Resolución de 5 de marzo de 2021, de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, sobre la inscripción y publicación de la modificación del convenio colectivo del sector de hostelería de la provincia de Málaga
- ÓrganoCONSEJERÍA DE EMPLEO, FORMACIÓN Y TRABAJO AUTÓNOMO
- Publicado en
- Vigencia desde 28 de Octubre de 2020


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Sumario
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- INTRODUCCION
- ACTA
Expediente: 29/01/0165/2020.
En relación con la solicitud de inscripción y publicación del expediente de modificación del convenio colectivo del sector de hostelería de la provincia de Málaga, presentado en REGCON con fecha 3 de noviembre de 2020 con número de expediente 29/01/00165/2020, código de convenio 29000945011981 (BOP, de 23 de agosto de 2018) y vista la documentación remitida el 16 de febrero de 2021, se pueden considerar subsanadas las dificiencias que se advirtieron en requerimiento de 11 de febrero de 2021, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.3 del Estatuto de losTrabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre) y el artículo 8.3 del Real Decreto 713/2020, 28 de mayo de (BOE número 143, de 12 de junio de 2010), esta Delgación Territorial acuerda:
1.º Ordenar su inscripción en el registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo a través de medios telemáticos, con notificación a la comisión negociadora, quien queda advertida de la prevalencia de la legislación general sobre aquellas cláusulas que pudieran señalar condiciones inferiores o contrarias a ellas y notificación a la comisión negociadora.
2.º Disponer su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia .
ACTA
Los miembros de la comisión negociadora del convenio de hostelería de la provincia de Málaga, con código 290000945011981, se han reunido el 28 de octubre de 2020 para revisar y modificar el texto del convenio en materia de retribución y vigencia.
ASISTENTES
SERVICIOS-CCOO
Doña María Dolores Villalba Pérez.
Doña María Luisa Expósito Ballaltas.
Don José Ramón López Retuerto
Don José Medina Martos .
FESMC-UGT
Don Sergio de Oses Jiménez .
Don Hernán Figueroa Torraga .
AEHCOS
Don Luis Callejón Suñe.
Don Antonio Aranda Leiva .
MAHOS
Don Javier Frutos Pérez .
HORECA ANDALUCÍA
Doña Concepción Martínez Zafra.
Siendo las 11:00 horas del citado día las personas relacionadas, comparecen en la representación que ostentan, al objeto de celebrar reunión extraordinaria de la comisión negociadora del convenio colectivo de hostelería de la provincia de Málaga y de conformidad con lo previsto en los artículos 86, 87 y 88 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, Estatuto de los Trabajadores.
La comisión negociadora está integrada por las mismas partes legitimadas que aprobaron el convenio de 24 de julio de 2018, publicado el 23 de agosto de 2018 (BOPMA 162).
La convocatoria de la mesa negociadora se hace debido a las circunstancias extraordinarias producidas por la crisis sanitaria, derivada de la pandemia denominada COVID-19, que ha afectado notablemente al sector . Dicha crisis sanitaria ha originado una crisis económica y, con la intención de paliar los efectos económicos y sociales, las partes reunidas han planteado la revisión de los siguientes aspectos del convenio en vigor:
- 1 . Vigencia: Ampliación de la vigencia temporal del convenio colectivo hasta 31 de diciembre de 2025.
- 2. Incrementos salariales. suspension del incremento salarial para el año 2021, modificacion de los incrementos salariales para 2022, y fijación del incremento salarial para 2023, 2024 y 2025.
Las partes, una vez han manifestado sus opiniones y con el ánimo de los reunidos de adoptar medidas que ayuden a la supervivencia del tejido empresarial y que garantice el mantenimiento de los puestos de trabajo de las personas incluidas en el ámbito funcional del convenio, han acordado:
1 . Vigencia:
Ampliación de la vigencia temporal del convenio colectivo hasta 31 de diciembre de 2025.
Se modifica el artículo 4, ámbito temporal, quedando redactado:
El presente convenio colectivo entrará en vigor el 1 de enero de 2021, estando vigente hasta el 31 de diciembre de 2025, permaneciendo en vigor aquellos artículos que no hayan sido modificados.

2. Incrementos salariales.
Suspensión del incremento salarial para el año 2021, modificación de los incrementos salariales para 2022 y fijación del incremento salarial para 2023, 2024 y 2025.
Se acuerda suspender la totalidad de los incrementos retributivos previstos en el convenio para el periodo comprendido entre 1 de enero a 31 de diciembre de 2021, siendo de aplicación en este periodo las tablas salariales de 2020.
Para el periodo comprendido entre el 1 de enero a 31 de diciembre de 2022 se fija un incremento salarial equivalente al IPC real año 2022, si el IPC fuese superior al 1 %, se aplicará la subida máxima de 1 %, sobre las tablas salariales vigentes en 2021.
Para el periodo omprendido entre el 1 de enero a 1 de iciembre de 023 se fija un incremento salarial de 2 % más el IPC real año 2023, sí este fuese superior al 0,5 %, se aplicará la subida máxima de un 0,5 %, sobre las tablas resultantes de 2022.
Para el periodo comprendido entre el 1 de enero a 31 de diciembre de 2024 se fija un incremento salarial de 2 % más el IPC real año 2024, sí este fuese superior al 0,5 %, se aplicará la subida máxima de un 0,5 %, sobre las tablas resultantes de 2023.
Para el periodo comprendido entre el 1 de enero a 31 de diciembre de 2025 se fija un incremento salarial de 2 % más el IPC real año 2025, sí este fuese superior al 0,5 %, se aplicará la subida máxima de un 0,5 %, sobre las tablas resultantes de 2024.
Dichos incrementos se aplicaran sobre la totalidad de los conceptos retributivos del convenio de hostelería de la provincia de Málaga, entre ellos, manutención, plus de distancia, vestuario, bolsa de vacaciones y salario mínimo del sector, en los mismos porcentajes, de las subidas pactadas en este acuerdo para cada uno de los años/ejercicios mencionados.
El acta, en prueba de conformidad, se redacta, se aprueba y es firmada por los reunidos, en único ejemplar en todas y cada una de sus hojas.
No habiendo más asuntos que tratar se cierra la sesión a las 13:00 horas en lugar y fecha ut supra .