de las tablas salariales que han de regir durante el año 2021.
El artículo 16 del vigente Convenio en su apartado segundo establece: «Las condiciones económicas pactadas para el año 2021 serán el resultado de incrementar las Tablas vigentes en el 2020, en un 2,2 %»
De resultas de lo anterior la tabla salarial para el año 2021 queda como se refleja a continuación:
- SALARIO 2.021
CATEGORIAS S. BASE 2.021 Oficial 1ª Oficio 42,91 Oficial 2ª Oficio 41,07 Oficial 3ª Oficio 39,55 Chofer de camión 43,18 Operario-conductor 42,92 Chofer de turismo 42,38 Jefe de taller 47,64 Maestro de taller 45,69 Encargado 45,69 Especialista 38,96 Mozo de almacén 38,96 Peón ordinario 38,17 Técnico Grado Superior 64,08 Téc.Grado Medio (Ing.Técn) 59,12 Maestro Industrial 44,06 Delineante de primera 42,92 Analista de primera 42,92 Capataz 42,92 Técnico Organización de 1ª 43,33 Vigilante 38,96 Ayudante Técnico Sanitario 59,12 Jefe Administrativo de 1ª 47,64 Jefe Administrativo de 2ª 45,69 Oficial Administrat.de 1ª 42,92 Oficial Administrat.de 2ª 41,07 Auxiliar Administrativo 38,96 Trabajador menor 18 años 31,99 - ANTIGÜEDAD 2.021
CATEGORIAS IMPORTE QUINQUENIO DIA 2.021 Oficial 1ª Oficio 1,65 Oficial 2ª Oficio 1,61 Oficial 3ª Oficio 1,59 Chofer de camión 1,65 Operario-conductor 1,65 Chofer de turismo 1,61 Jefe de taller 1,82 Maestro de taller 1,73 Encargado 1,73 Especialista 1,57 Mozo de almacén 1,57 Peón ordinario 1,57 Técnico Grado Superior 2,32 Téc.Grado Medio (Ing.Técn) 2,06 Maestro Industrial 1,69 Delineante de primera 1,65 Analista de primera 1,65 Capataz 1,65 Técnico Organización de 1ª 1,65 Vigilante 1,57 Ayudante Técnico Sanitario 2,06 Jefe Administrativo de 1ª 1,82 Jefe Administrativo de 2ª 1,73 Oficial Administrat.de 1ª 1,65 Oficial Administrat.de 2ª 1,61 Auxiliar Administrativo 1,57 Trabajador menor 18 años 1,04 - PLUS DE PENOSIDAD, TOXICIDAD Y PELIGROSIDAD 2.021
CATEGORIAS 1
CIRCUNST.
2
CIRCUNST.
3
CIRCUNST.
25% 30% 35% 2.012 2.012 2.012 Oficial 1ª Oficio 8,38 10,07 11,72 Oficial 2ª Oficio 8,25 9,89 11,56 Oficial 3ª Oficio 8,15 9,78 11,42 Chofer de camión 8,38 10,07 11,72 Operario-conductor 8,38 10,07 11,72 Chofer de turismo 8,27 9,93 11,59 Jefe de taller 8,89 10,70 12,45 Maestro de taller 8,61 10,31 12,05 Encargado 8,61 10,31 12,05 Especialista 8,02 9,65 11,26 Mozo de almacén 8,02 9,65 11,26 Peón ordinario 7,98 9,59 11,21 Técnico Grado Superior 11,55 13,84 16,13 Téc.Grado Medio (Ing.Técn) 10,46 12,59 14,68 Maestro Industrial 8,52 10,25 11,93 Delineante de primera 8,38 10,07 11,72 Analista de primera 8,38 10,07 11,72 Capataz 8,38 10,07 11,72 Técnico Organización de 1ª 8,38 10,07 11,72 Vigilante 8,02 9,65 11,25 Ayudante Técnico Sanitario 10,46 12,59 14,68 Jefe Administrativo de 1ª 8,89 10,70 12,45 Jefe Administrativo de 2ª 8,61 10,31 12,06 Oficial Administrat.de 1ª 8,38 10,07 11,72 Oficial Administrat.de 2ª 8,25 9,89 11,56 Auxiliar Administrativo 8,02 9,65 11,25 Trabajador menor 18 años 5,29 6,35 7,40 - NOCTURNIDAD 2.021
CATEGORIAS PLUS NOCTUR HORA 2.021 Oficial 1ª Oficio 2,53 Oficial 2ª Oficio 2,42 Oficial 3ª Oficio 2,36 Chofer de camión 2,54 Operario-conductor 2,53 Chofer de turismo 2,48 Jefe de taller 2,83 Maestro de taller 2,72 Encargado 2,72 Especialista 2,32 Mozo de almacén 2,32 Peón ordinario 2,29 Técnico Grado Superior 3,80 Téc.Grado Medio (Ing.Técn) 3,51 Maestro Industrial 2,62 Delineante de primera 2,53 Analista de primera 2,53 Capataz 2,53 Técnico Organización de 1ª 2,54 Vigilante 2,32 Ayudante Técnico Sanitario 3,51 Jefe Administrativo de 1ª 2,83 Jefe Administrativo de 2ª 2,72 Oficial Administrat.de 1ª 2,53 Oficial Administrat.de 2ª 2,42 Auxiliar Administrativo 2,32 Trabajador menor 18 años 1,56 - DIETAS 2.021
DIETAS 2.021 Dieta Completa 44,54 Media Dieta 16,30 Kilometraje 0,31
Y no habiendo más asuntos que tratar se da por finalizada la presente reunión a las 13 horas del día expresado en el encabezamiento con los acuerdos expresados en el presente acta.