Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1655 del Consejo de 6 de noviembre de 2020 por el que se aplica el Reglamento (UE) 2019/1890 relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental
- ÓrganoCONSEJO DE LA UNION EUROPEA
- Publicado en DOUEL núm. 372I de 09 de Noviembre de 2020
- Vigencia desde 09 de Noviembre de 2020


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Sumario
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2019/1890 del Consejo, de 11 de noviembre de 2019, relativo a la adopción de medidas restrictivas habida cuenta de las actividades de perforación no autorizadas de Turquía en el Mediterráneo oriental (1) , y en particular su artículo 12, apartado 1,
Vista la propuesta del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,
Considerando lo siguiente:
- (1) El 11 de noviembre de 2019, el Consejo adoptó el Reglamento (UE) 2019/1890.
- (2) A raíz de la revisión de dichas medidas, deben actualizarse y modificarse las menciones relativas a las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos que figuran en el anexo I del Reglamento (UE) 2019/1890.
- (3) Procede modificar el anexo I del Reglamento (UE) 2019/1890 en consecuencia.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (UE) 2019/1890 se modifica de acuerdo con el anexo del presente Reglamento.
LE0000653687_20201109
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 6 de noviembre de 2020.
Por el Consejo
El Presidente
M. ROTH
ANEXO
En el anexo I del Reglamento (UE) 2019/1890, las menciones 1 y 2 se sustituyen por las siguientes menciones:
Nombre | Información identificativa | Motivos | Fecha de inclusión | |
«1. | Mehmet Ferruh AKALIN | Fecha de nacimiento: 9.12.1960 N.º de pasaporte o documento de identidad: 13571379758 Nacionalidad: turca Sexo: masculino | Mehmet Ferruh Akalın es vicepresidente (director general adjunto) y miembro del Consejo de Administración de la Turkish Petroleum Corporation (TPAO). Es jefe de los departamentos de Prospección, Centro de I+D y Tecnologías de la Información de la TPAO. Como vicepresidente y jefe del departamento de Prospección de la TPAO, Mehmet Ferruh Akalin es el responsable de la planificación, dirección y ejecución de las actividades de prospección marina de hidrocarburos que realiza la TPAO. Ello incluye las actividades de perforación de la TPAO, que no han sido autorizadas por la República de Chipre, indicadas a continuación. Dichas actividades de perforación no autorizadas fueron realizadas por: a)-el buque de perforación Yavuz de la TPAO en el mar territorial de la República de Chipre, entre julio y septiembre de 2019; b)-el buque de perforación Yavuz de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas y delimitada en un acuerdo con Egipto, entre octubre de 2019 y enero de 2020; c)-el buque de perforación Yavuz de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas y delimitada en un acuerdo con Egipto, así como en un acuerdo con Israel, entre enero y abril de 2020; d)-el buque de perforación Yavuz de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas y delimitada en un acuerdo con Egipto, entre abril y septiembre de 2020; e)-el buque de perforación Fatih de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas, muy cerca de su mar territorial, entre noviembre de 2019 y enero de 2020; f)-el buque de perforación Fatih de la TPAO en una parte occidental de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas, entre mayo y noviembre de 2019. | 27.2.2020 |
2. | Ali Coscun NAMOGLU | Fecha de nacimiento: 27.11.1956 N.º de pasaporte o documento de identidad: 11096919534 Nacionalidad: turca Sexo: masculino | Ali Coscun Namoglu es director adjunto del departamento de Prospección de la Turkish Petroleum Corporation (TPAO). Como tal, Ali Coscun Namoglu participa en la planificación, dirección y ejecución de las actividades de prospección marina de hidrocarburos que realiza la TPAO. Ello incluye las actividades de perforación de la TPAO, que no han sido autorizadas por la República de Chipre, indicadas a continuación. Dichas actividades de perforación no autorizadas fueron realizadas por: a)-el buque de perforación Yavuz de la TPAO en el mar territorial de la República de Chipre, entre julio y septiembre de 2019; b)-el buque de perforación Yavuz de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas y delimitada en un acuerdo con Egipto, entre octubre de 2019 y enero de 2020; c)-el buque de perforación Yavuz de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas y delimitada en un acuerdo con Egipto, así como en un acuerdo con Israel, entre enero y abril de 2020; d)-el buque de perforación Yavuz de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas y delimitada en un acuerdo con Egipto, entre abril y septiembre de 2020; e)-el buque de perforación Fatih de la TPAO en una parte de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas, muy cerca de su mar territorial, entre noviembre de 2019 y enero de 2020; f)-el buque de perforación Fatih de la TPAO en una parte occidental de la zona económica exclusiva de la República de Chipre notificada por esta última a las Naciones Unidas, entre mayo y noviembre de 2019. | 27.2.2020». |