Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1605 del Consejo, de 25 de octubre de 2018, por el que se aplica el Reglamento (UE) 2015/1755 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Burundi
- Órgano CONSEJO DE LA UNION EUROPEA
- Publicado en DOUEL núm. 268 de 26 de Octubre de 2018
- Vigencia desde 27 de Octubre de 2018
Sumario
- Norma afectada por
-
DOUEL 10 Enero 2019. Corrección de errores Regl. 2018/1605 UE, de 25 Oct. (aplica el Regl. (UE) 2015/1755 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Burundi)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2015/1755 del Consejo, de 1 de octubre de 2015, relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Burundi (1) , y en particular su artículo 13, apartado 4,
Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
- (1) El 1 de octubre de 2015, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2015/1755 relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Burundi.
- (2) Se dispone de nueva información identificativa relativa a una persona física.
- (3) Procede, por tanto, modificar el anexo I del Reglamento (UE) 2015/1755 en consecuencia.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (PESC) 2015/1755 queda modificado como se establece en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 25 de octubre de 2018.
Por el Consejo
La Presidenta
J. BOGNER-STRAUSS
ANEXO

En el anexo I del Reglamento (UE) 2015/1755, la entrada 3 del epígrafe «Lista de personas físicas o jurídicas, entidades y organismos a que se refiere el artículo 2» se sustituye por la siguiente: