Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal
- Órgano JEFATURA DEL ESTADO
- Publicado en BOE núm. 281 de 24 de Noviembre de 1995
- Vigencia desde 24 de Mayo de 1996. Revisión vigente desde 13 de Marzo de 2019
Sumario
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- EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
- TÍTULO PRELIMINAR. De las garantías penales y de la aplicación de la Ley penal
-
LIBRO PRIMERO.
Disposiciones generales sobre los delitos, las personas responsables, las penas, medidas de seguridad y demás consecuencias de la infracción penal
-
TÍTULO PRIMERO.
De la infracción penal
- CAPÍTULO PRIMERO. De los delitos
- CAPÍTULO II. De las causas que eximen de la responsabilidad criminal
- CAPÍTULO III. De las circunstancias que atenúan la responsabilidad criminal
- CAPÍTULO IV. De las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal
- CAPÍTULO V. De la circunstancia mixta de parentesco
- CAPÍTULO VI. Disposiciones generales
- TÍTULO II. De las personas criminalmente responsables de los delitos
-
TÍTULO III.
De las penas
- CAPÍTULO PRIMERO. De las penas, sus clases y efectos
- CAPÍTULO II. De la aplicación de las penas
- CAPÍTULO III. De las formas sustitutivas de la ejecución de las penas privativas de libertad y de la libertad condicional
- TÍTULO IV. De las medidas de seguridad
- TÍTULO V. De la responsabilidad civil derivada de los delitos y de las costas procesales
- TÍTULO VI. De las consecuencias accesorias
- TÍTULO VII. De la extinción de la responsabilidad criminal y sus efectos
-
TÍTULO PRIMERO.
De la infracción penal
-
LIBRO II.
Delitos y sus penas
- TÍTULO PRIMERO. Del homicidio y sus formas
- TÍTULO II. Del aborto
- TÍTULO III. De las lesiones
- TÍTULO IV. De las lesiones al feto
- TÍTULO V. Delitos relativos a la manipulación genética
- TÍTULO VI. Delitos contra la libertad
- TÍTULO VII. De las torturas y otros delitos contra la integridad moral
- TÍTULO VII BIS. De la trata de seres humanos
-
TÍTULO VIII.
Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales
- CAPÍTULO PRIMERO. De las agresiones sexuales
- CAPÍTULO II. De los abusos sexuales
- CAPÍTULO II BIS. De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años
- CAPÍTULO III. Del acoso sexual
- CAPÍTULO IV. De los delitos de exhibicionismo y provocación sexual
- CAPÍTULO V. De los delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores
- CAPÍTULO VI. Disposiciones comunes a los capítulos anteriores
- TÍTULO IX. De la omisión del deber de socorro
- TÍTULO X. Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio
- TÍTULO XI. Delitos contra el honor
-
TÍTULO XII.
Delitos contra las relaciones familiares
- CAPÍTULO PRIMERO. De los matrimonios ilegales
- CAPÍTULO II. De la suposición de parto y de la alteración de la paternidad, estado o condición del menor
- CAPÍTULO III. De los delitos contra los derechos y deberes familiares
-
TÍTULO XIII.
Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico
- CAPÍTULO PRIMERO. De los hurtos
- CAPÍTULO II. De los robos
- CAPÍTULO III. De la extorsión
- CAPÍTULO IV. Del robo y hurto de uso de vehículos
- CAPÍTULO V. De la usurpación
- CAPÍTULO VI. De las defraudaciones
- CAPÍTULO VII. Frustración de la ejecución
- CAPÍTULO VII BIS. De las insolvencias punibles
- CAPÍTULO VIII. De la alteración de precios en concursos y subastas públicas
- CAPÍTULO IX. De los daños
- CAPÍTULO X. Disposiciones comunes a los capítulos anteriores
-
CAPÍTULO XI.
De los delitos relativos a la propiedad intelectual e industrial, al mercado y a los consumidores
- SECCIÓN 1. De los delitos relativos a la propiedad intelectual
- SECCIÓN 2. De los delitos relativos a la propiedad industrial
- SECCIÓN 3. De los delitos relativos al mercado y a los consumidores
- SECCIÓN 4. Delitos de corrupción en los negocios
- SECCIÓN 5. Disposiciones comunes a las secciones anteriores
- CAPÍTULO XII. De la sustracción de cosa propia a su utilidad social o cultural
- CAPÍTULO XIII. De los delitos societarios
- CAPÍTULO XIV. De la receptación y el blanqueo de capitales
- TÍTULO XIII BIS. De los delitos de financiación ilegal de los partidos políticos
- TÍTULO XIV. De los delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social
- TÍTULO XV. De los delitos contra los derechos de los trabajadores
- TÍTULO XV BIS. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros
-
TÍTULO XVI.
De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente
- CAPÍTULO PRIMERO. De los delitos sobre la ordenación del territorio y el urbanismo
- CAPÍTULO II. De los delitos sobre el patrimonio histórico
- CAPÍTULO III. De los delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente
- CAPÍTULO IV. De los delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos
- CAPÍTULO V. Disposiciones comunes
-
TÍTULO XVII.
De los delitos contra la seguridad colectiva
- CAPÍTULO PRIMERO. De los delitos de riesgo catastrófico
- CAPÍTULO II. De los incendios
-
CAPÍTULO III.
De los delitos contra la salud pública
- Artículo 359
- Artículo 360
- Artículo 361
- Artículo 361 bis
- Artículo 362
- Artículo 362 bis
- Artículo 362 ter
- Artículo 362 quater
- Artículo 362 quinquies
- Artículo 362 sexies
- Artículo 363
- Artículo 364
- Artículo 365
- Artículo 366
- Artículo 367
- Artículo 368
- Artículo 369
- Artículo 369 bis
- Artículo 370
- Artículo 371
- Artículo 372
- Artículo 373
- Artículo 374
- Artículo 375
- Artículo 376
- Artículo 377
- Artículo 378
- CAPÍTULO IV. De los delitos contra la Seguridad Vial
-
TÍTULO XVIII.
De las falsedades
- CAPÍTULO PRIMERO. De la falsificación de moneda y efectos timbrados
-
CAPÍTULO II.
De las falsedades documentales
- SECCIÓN 1. De la falsificación de documentos públicos, oficiales y mercantiles y de los despachos transmitidos por servicios de telecomunicación
- SECCIÓN 2. De la falsificación de documentos privados
- SECCIÓN 3. De la falsificación de certificados
- SECCIÓN 4. De la falsificación de tarjetas de crédito y débito y cheques de viaje
- CAPÍTULO III. Disposiciones generales
- CAPÍTULO IV. De la usurpación del estado civil
- CAPÍTULO V. De la usurpación de funciones públicas y del intrusismo
-
TÍTULO XIX.
Delitos contra la Administración pública
- CAPÍTULO PRIMERO. De la prevaricación de los funcionarios públicos y otros comportamientos injustos
- CAPÍTULO II. Del abandono de destino y de la omisión del deber de perseguir delitos
- CAPÍTULO III. De la desobediencia y denegación de auxilio
- CAPÍTULO IV. De la infidelidad en la custodia de documentos y de la violación de secretos
- CAPÍTULO V. Del cohecho
- CAPÍTULO VI. Del tráfico de influencias
- CAPÍTULO VII. De la malversación
- CAPÍTULO VIII. De los fraudes y exacciones ilegales
- CAPÍTULO IX. De las negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de los abusos en el ejercicio de su función
- CAPÍTULO X. Disposición común a los Capítulos anteriores
- TÍTULO XIX BIS. De los delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales
-
TÍTULO XX.
Delitos contra la Administración de Justicia
- CAPÍTULO PRIMERO. De la prevaricación
- CAPÍTULO II. De la omisión de los deberes de impedir delitos o de promover su persecución
- CAPÍTULO III. Del encubrimiento
- CAPÍTULO IV. De la realización arbitraria del propio derecho
- CAPÍTULO V. De la acusación y denuncia falsas y de la simulación de delitos
- CAPÍTULO VI. Del falso testimonio
- CAPÍTULO VII. De la obstrucción a la Justicia y la deslealtad profesional
- CAPÍTULO VIII. Del quebrantamiento de condena
- CAPÍTULO IX. De los delitos contra la Administración de Justicia de la Corte Penal Internacional
-
TÍTULO XXI.
Delitos contra la Constitución
- CAPÍTULO PRIMERO. Rebelión
- CAPÍTULO II. Delitos contra la Corona
- CAPÍTULO III. De los delitos contra las Instituciones del Estado y la división de poderes
- CAPÍTULO IV. De los delitos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas
-
CAPÍTULO V.
De los delitos cometidos por los funcionarios públicos contra las garantías constitucionales
- SECCIÓN 1. De los delitos cometidos por los funcionarios públicos contra la libertad individual
- SECCIÓN 2. De los delitos cometidos por los funcionarios públicos contra la inviolabilidad domiciliaria y demás garantías de la intimidad
- SECCIÓN 3. De los delitos cometidos por los funcionarios públicos contra otros derechos individuales
- CAPÍTULO VI. De los ultrajes a España
-
TÍTULO XXII.
Delitos contra el orden público
- CAPÍTULO PRIMERO. Sedición
- CAPÍTULO II. De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia
- CAPÍTULO III. De los desórdenes públicos
- CAPÍTULO IV. Disposición común a los capítulos anteriores
- CAPÍTULO V. De la tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos
- CAPÍTULO VI. De las organizaciones y grupos criminales
- CAPÍTULO VII. De las organizaciones y grupos terroristas y de los delitos de terrorismo
- TÍTULO XXIII. De los delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la Defensa Nacional
-
TÍTULO XXIV.
Delitos contra la Comunidad Internacional
- CAPÍTULO PRIMERO. Delitos contra el Derecho de gentes
- CAPÍTULO II. Delitos de genocidio
- CAPÍTULO II BIS. De los delitos de lesa humanidad
- CAPÍTULO III. De los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado
- CAPÍTULO IV. Disposiciones comunes
- CAPÍTULO V. Delito de piratería
- LIBRO III. Faltas y sus penas
- DISPOSICIONES ADICIONALES
-
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda
- Disposición transitoria tercera
- Disposición transitoria cuarta
- Disposición transitoria quinta
- Disposición transitoria sexta
- Disposición transitoria séptima
- Disposición transitoria octava
- Disposición transitoria novena
- Disposición transitoria décima
- Disposición transitoria undécima
- Disposición transitoria duodécima
- DISPOSICIONES DEROGATORIAS
- DISPOSICIONES FINALES
- Norma afectada por
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- Corregido por
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BOE 2 Marzo 1996. Corrección de errores LO 10/1995, de 23 Nov. (CP)
- Afectaciones recientes
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- 13/3/2019
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LO 1/2019 de 20 Feb. (modifica la LO 10/1995 de 23 Nov., Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional)
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Letra a bis) del número 1 del artículo 127 bis introducida por el apartado uno del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 156 bis modificado por el apartado dos del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 284 modificado por el apartado tres del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 285 modificado por el apartado cuatro del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 285 bis introducido por el apartado cinco del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 285 ter introducido por el apartado seis del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 285 quater introducido por el apartado siete del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Número 1 del artículo 286 bis redactado por el apartado ocho del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 288 redactado por el apartado nueve del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Número 3 del artículo 305 redactado por el apartado diez del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 308 modificado por el apartado once del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Número 1 del artículo 386 redactado por el apartado doce del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Número 5 del artículo 386 redactado por el apartado doce del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Párrafo primero del artículo 387 redactado por el apartado trece del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 423 modificado por el apartado catorce del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 427 modificado por el apartado quince del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 431 introducido, en su actual redacción, por el apartado dieciséis del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Ordinal 5.º del artículo 435 introducido por el apartado diecisiete del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 435 bis introducido por el apartado dieciocho del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 572 modificado por el apartado diecinueve del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Párrafo introductorio del número 1 del artículo 573 redactado por el apartado veinte del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Número 3 del artículo 575 redactado por el apartado veintiuno del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Número 5 del artículo 576 suprimido por el apartado veintidós del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
Artículo 580 bis introducido por el apartado veintitrés del artículo único de la L.O. 1/2019, de 20 de febrero, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional («B.O.E.» 21 febrero).
- 3/3/2019
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LO 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente.
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Artículo 142 redactado por el apartado uno del artículo único de la L.O. 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente («B.O.E.» 2 marzo).
Artículo 142 bis introducido por el apartado dos del artículo único de la L.O. 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente («B.O.E.» 2 marzo).
Artículo 152 redactado por el apartado tres del artículo único de la L.O. 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente («B.O.E.» 2 marzo).
Artículo 152 bis introducido por el apartado cuatro del artículo único de la L.O. 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente («B.O.E.» 2 marzo).
Artículo 382 redactado por el apartado cinco del artículo único de la L.O. 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente («B.O.E.» 2 marzo).
Artículo 382 bis introducido por el apartado seis del artículo único de la L.O. 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente («B.O.E.» 2 marzo).
- 12/12/2017
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TS, Sala Segunda, de lo Penal, AC, 12 Dic. 2017
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El Acuerdo del Pleno no Jurisdiccional TS (Sala Segunda, de lo Penal) de 12 de diciembre de 2017 declara que, en caso de concurso medial, cuando las penas de prisión señaladas en abstracto en cada uno de los delitos que integran el concurso no superen los cinco años de duración, aunque la suma de las previstas en una y otras infracciones excedan de esa cifra, la competencia para su enjuiciamiento corresponde al Juez de lo Penal.
- 15/12/2016
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TS, Sala Segunda, de lo Penal, AC, 15 Dic. 2016
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El Acuerdo del Pleno no Jurisdiccional de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 15 de diciembre de 2016, declara que «los trasteros y garajes comunes sitos en edificio de propiedad horizontal, donde también se integran viviendas, tendrán la consideración de dependencia de casa habitada, siempre que tengan las características siguientes:
a) Contigüidad, es decir, proximidad inmediata o directa con la casa habitada; que obviamente puede ser tanto horizontal como vertical;
b) Cerramiento, lo que equivale a que la dependencia esté cerrada, aunque no sea necesario que se halle techada ni siquiera murada
c) Comunicabilidad interior o interna entre la casa habitada y la dependencia; es decir, que medie puerta, pasillo, escalera, ascensor o pasadizo internos que unan la dependencia donde se comete el robo con el resto del edificio como vía de utilizable acceso entre ambos.
d) Unidad física, aludiendo al cuerpo de la edificación.»
- 28/10/2015
- 1/7/2015
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LO 2/2015 de 30 Mar. (modifica la LO 10/1995 de 23 Nov., del Código Penal en materia de delitos de terrorismo)
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Capítulo VII del título XXII del libro II redactado por el artículo único de la L.O. 2/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de terrorismo («B.O.E.» 31 marzo).
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Número 1 del artículo 1 redactado por el número uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 2 redactado por el número dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 7 redactado por el número tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 9 redactado por el número cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Rúbrica del Libro I redactada por el número cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Rúbrica del Capítulo I del Título I del Libro I redactada por el número seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 10 redactado por el número siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 11 redactado por el número ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 3 del artículo 13 redactado por el número nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 4 del artículo 13 redactado por el número nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 15 redactado por el número diez del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 2 del artículo 16 redactado por el número once del artículo único de L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 3 del artículo 16 redactado por el número once del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 17 redactado por el número doce del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Punto primero del numeral 4.º del artículo 20 redactado por el número trece del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Circunstancia 4.ª del artículo 22 redactada por el número catorce del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Circunstancia 8.ª del artículo 22 redactada por el apartado catorce del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 25 redactado por el número quince del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Rúbrica del Título II del Libro I redactada por el número dieciséis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 27 redactado por el número diecisiete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 30 redactado por el número dieciocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 31 redactado por el número diecinueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 31 bis redactado por el número veinte del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 31 ter introducido por el número veintiuno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 31 quater introducido por el número veintidós del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 31 quinquies introducido por el número veintitrés del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 2 del artículo 33 redactado por el número veinticuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 3 del artículo 33 redactado por el número veinticuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 4 del artículo 33 redactado por el número veinticuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 35 redactado por el número veinticinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 36 redactado conforme establece el número veintiséis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 39 redactado por el número veintisiete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 48 redactado por el número veintiocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 53 redactado por el número veintinueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 57 redactado por el número treinta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 2 del artículo 66 redactado por el número treinta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Regla 2.ª del artículo 66 bis redactada por el número treinta y dos del artículo único de L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 4 del artículo 70 introducido por el número treinta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 71 redactado por el número treinta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Letra e) del número 1 del artículo 76 introducida por el número treinta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 2 del artículo 76 redactado por el número treinta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 77 redactado por el número treinta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 2 del artículo 78 redactado por el número treinta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 3 del artículo 78 suprimido por el número treinta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 78 bis introducido por el número treinta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 80 redactado por el número treinta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 81 redactado por el número cuarenta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 82 redactado por el número cuarenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 83 redactado por el número cuarenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 84 redactado por el número cuarenta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 85 redactado por el número cuarenta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 86 redactado por el número cuarenta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 87 redactado por el número cuarenta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 88 suprimido por el número cuarenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 89 redactado por el número cuarenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 90 redactado por el número cuarenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 91 redactado por el número cincuenta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 92 redactado por el número cincuenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 93 suprimido por el número cincuenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 94 bis introducido por el número cincuenta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Rúbrica del Título V del Libro I redactada por el número cincuenta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 109 redactado por el número cincuenta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 111 redactado por el número cincuenta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 116 redactado por el número cincuenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 120 redactado por el número cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 122 redactado por el número cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 123 redactado por el número sesenta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 127 redactado por el número sesenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 127 bis introducido por el número sesenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 127 ter introducido por el número sesenta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 127 quater introducido por el número sesenta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 127 quinquies introducido por el número sesenta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 127 sexies introducido por el número sesenta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 127 septies introducido por el número sesenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 127 octies introducido por el número sesenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 129 redactado por el número sesenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 2 del artículo 129 redactado por el número sesenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 129 bis introducido por el número setenta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Apartado 3.º del número 1 del artículo 130 redactado por el número setenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Apartado 5.º del número 1 del artículo 130 redactado por el número setenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 131 redactado por el número setenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 132 redactado por el número setenta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 134 renumerado por el número setenta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 2 del artículo 134 introducido por el número setenta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 136 redactado por el número setenta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 138 redactado por el número setenta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 139 redactado por el número setenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 140 redactado por el número setenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 140 bis introducido por el número setenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 142 redactado por el número ochenta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 147 redactado por el número ochenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 152 redactado por el número ochenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 153 redactado por el número ochenta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 156 redactado por el número ochenta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 156 ter introducido por el número ochenta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 166 redactado por el número ochenta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 167 redactado por el número ochenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 7 del artículo 171 introducido por el número ochenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 3 del artículo 172 introducido por el número ochenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 172 bis introducido por el número noventa del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 172 ter introducido por el número noventa y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 2 del artículo 173 redactado por el número noventa y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 4 del artículo 173 introducido por el número noventa y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 177 redactado por el número noventa y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 177 bis redactado por el número noventa y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 4 del artículo 177 bis redactado por el número noventa y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 182 redactado por el número noventa y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Rúbrica del Capítulo II bis del Título VIII del Libro II redactada por el número noventa y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 183 redactado por el número noventa y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 183 bis redactado por el número noventa y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 183 ter introducido por el número noventa y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 183 quater introducido por el número cien del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Rúbrica del Capítulo V del Título VIII del Libro II redactada por el número ciento uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 187 redactado por el número ciento dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 188 redactado por el número ciento tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 189 redactado por el número ciento cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 192 redactado por el número ciento cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 3 del artículo 192 redactado por el número ciento cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 197 redactado por el número ciento seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 197 bis introducido por el número ciento siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 197 ter introducido por el número ciento ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 197 quater introducido por el número ciento nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 197 quinquies introducido por el número ciento diez del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Actual número 2 del artículo 203 introducido por el número ciento once del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 3 del artículo 203 renumerado por el número ciento once del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo). Su contenido literal se corresponde con el del anterior número 2 del mismo artículo.
Párrafo segundo del artículo 208 redactado por el número ciento doce del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 210 redactado por el número ciento trece del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Rúbrica de la Sección 3.ª del Capítulo III del Título XII del Libro II redactada por el número ciento catorce del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 234 redactado por el número ciento quince del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 235 redactado por el número ciento dieciséis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 236 redactado por el número ciento diecisiete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 237 redactado por el número ciento dieciocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 240 redactado por el número ciento diecinueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 241 redactado por el número ciento veinte del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 2 del artículo 242 redactado por el número ciento veintiuno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 244 redactado por el número ciento veintidós del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 246 redactado por el número ciento veintitrés del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 247 redactado por el número ciento veinticuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 249 redactado por el número ciento veinticinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 250 redactado por el número ciento veintiséis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 252 redactado por el apartado ciento veintiocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Rúbrica de la Sección 2.ª del Capítulo VI del Título XIII del Libro II redactada por el apartado ciento veintisiete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Sección 2.ª bis al Capítulo VI del Título XIII del Libro II introducida por el número ciento veintinueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 253 redactado por el número ciento treinta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 254 redactado por el número ciento treinta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 255 redactado por el número ciento treinta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 256 redactado por el número ciento treinta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Rúbrica del Capítulo VII del Título XIII del Libro II redactada por el número ciento treinta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 257 redactado por el número ciento treinta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 258 redactado por el número ciento treinta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 258 bis introducido por el número ciento treinta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 258 ter introducido por el número ciento treinta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Capítulo VII bis al Título XIII del Libro II introducido por el número ciento treinta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 259 redactado por el número ciento cuarenta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 259 bis introducido por el número ciento cuarenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 260 redactado por el número ciento cuarenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 263 redactado por el número ciento cuarenta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Ordinal 6.º del número 2 del artículo 263 introducido por el número ciento cuarenta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 264 redactado por el número ciento cuarenta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 264 bis introducido por el número ciento cuarenta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 264 ter introducido por el número ciento cuarenta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 264 quater introducido por el número ciento cuarenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 265 redactado por el número ciento cuarenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 266 redactado por el número ciento cuarenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 2 del artículo 266 redactado por el número ciento cuarenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 268 redactado por el número ciento cincuenta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 270 redactado por el número ciento cincuenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 271 redactado por el número ciento cincuenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 274 redactado por el número ciento cincuenta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 276 redactado por el número ciento cincuenta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Rúbrica de la Sección 4.ª del Capítulo XI del Título XIII del Libro II redactada por el número ciento cincuenta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 286 bis introducido en su actual redacción por el número ciento cincuenta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 286 ter introducido por el número ciento cincuenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 286 quater introducido por el número ciento cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 288 redactado por el número ciento cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo; Corrección de errores «B.O.E.» 11 junio).
Artículo 295 suprimido por el número ciento sesenta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 298 redactado por el número ciento sesenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 2 del artículo 298 redactado por el número ciento sesenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 299 suprimido por el número ciento sesenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Título XIII bis del Libro II introducido por el número ciento sesenta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 304 bis introducido por el número ciento sesenta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 304 ter introducido por el número ciento sesenta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Párrafo primero del artículo 306 redactado por el número ciento sesenta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 308 bis introducido por el número ciento sesenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 311 bis introducido por el número ciento sesenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 315 redactado por el número ciento sesenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 3 del artículo 319 redactado por el número ciento setenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 323 redactado por el número ciento setenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 325 redactado por el número ciento setenta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 326 redactado por el número ciento setenta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 326 bis introducido por el número ciento setenta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo; Corrección de errores «B.O.E.» 11 junio).
Artículo 327 redactado por el número ciento setenta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 328 redactado por el número ciento setenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 332 redactado por el número ciento setenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 334 redactado por el número ciento setenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 335 redactado por el número ciento ochenta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 337 redactado por el número ciento ochenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 337 bis introducido por el número ciento ochenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 345 redactado por el número ciento ochenta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo; Corrección de errores «B.O.E.» 11 junio).
Número 1 del artículo 346 redactado por el número ciento ochenta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 2 del artículo 346 redactado por el número ciento ochenta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 353 redactado por el número ciento ochenta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Rúbrica de la Sección 5.ª del Capítulo II del Título XVII del Libro II redactada por el número ciento ochenta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 358 bis introducido por el número ciento ochenta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 361 redactado por el número ciento ochenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 361 bis suprimido por el número ciento ochenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 362 redactado por el número ciento ochenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo; Corrección de errores «B.O.E.» 11 junio).
Artículo 362 bis introducido por el número ciento noventa del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 362 ter introducido por el número ciento noventa y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 362 quater introducido por el número ciento noventa y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 362 quinquies introducido por el número ciento noventa y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 362 sexies introducido por el número ciento noventa y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 366 redactado por el número ciento noventa y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 374 redactado por el número ciento noventa y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 375 redactado por el número ciento noventa y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 376 redactado por el número ciento noventa y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 378 redactado por el número ciento noventa y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 386 redactado por el número doscientos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 387 redactado por el número doscientos uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Párrafo segundo del artículo 389 redactado por el número doscientos dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 400 redactado por el número doscientos tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 402 bis introducido por el número doscientos cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 403 redactado por el número doscientos cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 404 redactado por el número doscientos seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 405 redactado por el número doscientos siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 418 redactado por el número doscientos ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 419 redactado por el número doscientos nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 420 redactado por el número doscientos diez del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 423 redactado por el número doscientos once del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 424 redactado por el número doscientos doce del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 427 redactado por el número doscientos trece del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 427 bis introducido por el número doscientos catorce del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 428 redactado por el número doscientos quince del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 429 redactado por el número doscientos dieciséis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 430 redactado por el número doscientos diecisiete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 431 suprimido por el número doscientos dieciocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 432 redactado por el número doscientos diecinueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 433 redactado por el número doscientos veinte del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 434 redactado por el número doscientos veintiuno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Apartado 4.ª del artículo 435 introducido por el número doscientos veintidós del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 436 redactado por el número doscientos veintitrés del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 438 redactado por el número doscientos veinticuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 439 redactado por el número doscientos veinticinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 440 redactado por el número doscientos veintiséis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 441 redactado por el número doscientos veintisiete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 442 redactado por el número doscientos veintiocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Rúbrica del Capítulo X del Título XIX del Libro II redactada por el número doscientos veintinueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 445 redactado por el número doscientos treinta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 446 redactado por el número doscientos treinta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 456 redactado por el número doscientos treinta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 3 del artículo 468 introducido por el número doscientos treinta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 485 redactado por el número doscientos treinta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 510 redactado por el número doscientos treinta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 510 bis introducido por el número doscientos treinta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 511 redactado por el número doscientos treinta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 512 redactado por el número doscientos treinta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 515 redactado por el número doscientos treinta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 550 redactado por el número doscientos cuarenta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 551 redactado por el número doscientos cuarenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 552 suprimido por el número doscientos cuarenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 554 redactado por el número doscientos cuarenta y tres del artículo único de L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 555 suprimido por el número doscientos cuarenta y cuatro del artículo único de L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 556 redactado por el número doscientos cuarenta y cinco del artículo único de L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 557 redactado por el número doscientos cuarenta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 557 bis introducido por el número doscientos cuarenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 557 ter introducido por el número doscientos cuarenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 559 redactado por el número doscientos cuarenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 561 redactado por el número doscientos cincuenta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 566 redactado por el número doscientos cincuenta y uno del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 567 redactado por el número doscientos cincuenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 2 del artículo 567 redactado por el número doscientos cincuenta y dos del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 570 bis redactado por el número doscientos cincuenta y tres del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 570 ter redactado por el número doscientos cincuenta y cuatro del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 1 del artículo 605 redactado por el número doscientos cincuenta y cinco del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 607 redactado por el número doscientos cincuenta y seis del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Apartado 1.º del número 2 del artículo 607 bis redactado por el número doscientos cincuenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Apartado 6.º del número 2 del artículo 607 bis redactado por el número doscientos cincuenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Número 3 del artículo 607 bis introducido por el número doscientos cincuenta y siete del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Libro III derogado por el número 1 de la disposición derogatoria única de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «persona con discapacidad necesitada de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaz», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «personas con discapacidad necesitadas de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaces», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «personas con discapacidad necesitadas de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaces», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «personas con discapacidad necesitadas de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaces», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «personas con discapacidad necesitadas de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaces», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «personas con discapacidad necesitadas de especial protección» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «incapaces», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
La referencia al término «discapacidad» ha sido introducida en sustitución de la anterior referencia al término «minusvalía», conforme establece el número doscientos cincuenta y ocho del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Los términos «Rey o Reina» y «Príncipe o Princesa de Asturias» han sido introducidos en sustitución de las anteriores referencias al «Rey» y al «Príncipe heredero de la Corona», respectivamente, conforme establece el número doscientos cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
El término «Rey o Reina» ha sido introducido en sustitución de la anterior referencia al «Rey», conforme establece el número doscientos cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Los términos «Rey o Reina» y «Príncipe o Princesa de Asturias» han sido introducidos en sustitución de las anteriores referencias al «Rey» y al «Príncipe heredero de la Corona», respectivamente, conforme establece el número doscientos cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Los términos «Rey o Reina» y «Príncipe o Princesa de Asturias» han sido introducidos en sustitución de las anteriores referencias al «Rey» y al «Príncipe heredero de la Corona», respectivamente, conforme establece el número doscientos cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Los términos «Rey o Reina» y «Príncipe o Princesa de Asturias» han sido introducidos en sustitución de las anteriores referencias al «Rey» y al «Príncipe heredero de la Corona», respectivamente, conforme establece el número doscientos cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Los términos «Rey o Reina» y «Príncipe o Princesa de Asturias» han sido introducidos en sustitución de las anteriores referencias al «Rey» y al «Príncipe heredero de la Corona», respectivamente, conforme establece el número doscientos cincuenta y nueve del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
Artículo 318 bis redactado por el número ciento setenta del artículo único de la L.O. 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 31 marzo).
- 17/1/2013
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LO 7/2012 de 27 Dic. (modificación de la LO 10/1995 de 23 Nov. del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social)
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Párrafo primero del número 5 del artículo 31 bis redactado por el apartado uno del artículo único de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 305 redactado por el apartado dos del artículo único de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 305 bis introducido por el apartado tres del artículo único de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 306 redactado por el apartado cuatro del artículo único de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 307 redactado por el apartado cinco del artículo único de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 307 bis introducido por el apartado seis del artículo único de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 307 ter introducido por el apartado siete del artículo único de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 308 redactado por el apartado ocho del artículo único de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 310 bis redactado por el apartado nueve del artículo único de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 311 redactado por el apartado diez del artículo único de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 398 redactado por el apartado once del artículo único de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 433 bis introducido por el apartado doce del artículo único de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 309 derogado por el número 1 de la disposición derogatoria única de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 627 derogado por el número 1 de la disposición derogatoria única de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
Artículo 628 derogado por el número 1 de la disposición derogatoria única de la L.O. 7/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de transparencia y lucha contra el fraude fiscal y en la Seguridad Social («B.O.E.» 28 diciembre).
- 30/1/2011
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Párrafo final del número 1 del artículo 131 suprimido por el número 1 de la disposición final segunda de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero), que corrige determinados artículos y apartados de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio.
Número 7 del artículo 197 modificado conforme establece el número 2 de la disposición final segunda de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero), que corrige determinados artículos y apartados de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio.
Párrafo introductorio segundo del número 1 del artículo 288 modificado conforme establece el número 3 de la disposición final segunda de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero), que corrige determinados artículos y apartados de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio.
Número 1 del artículo 570 quáter modificado conforme establece el número 4 de la disposición final segunda de la L.O. 3/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la L.O. 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General («B.O.E.» 29 enero), que corrige determinados artículos y apartados de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en la redacción dada por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio.
- 23/12/2010
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LO 5/2010 de 22 Jun. (modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal)
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Circunstancia 6.ª del artículo 21 introducida en su actual redacción por el apartado primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Circunstancia 7.ª del artículo 21 renumerada por el apartado primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el de la anterior circunstancia 6.ª.
Circunstancia 4.ª del artículo 22 redactada por el apartado segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 31 suprimido por el apartado tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 31 bis introducido por el apartado cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Letra j) del número 2 del artículo 33 introducida por el apartado quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Letra j) del número 3 del artículo 33 redactada por el apartado quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Letra l) del número 3 del artículo 33 introducida por el apartado quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Letra m) del número 3 del artículo 33 introducida por el apartado quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Letra g) del número 4 del artículo 33 redactada por el apartado quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 7 del artículo 33 introducido por el apartado quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 36 redactado por el apartado sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 37 redactado por el apartado séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 4 del artículo 37 introducido por el apartado séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Letra j) del artículo 39 introducida por el apartado octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 46 redactado por el apartado noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 48 redactado por el apartado décimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo introductorio del artículo 49 redactado por el apartado undécimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 3 del artículo 50 redactado por el apartado duodécimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 4 del artículo 50 redactado por el apartado duodécimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 4 del artículo 52 introducido por el apartado decimotercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 5 del artículo 53 introducido por el apartado decimocuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 55 redactado por el apartado decimoquinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Circunstancia 3.ª del número 1 del artículo 56 redactada por el apartado decimosexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 58 redactado por el apartado decimoséptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 66 bis introducido por el apartado decimoctavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Punto 5.º del número 1 del artículo 83 redactado por el apartado decimonoveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 1.º del número 1 del artículo 88 redactado por el apartado vigésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 3.º del número 1 del artículo 88 redactado por el apartado vigésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 89 redactado por el apartado vigésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 3 del artículo 96 redactado por el apartado vigésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 97 redactado por el apartado vigésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 98 redactado por el apartado vigésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 3 del artículo 100 redactado por el apartado vigésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 3 del artículo 103 redactado por el apartado vigésimo sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 105 redactado por el apartado vigésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 106 redactado por el apartado vigésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 3 del artículo 116 introducido por el apartado vigésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 127 redactado por el apartado trigésimo del artículo único del L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 129 redactado por el apartado trigésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 130 renumerado por el apartado trigésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior artículo 130.
Número 2 del artículo 130 introducido por el apartado trigésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 4.º del número 1 del artículo 131 redactado por el apartado trigésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 5.º del número 1 del artículo 131 suprimido por el apartado trigésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 4 del artículo 131 redactado por el apartado trigésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 5 del artículo 131 introducido por el apartado trigésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 132 redactado por el apartado trigésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 133 redactado por el apartado trigésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 156 bis introducido por el apartado trigésimo sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 3.º del número 1 del artículo 172 introducido por el apartado trigésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 2.º del número 1 del artículo 173 introducido por el número trigésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 3.º del número 1 del artículo 173 introducido por el número trigésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Título VII bis del Libro II, integrado por el artículo 177 bis, introducido por los apartados trigésimo noveno y cuadragésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 178 redactado por el apartado cuadragésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 unio).
Párrafo introductorio del número 1 del artículo 180 redactado por el apartado cuadragésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Circunstancia 3.ª del número 1 del artículo 180 redactada por el apartado cuadragésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 181 redactado por el apartado cuadragésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 4 del artículo 181 introducido, en su actual redacción, por el apartado cuadragésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 5 del artículo 181 renumerado por el apartado cuadragésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior número 4 del mismo artículo.
Artículo 182 redactado por el apartado cuadragésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Capítulo II bis del Título VIII del Libro II, integrado por los artículos 183 y 183 bis, introducido por los apartados cuadragésimo quinto, sexto y séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 187 redactado por el apartado cuadragésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 187 introducido en su actual redacción por el apartado cuadragésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 3 del artículo 187 renumerado por el apartado cuadragésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior apartado 2 del mismo artículo.
Número 4 del artículo 187 renumerado por el apartado cuadragésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior apartado 3 del mismo artículo.
Número 5 del artículo 187 introducido por el apartado cuadragésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 188 redactado por el apartado cuadragésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 3 del artículo 188 redactado por el apartado cuadragésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 4 del artículo 188 introducido en su actual redacción por el apartado cuadragésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 5 del artículo 188 renumerado por el apartado cuadragésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del apartado 4 del mismo artículo.
Número 1 del artículo 189 redactado por el apartado quincuagésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo introductorio del número 3 del artículo 189 redactado por el apartado quincuagésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 8 del artículo 189 suprimido por el apartado quincuagésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 189 bis introducido por el apartado quincuagésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 192 introducido en su actual redacción por el apartado quincuagésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 192 renumerado por el apartado quincuagésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior apartado 1 del mismo artículo.
Número 3 del artículo 192 renumerado y redactado por el apartado quincuagésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Se corresponde con el anterior apartado 2 del mismo artículo.
Número 3 del artículo 197 introducido en su actual redacción por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 4 del artículo 197 renumerado por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior apartado 3 del mismo artículo.
Número 5 del artículo 197 renumerado por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior apartado 4 del mismo artículo.
Número 6 del artículo 197 renumerado por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior apartado 5 del mismo artículo.
Número 7 del artículo 197 renumerado por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior apartado 6 del mismo artículo.
Número 8 del artículo 197 introducido por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 3 del artículo 201 redactado por el apartado quincuagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 3 del artículo 215 redactado por el apartado quincuagésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 234 redactado por el apartado quincuagésimo sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 235 redactado por el apartado quincuagésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 239 redactado por el apartado quincuagésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 242 redactado por el apartado quincuagésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 245 redactado por el apartado sexagésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 248 redactado por el apartado sexagésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 250 redactado por el apartado sexagésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 251 bis introducido por el apartado sexagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 5 del artículo 257 renumerado por el apartado sexagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior número 3 del mismo artículo.
Número 3 del artículo 257 introducido en su actual redacción por el apartado sexagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 4 del artículo 257 introducido por el apartado sexagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 261 bis introducido por el apartado sexagésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 263 renumerado por el apartado sexagésimo sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior artículo 263.
Número 2 del artículo 263 introducido por el apartado sexagésimo sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 264 redactado por el apartado sexagésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 3.º del artículo 267 redactado por el apartado sexagésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 2.º del número 1 del artículo 270 introducido por el apartado sexagésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 274 redactado por el apartado septuagésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 274 redactado por el apartado septuagésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 282 bis introducido por el apartado septuagésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 284 redactado por el apartado septuagésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Sección 4.ª del Capítulo XI del Título XIII del Libro II, integrada por el artículo 286 bis, introducida por los apartados septuagésimo tercero y siguiente del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Sección 5.ª del Capítulo XI del Título XIII del Libro II renumerada por el apartado septuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Se corresponde con la anterior sección 4.ª del mismo Capítulo.
Artículo 287 redactado por el apartado septuagésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 288 redactado por el apartado septuagésimo sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Rúbrica del Capítulo XIV, del Título XIII, del Libro II redactada por el apartado septuagésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 301 redactado por el apartado septuagésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 302 redactado por el apartado septuagésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 1.º del número 1 del artículo 305 redactado por el apartado octogésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 5 del artículo 305 introducido por el apartado octogésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 306 redactado por el apartado octogésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 1.º del número 1 del artículo 307 redactado por el apartado octogésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 308 redactado por el apartado octogésimo tercero del artículo único de L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 308 redactado por el apartado octogésimo tercero del artículo único de L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 309 redactado por el apartado octogésimo cuarto del artículo único de L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 310 bis introducido por el apartado octogésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 313 redactado por el apartado octogésimo sexto del artículo único de L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 318 bis renumerado y redactado por el apartado octogésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 3 del artículo 318 bis renumerado por el apartado octogésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior número 4.
Número 4 del artículo 318 bis renumerado y redactado por el apartado octogésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Se corresponde con el anterior número 5.
Número 5 del artículo 318 bis renumerado por el apartado octogésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el del anterior número 6.
Rúbrica del Título XVI del Libro II redactada por el apartado octogésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Rúbrica del Capítulo I del Título XVI del Libro II redactada por el apartado octogésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 319 redactado por el apartado nonagésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 320 redactado por el apartado nonagésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 325 redactado por el apartado nonagésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 327 redactado por el apartado nonagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 328 redactado por el apartado nonagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 329 redactado por el apartado nonagésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 333 redactado por el apartado nonagésimo sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 334 redactado por el apartado nonagésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 336 redactado por el apartado nonagésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 337 redactado por el apartado nonagésimo noveno del artículo único de L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 339 redactado por el apartado centésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 343 redactado por el apartado centésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 345 redactado por el apartado centésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 348 redactado por el apartado centésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 3 del artículo 348 redactado por el apartado centésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Circunstancia 2.ª del número 1 del artículo 369 renumerada por el apartado centésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el de la anterior circunstancia 3.ª.
Circunstancia 3.ª del número 1 del artículo 369 renumerada por el apartado centésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el de la anterior circunstancia 4.ª.
Circunstancia 4.ª del número 1 del artículo 369 renumerada por el apartado centésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el de la anterior circunstancia 5.ª.
Circunstancia 5.ª del número 1 del artículo 369 renumerada por el apartado centésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el de la anterior circunstancia 6.ª.
Circunstancia 6.ª del número 1 del artículo 369 renumerada por el apartado centésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el de la anterior circunstancia 7.ª.
Circunstancia 7.ª del número 1 del artículo 369 renumerada por el apartado centésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el de la anterior circunstancia 8.ª.
Circunstancia 8.ª del número 1 del artículo 369 renumerada por el apartado centésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio). Su contenido literal se corresponde con el de la anterior circunstancia 9.ª.
Número 2 del artículo 369 suprimido por el apartado centésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 369 bis introducido por el apartado centésimo sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 2.º del artículo 370 redactado por el apartado centésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 2.º del apartado 3.º del artículo 370 redactado por el apartado centésimo séptimo del artículo único de L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 379 redactado por el apartado centésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 3 del artículo 381 suprimido por el apartado centésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 384 redactado por el apartado centésimo décimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 385 bis introducido por el apartado centésimo undécimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 385 ter introducido por el apartado centésimo duodécimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 387 redactado por el apartado centésimo decimotercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 392 redactado por el apartado centésimo decimocuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 399 redactado por el apartado centésimo decimoquinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Sección 4.ª del Capítulo II del Título XVIII del Libro II, integrada por el artículo 399 bis, introducida por los apartados centésimo decimosexto y centésimo decimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 400 bis introducido por el apartado centésimo decimoctavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Rúbrica del Capítulo III del Título XVII del Libro II redactada por el apartado centésimo decimoctavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 419 redactado por el apartado centésimo decimonoveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 420 redactado por el apartado centésimo vigésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 421 redactado por el apartado centésimo vigésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 425 redactado por el apartado centésimo vigésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 426 redactado por el apartado centésimo vigésimo sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 427 redactado por el apartado centésimo vigésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 428 redactado por el apartado centésimo vigésimo octavo del artículo único del L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 429 redactado por el apartado centésimo vigésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 2.º del artículo 430 redactado por el apartado centésimo trigésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 3.º del artículo 430 introducido por el apartado centésimo trigésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 436 redactado por el apartado centésimo trigésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 439 redactado por el apartado centésimo trigésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Letra a) del apartado 3.º del artículo 451 redactada por el apartado centésimo trigésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 468 redactado por el apartado centésimo trigésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 2.º del artículo 515 suprimido por el apartado centésimo trigésimo sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 516 suprimido por el apartado centésimo trigésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Capítulo VI del Título XXII del Libro II, integrado por los artículos 570 bis, 570 ter y 570 quáter, introducido por el apartado centésimo cuadragésimo segundo y siguientes del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Capítulo V del Título XXII del Libro II modificado conforme establecen los apartados centésimo trigésimo octavo y siguientes del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 422 redactado por el apartado centésimo vigésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 423 redactado por el apartado centésimo vigésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 424 redactado por el apartado centésimo vigésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Capítulo VII del Título XXII del Libro II, integrado por los artículo 571 a 580, introducido por el apartado centésimo cuadragésimo sexto y siguientes del artículo único y disposición adicional primera de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo introductorio del número 1 del artículo 607 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo quinto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 1.º del número 1 del artículo 607 bis redactado por el apartado centésimo quincuagésimo sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 8.º del artículo 611 introducido por el apartado centésimo quincuagésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 9.º del artículo 611 introducido por el apartado centésimo quincuagésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 3.º del artículo 612 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 4.º del artículo 612 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 8.º del artículo 612 introducido por el apartado centésimo quincuagésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 9.º del artículo 612 introducido por el apartado centésimo quincuagésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 10.º del artículo 612 introducido por el apartado centésimo quincuagésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 613 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 614 redactado por el apartado centésimo sexagésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 615 redactado por el apartado centésimo sexagésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 616 redactado por el apartado centésimo sexagésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Capítulo V del Título XXIV del Libro II, integrado por los artículos 616 ter y 616 quáter, introducido por los apartados centésimo sexagésimo tercero y siguientes del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 1 del artículo 623 redactado por el apartado centésimo sexagésimo sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 5 del artículo 623 introducido por el apartado centésimo sexagésimo sexto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 626 redactado por el apartado centésimo sexagésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 631 redactado por el apartado centésimo sexagésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Párrafo 2.º de la disposición adicional segunda redactado por el apartado centésimo sexagésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
La expresión «banda armada» contenida en el número 1 del artículo 90 ha sido suprimida por la disposición adicional primera de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
La expresión «banda armada» contenida en el número 2 del artículo 170 ha sido suprimida por la disposición adicional primera de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
La expresión «banda armada» contenida en el artículo 505 ha sido suprimida por la disposición adicional primera de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
La referencia a los delitos de terrorismo de la Sección Segunda del Capítulo V del Título XXII del Libro II contenida en el artículo 93, ha sido sustituida conforme establece la disposición adicional primera de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Las referencias que se hacen a los delitos de terrorismo de la Sección Segunda del Capítulo V del Título XXII del Libro II, o cometidos en el seno de organizaciones criminales, en los artículos 78, 90 y 91 del Código Penal, se entenderán hechas a delitos referentes a organizaciones y grupos terroristas y delitos de terrorismo del Capítulo VII del Título XXII del Libro II de dicho Código, o cometidos en el seno de organizaciones o grupos criminales, conforme establece la disposición adicional primera de L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Las referencias que se hacen a los delitos de terrorismo de la Sección Segunda del Capítulo V del Título XXII del Libro II, o cometidos en el seno de organizaciones criminales, en los artículos 78, 90 y 91 del Código Penal, se entenderán hechas a delitos referentes a organizaciones y grupos terroristas y delitos de terrorismo del Capítulo VII del Título XXII del Libro II de dicho Código, o cometidos en el seno de organizaciones o grupos criminales, conforme establece la disposición adicional primera de L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Las referencias que se hacen a los delitos de terrorismo de la Sección Segunda del Capítulo V del Título XXII del Libro II, o cometidos en el seno de organizaciones criminales, en los artículos 78, 90 y 91 del Código Penal, se entenderán hechas a delitos referentes a organizaciones y grupos terroristas y delitos de terrorismo del Capítulo VII del Título XXII del Libro II de dicho Código, o cometidos en el seno de organizaciones o grupos criminales, conforme establece la disposición adicional primera de L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 368 redactado por el apartado centésimo cuarto del artículo único de L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 445 redactado por el apartado centésimo trigésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
La referencia a los delitos de terrorismo de la Sección Segunda del Capítulo V del Título XXII del Libro II contenida en el artículo 76, ha sido sustituida conforme establece la disposición adicional primera de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
- 5/7/2010
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Artículo 145 redactado por el número uno de la disposición final primera de la L.O. 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo («B.O.E.» 4 marzo).
Artículo 145 bis introducido por el número dos de la disposición final primera de la L.O. 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo («B.O.E.» 4 marzo).
Inciso «417 bis» de la letra a) del número 1 de la disposición derogatoria única suprimido por el número tres de la disposición final primera de la L.O. 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo («B.O.E.» 4 marzo).
- 1/5/2008
- 2/12/2007
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LO 15/2007 de 30 Nov. (modifica la LO 10/1995 de 23 Nov., del Código Penal en materia de seguridad vial)
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Párrafo final del artículo 47 introducido por el apartado primero del artículo único de la L.O. 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial («B.O.E.» 1 diciembre).
Rúbrica del Capítulo IV de Título XVII del Libro II redactada por el apartado segundo del artículo único de la L.O. 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial («B.O.E.» 1 diciembre).
Artículo 379 redactado por el apartado tercero del artículo único de la L.O. 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial («B.O.E.» 1 diciembre).
Artículo 380 redactado por el apartado cuarto del artículo único de la L.O. 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial («B.O.E.» 1 diciembre).
Artículo 381 redactado por el apartado quinto del artículo único de la L.O. 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial («B.O.E.» 1 diciembre).
Artículo 382 redactado por el apartado sexto del artículo único de la L.O. 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial («B.O.E.» 1 diciembre).
Artículo 383 redactado por el apartado séptimo del artículo único de la L.O. 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial («B.O.E.» 1 diciembre).
Artículo 385 redactado por el apartado noveno del artículo único de la L.O. 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial («B.O.E.» 1 diciembre).
Artículo 384 redactado por el apartado octavo del artículo único de la L.O. 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial («B.O.E.» 1 diciembre). Téngase en cuenta que el párrafo segundo del artículo 384 del Código Penal entrará en vigor el 1 de mayo de 2008.
La referencia al artículo 382 contenida en el presente apartado debe entenderse hecha al actual artículo 385, tras la reforma efectuada por el apartado noveno del artículo único de L.O. 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial («B.O.E.» 1 diciembre).
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La referencia al artículo 382 contenida en el presente apartado debe entenderse hecha al actual artículo 385, tras la reforma efectuada por el apartado noveno del artículo único de L.O. 15/2007, de 30 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de seguridad vial («B.O.E.» 1 diciembre).
- 21/11/2007
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LO 13/2007 de 19 Nov. (persecución extraterritorial del tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas)
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Número 1 del artículo 313 redactado por el número uno del artículo segundo de la L.O. 13/2007, de 19 de noviembre, para la persecución extraterritorial del tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas («B.O.E.» 20 noviembre; corrección de errores «B.O.E.» 27 diciembre).
Número 1 del artículo 318 bis redactado por el número dos del artículo segundo de la L.O. 13/2007, de 19 de noviembre, para la persecución extraterritorial del tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas («B.O.E.» 20 noviembre).
- 7/11/2007
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TC, Pleno, S 235/2007, 7 Nov. 2007 (Rec. 5152/2000)
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La expresión «nieguen o» del primer inciso del número 2 del artículo 607 ha sido declarada inconstitucional y nula por Sentencia TC 235/2007, de 7 noviembre («B.O.E.» 10 diciembre).
S TC Pleno 235/2007 de 7 Nov. (cuestión de inconstitucionalidad 5152-2000. Planteada por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Barcelona respecto al artículo 607.2 del CP)
- 22/2/2007
- 12/10/2005
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LO 4/2005 de 10 Oct. (modificación del Código Penal en materia de delitos de riesgo provocados por explosivos)
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Rúbrica de la Sección 3.ª del Capítulo I del Título XVII redactada por el apartado uno del artículo único de la L.O. 4/2005, de 10 de octubre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de riesgo provocados por explosivos («B.O.E.» 11 octubre).
Artículo 348 redactado por el apartado dos del artículo único de la L.O. 4/2005, de 10 de octubre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de delitos de riesgo provocados por explosivos («B.O.E.» 11 octubre).
- 29/6/2005
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Párrafo 3.º del número 1 del artículo 88 redactado por el artículo 35 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género («B.O.E.» 29 diciembre).
Artículo 468 redactado por el artículo 40 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género («B.O.E.» 29 diciembre).
Párrafo 2.º del apartado 6.ª del número 1 del artículo 83 redactado por el artículo 33 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género («B.O.E.» 29 diciembre).
Número 3 del artículo 84 redactado por el artículo 34 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género («B.O.E.» 29 diciembre).
Artículo 148 redactado por el artículo 36 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género («B.O.E.» 29 diciembre).
Artículo 153 redactado por el artículo 37 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género («B.O.E.» 29 diciembre; corrección de errores «B.O.E.» 12 abril 2005).
Número 4 del artículo 171 introducido por el artículo 38 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género («B.O.E.» 29 diciembre).
Número 5 del artículo 171 introducido por el artículo 38 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género («B.O.E.» 29 diciembre; corrección de errores «B.O.E.» 12 abril 2005).
Número 6 del artículo 171 introducido por el artículo 38 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género («B.O.E.» 29 diciembre).
Número 1 del artículo 172 numerado por el artículo 39 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género («B.O.E.» 29 diciembre). Su contenido literal se corresponde con el del anterior párrafo único del mismo artículo.
Número 2 del artículo 172 introducido por el artículo 39 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género («B.O.E.» 29 diciembre; corrección de errores «B.O.E.» 12 abril 2005).
Artículo 620 redactado por el artículo 41 de la L.O. 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género («B.O.E.» 29 diciembre).
- 24/6/2005
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Artículo 506 bis suprimido por el artículo único de la L.O. 2/2005, de 22 de junio, de modificación del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 521 bis suprimido por el artículo único de la L.O. 2/2005, de 22 de junio, de modificación del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 576 bis suprimido por el artículo único de la L.O. 2/2005, de 22 de junio, de modificación del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
- 1/10/2004
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Artículo 31 redactado por el apartado primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 2 del artículo 33 redactado por el apartado segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 33 redactado por el apartado segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 4 del artículo 33 redactado por el apartado segundo del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 6 del artículo 33 redactado por el apartado segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 35 redactado por el apartado tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 36 redactado por el apartado cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 37 redactado por el apartado quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 39 redactado por el apartado sexto del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 40 redactado por el apartado séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 42 redactado por el apartado octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 46 redactado por el apartado noveno del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 48 redactado por el apartado décimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 49 redactado por el apartado undécimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 50 redactado por el apartado duodécimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 4 del artículo 50 redactado por el apartado duodécimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 6 del artículo 50 redactado por el apartado duodécimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 51 redactado por el apartado decimotercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 52 redactado por el apartado decimocuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 53 redactado por el apartado decimoquinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 53 redactado por el apartado decimoquinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 4 del artículo 53 redactado por el apartado decimoquinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 56 redactado por el apartado decimosexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 57 redactado por el apartado decimoséptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 58 redactado por el apartado decimoctavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 60 redactado por el apartado decimonoveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 65 redactado por el apartado vigésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 65 introducido por el apartado vigésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 68 redactado por el apartado vigésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 70 redactado por el apartado vigésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 71 redactado por el apartado vigésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 72 redactado por el apartado vigésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 74 redactado por el apartado vigésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 74 redactado por el apartado vigésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Rúbrica del Capítulo III del Título III del Libro I redactada por el apartado vigésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 80 redactado por el apartado vigésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Condición 2.ª del artículo 81 redactada por el apartado vigésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 82 redactado por el apartado vigésimo noveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 83 redactado por el apartado trigésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 84 introducido por el apartado trigésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 85 redactado por el apartado trigésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 87 redactado por el apartado trigésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 4 del artículo 87 redactado por el apartado trigésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 88 redactado por el apartado trigésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 92 redactado por el apartado trigésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 94 redactado por el apartado trigésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 2 del artículo 95 redactado por el apartado trigésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 96 redactado por el apartado trigésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 97 redactado por el apartado trigésimo noveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 99 redactado por el apartado cuadragésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 100 redactado por el apartado cuadragésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 104 renumerado por el apartado cuadragésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre). Su contenido literal se corresponde con el del anterior párrafo único del citado artículo.
Número 2 del artículo 104 introducido por el apartado cuadragésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 105 redactado por el apartado cuadragésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 127 redactado por el apartado cuadragésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 129 redactado por el apartado cuadragésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 130 redactado por el apartado cuadragésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 131 redactado por el apartado cuadragésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 4 del artículo 131 redactado por el apartado cuadragésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 132 redactado por el apartado cuadragésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 133 redactado por el apartado cuadragésimo noveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 136 redactado por el apartado quincuagésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 2 del artículo 136 redactado por el apartado quincuagésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 136 redactado por el apartado quincuagésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 5 del artículo 136 redactado por el apartado quincuagésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Párrafo 1.º del artículo 146 redactado por el apartado quincuagésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 2 del artículo 147 redactado por el apartado quincuagésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 152 redactado por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 2 del artículo 152 redactado por el apartado quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 154 redactado por el apartado quincuagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Párrafo 1.º del artículo 158 redactado por el apartado quincuagésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 160 redactado por el apartado quincuagésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 161 redactado conforme establece el apartado quincuagésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre). Su contenido literal se corresponde con el del anterior artículo 162.
Artículo 162 redactado por el apartado quincuagésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre). Téngase en cuenta que el anterior contenido de este precepto ha pasado a integrar el actual artículo 161.
Número 2 del artículo 170 redactado por el apartado quincuagésimo noveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 171 redactado por el apartado sexagésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 172 redactado por el apartado sexagésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 174 redactado por el apartado sexagésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 179 redactado por el apartado sexagésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 182 redactado por el apartado sexagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 2 del artículo 183 redactado por el apartado sexagésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 184 redactado por el apartado sexagésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 185 redactado por el apartado sexagésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 186 redactado por el apartado sexagésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 189 redactado por el apartado sexagésimo noveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 195 redactado por el apartado septuagésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 206 redactado por el apartado septuagésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 215 redactado por el apartado septuagésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 221 redactado por el apartado septuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 225 redactado por el apartado septuagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 226 redactado por el apartado septuagésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 227 redactado por el apartado septuagésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 236 redactado por el apartado septuagésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 246 redactado por el apartado octogésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 247 redactado por el apartado octogésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 248 introducido por el apartado octogésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 249 redactado por el apartado octogésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 252 redactado por el apartado octogésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 253 redactado por el apartado octogésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 254 redactado por el apartado octogésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Párrafo introductorio del artículo 255 redactado por el apartado octogésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 256 redactado por el apartado octogésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 259 redactado por el apartado octogésimo noveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 260 redactado por el apartado nonagésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 261 redactado por el apartado nonagésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 262 redactado por el apartado nonagésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 263 redactado por el apartado nonagésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Párrafo 1.º del artículo 267 redactado por el apartado nonagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 270 redactado por el apartado nonagésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 271 redactado por el apartado nonagésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 273 redactado por el apartado nonagésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 274 redactado por el apartado nonagésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 274 introducido por el apartado nonagésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 4 del artículo 274 introducido por el apartado nonagésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 276 redactado por el apartado nonagésimo noveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 282 redactado por el apartado centésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 284 redactado por el apartado centésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 285 redactado por el apartado centésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 286 redactado por el apartado centésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 287 redactado por el apartado centésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 289 redactado por el apartado centésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 298 redactado por el apartado centésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 299 redactado por el apartado centésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 301 redactado por el apartado centésimo octavo del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 5 del artículo 301 introducido por el apartado centésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 302 redactado por el apartado centésimo noveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 305 redactado por el apartado centésimo décimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 305 redactado por el apartado centésimo décimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 306 redactado por el apartado centésimo undécimo del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 307 redactado por el apartado centésimo duodécimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 308 redactado por el apartado centésimo decimotercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 2 del artículo 308 redactado por el apartado centésimo decimotercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 309 redactado por el apartado centésimo decimocuarto del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 310 redactado por el apartado centésimo decimoquinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 314 redactado por el apartado centésimo decimosexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 324 redactado por el apartado centésimo decimoséptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 325 redactado por el apartado centésimo decimoctavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 328 redactado por el apartado centésimo decimonoveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Rúbrica del Capítulo IV del Título XVI del Libro II redactada por el apartado centésimo vigésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 332 redactado por el apartado centésimo vigésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 333 redactado por el apartado centésimo vigésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 334 redactado por el apartado centésimo vigésimo tercero del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 335 redactado por el apartado centésimo vigésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 336 redactado por el apartado centésimo vigésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 337 redactado por el apartado centésimo vigésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 346 redactado por el apartado centésimo vigésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 369 redactado por el apartado centésimo vigésimo octavo del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 370 redactado por el apartado centésimo vigésimo noveno del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 2 del artículo 371 redactado por el apartado centésimo trigésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 374 redactado por el apartado centésimo trigésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 376 redactado por el apartado centésimo trigésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 379 redactado por el apartado centésimo trigésimo tercero del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Párrafo 2.º del artículo 381 introducido por el apartado centésimo trigésimo cuarto del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Párrafo introductorio del artículo 382 redactado por el apartado centésimo trigésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 386 redactado por el apartado centésimo trigésimo sexto del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 387 redactado por el apartado centésimo trigésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 389 redactado por el apartado centésimo trigésimo octavo del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 432 redactado por el apartado centésimo trigésimo noveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 443 redactado por el apartado centésimo cuadragésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 444 redactado por el apartado centésimo cuadragésimo primero del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Capítulo X del Título XIX del Libro II, integrado por el actual artículo 445, introducido por el apartado centésimo cuadragésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Téngase en cuenta que el Título XIX bis, integrado por el artículo 445 bis, ha de entenderse derogado por los apartados centésimo cuadragésimo segundo y tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre). El anterior contenido de este Título ha pasado a integrar el Capítulo X del Título XIX del Libro II de este Código (actual artículo 445).
Letra a) del apartado 3.º del artículo 451 redactada por el apartado centésimo cuadragésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 2 del artículo 461 renumerado por el apartado centésimo cuadragésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre). Su contenido literal se corresponde con el del anterior número 3 del mismo artículo.
Número 1 del artículo 463 redactado por el apartado centésimo cuadragésimo sexto del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 463 redactado por el apartado centésimo cuadragésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 468 redactado por el apartado centésimo cuadragésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Capítulo IX del Título XX del Libro II, integrado por el artículo 471 bis, introducido por el apartado centésimo cuadragésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 4 del artículo 514 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Apartado 6.º del artículo 515 derogado por el apartado centésimo quincuagésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 524 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo segundo del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 526 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 557 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo cuarto del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 558 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 561 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo sexto del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 566 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 1 del artículo 567 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 2 del artículo 567 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 570 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo noveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Capítulo II bis del Título XXIV del Libro II, integrado por el artículo 607 bis, introducido por el apartado centésimo sexagésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Apartado 6.º del artículo 608 introducido en su actual redacción por el apartado centésimo sexagésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Apartado 7.º del artículo 608 renumerado por el apartado centésimo sexagésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre). Su contenido literal se corresponde con el del anterior apartado 6.º del mismo artículo.
Artículo 610 redactado por el apartado centésimo sexagésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Apartado 1.º del artículo 612 redactado por el apartado centésimo sexagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Apartado 2.º del artículo 612 redactado por el apartado centésimo sexagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Apartado 3.º del artículo 612 redactado por el apartado centésimo sexagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Párrafo introductorio del número 1 del artículo 613 redactado por el apartado centésimo sexagésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Letra a) del número 1 del artículo 613 redactada por el apartado centésimo sexagésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 614 bis introducido por el apartado centésimo sexagésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 615 bis introducido por el apartado centésimo sexagésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 616 bis introducido por el apartado centésimo sexagésimo octavo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 617 redactado por el apartado centésimo sexagésimo noveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 618 redactado por el apartado centésimo septuagésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 620 redactado por el apartado centésimo septuagésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 623 redactado por el apartado centésimo septuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 624 redactado por el apartado centésimo septuagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 625 redactado por el apartado centésimo septuagésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 626 redactado por el apartado centésimo septuagésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 627 redactado por el apartado centésimo septuagésimo séptimo del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 628 redactado por el apartado centésimo septuagésimo octavo del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 629 redactado por el apartado centésimo septuagésimo noveno del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 630 redactado por el apartado centésimo octogésimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 631 redactado por el apartado centésimo octogésimo primero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 632 redactado por el apartado centésimo octogésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 633 redactado por el apartado centésimo octogésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 635 redactado por el apartado centésimo octogésimo cuarto del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 636 redactado por el apartado centésimo octogésimo quinto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Artículo 637 redactado por el apartado centésimo octogésimo sexto del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 502 redactado por el apartado centésimo cuadragésimo noveno del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 3 del artículo 621 redactado por el apartado centésimo septuagésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Número 4 del artículo 621 redactado por el apartado centésimo septuagésimo segundo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
Párrafo 1.º del artículo 234 redactado por el apartado septuagésimo séptimo del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre; corrección de errores «B.O.E.» 16 marzo 2004).
Párrafo 1.º del número 1 del artículo 244 redactado por el apartado septuagésimo noveno del artículo único de L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre; corrección de errores «B.O.E.» 16 marzo 2004).
Apartado 4.º del artículo 611 redactado por el apartado centésimo sexagésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre; rectificada por Corrección de errores «B.O.E» 2 abril 2004).
Apartado 5.º del artículo 611 redactado por el apartado centésimo sexagésimo tercero del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre; rectificada por Corrección de errores «B.O.E» 2 abril 2004).
La referencia debe entenderse hecha al número 5.º del artículo 130, después de la reforma del citado precepto efectuada por el apartado cuadragésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
La referencia debe entenderse hecha al número 5.º del artículo 130, después de la reforma del citado precepto efectuada por el apartado cuadragésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
La referencia debe entenderse hecha al número 5.º del artículo 130, después de la reforma del citado precepto efectuada por el apartado cuadragésimo sexto del artículo único de la L.O. 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 26 noviembre).
- 27/12/2003
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TC, Pleno, S 101/2012, 8 May. 2012 (Rec. 4246/2001)
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Artículo 335 declarado inconstitucional y nulo por STC 101/2012, de 8 de mayo.
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Artículo 506 bis introducido por el artículo segundo de la L.O. 20/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la L.O. del Poder Judicial y del Código Penal («B.O.E.» 26 diciembre).
Artículo 521 bis introducido por el artículo segundo de la L.O. 20/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la L.O. del Poder Judicial y del Código Penal («B.O.E.» 26 diciembre).
Artículo 576 bis introducido por el artículo segundo de la L.O. 20/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la L.O. del Poder Judicial y del Código Penal («B.O.E.» 26 diciembre).
- 1/10/2003
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LO 11/2003 de 29 Sep. (medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros)
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Artículo 23 redactado por el número uno del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Artículo 66 redactado por el número dos del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Número 1 del artículo 89 redactado por el número tres del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Número 2 del artículo 89 redactado por el número tres del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Número 3 del artículo 89 redactado por el número tres del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Artículo 108 redactado por el número cuatro del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Párrafo 2.º del número 1 del artículo 147 introducido por el número cinco del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Número 2 del artículo 147 redactado por el número cinco del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Artículo 149 redactado por el número seis del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Artículo 153 redactado por el número siete del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Artículo 173 redactado por el número ocho del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Artículo 188 redactado por el número nueve del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Párrafo 2.º del artículo 234 introducido por el número diez del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre). Posteriormente el artículo único, septuagésimo séptimo, de la LO 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica el Código Penal (en vigor desde 1 de octubre de 2004), establece una redacción del art. 234 en la que desaparece este segundo párrafo. Sin embargo, una corrección de errores de la LO 15/2003 aparecida en el BOE de 16 de marzo de 2004 reintroduce el párrafo segundo. Dado que el texto de la LO 15/2003 finalmente aprobado en las Cortes no incluía el párrafo segundo (que se "pierde", seguramente por error, en un momento anterior de la tramitación parlamentaria), la doctrina que se ha pronunciado al respecto plantea serias dudas sobre la vigencia del párrafo segundo por la insuficiencia de la corrección de errores citada".
Párrafo 2.º del número 1 del artículo 244 introducido por el número once del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre). Posteriormente el artículo único, septuagésimo noveno, de la LO 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica el Código Penal (en vigor desde 1 de octubre de 2004), establece una redacción del art. 244 en la que desaparece este segundo párrafo. Sin embargo, una corrección de errores de la LO 15/2003 aparecida en el BOE de 16 de marzo de 2004 reintroduce el párrafo segundo. Dado que el texto de la LO 15/2003 finalmente aprobado en las Cortes no incluía el párrafo segundo (que se "pierde", seguramente por error, en un momento anterior de la tramitación parlamentaria), la doctrina que se ha pronunciado al respecto plantea serias dudas sobre la vigencia del párrafo segundo por la insuficiencia de la corrección de errores citada".
Artículo 318 redactado por el número doce del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Apartado 1.º del artículo 515 redactado por el número catorce del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Párrafo 2.º del número 2 del artículo 617 derogado por el número quince del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
Artículo 318 bis redactado por el número trece del artículo primero de la L.O. 11/2003, de 29 de septiembre, de medidas concretas en materia de seguridad ciudadana, violencia doméstica e integración social de los extranjeros («B.O.E.» 30 septiembre).
- 2/7/2003
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Artículo 36 redactado por el número uno del artículo primero de la L.O. 7/2003, de 30 de junio, de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas («B.O.E.» 1 julio).
Artículo 76 redactado por el número dos del artículo primero de la L.O. 7/2003, de 30 de junio, de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas («B.O.E.» 1 julio).
Artículo 78 redactado por el número tres del artículo primero de la L.O. 7/2003, de 30 de junio, de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas («B.O.E.» 1 julio).
Artículo 90 redactado por el número cuatro del artículo primero de L.O. 7/2003, de 30 de junio, de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas («B.O.E.» 1 julio).
Artículo 91 redactado por el número cinco del artículo primero de la L.O. 7/2003, de 30 de junio, de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas («B.O.E.» 1 julio).
Números 2 y 3 del artículo 93 introducidos y anterior párrafo único renumerado conforme establece el número seis del artículo primero de la L.O. 7/2003, de 30 de junio, de medidas de reforma para el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas («B.O.E.» 1 julio).
- 12/3/2003
- 12/12/2002
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LO 9/2002 de 10 Dic. (modificación LO 10/1995 de 23 Nov., Código Penal, y Código Civil, sobre sustracción de menores)
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Sección 2.ª del Capítulo III del Título XII del Libro II, integrada por el artículo 225 bis, introducida conforme establecen el número 1 del artículo 1 y el artículo 2 de la L.O. 9/2002, de 10 de diciembre, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y del Código Civil, sobre sustracción de menores («B.O.E.» 11 diciembre).
Sección 3.ª del Capítulo III del Título XII del Libro II renumerada por el número 2 del artículo primero de la L.O. 9/2002, de 10 de diciembre, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y del Código Civil, sobre sustracción de menores («B.O.E.» 11 diciembre). Su contenido literal se corresponde con el de la anterior Sección 2.ª.
Párrafo 2.º del artículo 224 introducido por el artículo tercero de la L.O. 9/2002, de 10 de diciembre, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y del Código Civil, sobre sustracción de menores («B.O.E.» 11 diciembre).
Artículo 622 redactado por el artículo cuarto de la L.O. 9/2002, de 10 de diciembre, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y del Código Civil, sobre sustracción de menores («B.O.E.» 11 diciembre).
- 24/5/2002
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LO 3/2002 de 22 May. (modificación LO 10/1995, del Código Penal, y LO 13/1985, de 9 de Dic., del Código Penal Militar, sobre servicio militar y prestación social sustitutoria)
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Rúbrica del Capítulo IV del Título XXI del Libro II redactada por el número uno del artículo 1 de la L.O. 3/2002, 22 mayo, por la que se modifican la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y la L.O. 13/1985, de 9 de diciembre, del Código Penal Militar, en materia de delitos relativos al servicio militar y a la prestación social sustitutoria («B.O.E.» 23 mayo).
Artículo 604 dejado sin contenido por el número cuatro del artículo 1 de la L.O. 3/2002, 22 mayo, por la que se modifican la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y la L.O. 13/1985, de 9 de diciembre, del Código Penal Militar, en materia de delitos relativos al servicio militar y a la prestación social sustitutoria («B.O.E.» 23 mayo).
Artículo 527 dejado sin contenido por el número dos del artículo 1 de la L.O. 3/2002, 22 mayo, por la que se modifican la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y la L.O. 13/1985, de 9 de diciembre, del Código Penal Militar, en materia de delitos relativos al servicio militar y a la prestación social sustitutoria («B.O.E.» 23 mayo).
Sección 3.ª del Capítulo IV del Título XXI del Libro II suprimida por el número dos del artículo 1 de la L.O. 3/2002, 22 mayo, por la que se modifican la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y la L.O. 13/1985, de 9 de diciembre, del Código Penal Militar, en materia de delitos relativos al servicio militar y a la prestación social sustitutoria («B.O.E.» 23 mayo).
Rúbrica del Capítulo III del Título XXIII del Libro II redactada por el número tres del artículo primero de la L.O. 3/2002, 22 mayo, por la que se modifican la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y la L.O. 13/1985, de 9 de diciembre, del Código Penal Militar, en materia de delitos relativos al servicio militar y a la prestación social sustitutoria («B.O.E.» 23 mayo).
División en Secciones del Capítulo III del Título XXIII del Libro II suprimida por el número tres del artículo 1 de la L.O. 3/2002, 22 mayo, por la que se modifican la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y la L.O. 13/1985, de 9 de diciembre, del Código Penal Militar, en materia de delitos relativos al servicio militar y a la prestación social sustitutoria («B.O.E.» 23 mayo).
- 23/1/2001
- 13/1/2001
- 24/12/2000
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LO 7/2000 de 22 Dic. (modificación CP 1995 y LO 5/2000 de 12 Ene., responsabilidad penal de los menores, en relación con los delitos de terrorismo)
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Artículo 40 redactado por el apartado 1.º del artículo 1 de la L.O. 7/2000, 22 diciembre, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y de la L.O. 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en relación con los delitos de terrorismo («B.O.E.» 23 diciembre).
Artículo 266 redactado por el apartado 2.º del artículo 1 de la L.O. 7/2000, 22 diciembre, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y de la L.O. 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en relación con los delitos de terrorismo («B.O.E.» 23 diciembre).
Inciso final del párrafo 1.º del artículo 346 introducido por el apartado 3.º del artículo 1 de la L.O. 7/2000, 22 diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en relación con los delitos de terrorismo («B.O.E.» 23 diciembre).
Párrafo 2.º del artículo 351 introducido por el apartado 4.º del artículo 1 de la L.O. 7/2000, 22 diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en relación con los delitos de terrorismo («B.O.E.» 23 diciembre).
Artículo 504 redactado por el apartado 5.º del artículo primero de la L.O. 7/2000, 22 diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en relación con los delitos de terrorismo («B.O.E.» 23 diciembre).
Artículo 505 redactado por el apartado 6.º del artículo 1 de la L.O. 7/2000, 22 diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en relación con los delitos de terrorismo («B.O.E.» 23 diciembre).
Número 2 del artículo 551 redactado por el apartado 7.º del artículo 1 de la L.O. 7/2000, 22 diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en relación con los delitos de terrorismo («B.O.E.» 23 diciembre).
Artículo 577 redactado por el apartado 8.º del artículo 1 de la L.O. 7/2000, 22 diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en relación con los delitos de terrorismo («B.O.E.» 23 diciembre).
Artículo 578 redactado por el apartado 9.º del artículo 1 de la L.O. 7/2000, 22 diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en relación con los delitos de terrorismo («B.O.E.» 23 diciembre).
Artículo 579 redactado por el apartado 10 del artículo 1 de la L.O. 7/2000, 22 diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la Responsabilidad Penal de los Menores, en relación con los delitos de terrorismo («B.O.E.» 23 diciembre).
- 1/2/2000
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LO 3/2000 de 11 Ene. (modificación de la LO 10/1995, del Código Penal, en materia de lucha contra la corrupción de agentes públicos extranjeros en las transacciones comerciales internacionales)
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Título XIX bis del Libro II introducido por el artículo único de la L.O. 3/2000, 11 enero, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, en materia de lucha contra la corrupción de agentes públicos extranjeros en las transacciones comerciales internacionales («B.O.E.» 12 enero).
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Número 1 del artículo 312 redactado por la Disposición Final 1.ª de la L.O. 4/2000, 11 enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social («B.O.E.» 12 Enero).
Título XV bis del Libro II introducido por L.O. 4/2000, 11 enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social («B.O.E.» 12 enero).
Número 6 del artículo 515 introducido por L.O. 4/2000, 11 enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social («B.O.E.» 12 enero).
Párrafo introductorio del artículo 517 redactado por L.O. 4/2000, 11 enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social («B.O.E.» 12 enero).
Artículo 518 redactado por L.O. 4/2000, 11 enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social («B.O.E.» 12 enero).
- 30/1/2000
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LO 2/2000 de 7 Ene. (Código Penal. Armas químicas. Prohibición del desarrollo y empleo. Modificación LO 10/1995 de 23 Nov.)
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Artículo 566 redactado por el número 1 del artículo único de la L.O. 2/2000, 7 enero, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de prohibición del desarrollo y el empleo de armas químicas («B.O.E.» 10 enero).
Número 1 del artículo 567 redactado por el número 2 del artículo único de la L.O. 2/2000, 7 enero, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal en materia de prohibición del desarrollo y el empleo de armas químicas («B.O.E.» 10 enero).
Párrafo 2.º del número 2 del artículo 567 introducido por el número 3 del artículo único de la L.O. 2/2000, 7 enero, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, 23 noviembre, en materia de prohibición del desarrollo y el empleo de armas químicas («B.O.E.» 10 enero).
- 10/6/1999
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LO 14/1999 de 9 Jun., (modificación CP 1995 y LECrim., en materia de protección a las víctimas de malos tratos)
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Letra g) del número 2 del artículo 33 redactada por el apartado 1.º del artículo 1 de la L.O. 14/1999, 9 junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 10 junio).
Letra f) del número 3 del artículo 33 redactada por el apartado 2.º del artículo 1 de la L.O. 14/1999, de 9 de junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 10 junio).
Letra b) bis del número 4 del artículo 33 introducida por el apartado 3.º del artículo 1 de la L.O. 14/1999, de 9 de junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 10 junio).
Letra f) del artículo 39 redactada por el apartado 4.º del artículo 1 de la L.O. 14/1999, de 9 de junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 10 junio).
Artículo 48 redactado por el apartado 5.º del artículo 1 de la L.O. 14/1999, 9 junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 10 junio).
Artículo 57 redactado por el apartado 6.º del artículo 1 de la L.O. 14/1999, de 9 de junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 10 junio).
Subapartado 1.º bis del número 1 del artículo 83 redactado por el apartado 7.º del artículo 1 de la L.O. 14/1999, de 9 de junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 10 junio).
Letra g) del apartado 1.º del artículo 105 redactada por el apartado 8.º del artículo 1 de la L.O. 14/1999, 9 junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 10 junio).
Número 2 del artículo 617 redactado por el número 2 del artículo 2 de L.O. 14/1999, de 9 de junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 10 junio).
Artículo 153 redactado por el número 1 del artículo 2 de la L.O. 14/1999, 9 junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 10 junio).
Párrafo penúltimo del artículo 620 redactado y párrafo final introducido por el número 3 del artículo 2 de la L.O. 14/1999, 9 junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 10 junio).
Inciso 2.º del número 1 del artículo 132 redactado por el apartado 9.º del artículo 1 de la L.O. 14/1999, 9 junio, de modificación del Código Penal de 1995, en materia de protección a las víctimas de malos tratos y de la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 10 junio).
- 21/5/1999
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Epígrafe del Título VIII del Libro II redactado por el artículo primero de la L.O. 11/1999, 30 abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).
Capítulo I del Título VIII del Libro II redactado por el artículo segundo de la L.O. 11/1999, de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).
Capítulo II del Título VIII del Libro II redactado por el artículo segundo de la L.O. 11/1999, de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).
Capítulo III del Título VIII del Libro II redactado por el artículo segundo de la L.O. 11/1999, de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).
Capítulo IV del Título VIII del Libro II redactado por el artículo segundo de la L.O. 11/1999, de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).
Capítulo V del Título VIII del Libro II redactado por el artículo segundo de la L.O. 11/1999, de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).
Artículo 57 redactado por el artículo cuarto de la L.O. 11/1999, de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).
Subapartado 1.º bis del número 1 del artículo 83 introducido por el artículo quinto de la L.O. 11/1999, 30 abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).
Letra g) del número 1 del artículo 105 introducida por el artículo sexto de la L.O. 11/1999, 30 abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).
Número 2 del artículo 617 redactado por el artículo séptimo de la L.O. 11/1999, 30 abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).
Inciso 2.º del número 1 del artículo 132 introducido por el artículo 3 de la L.O. 11/1999, 30 abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por L.O. 10/1995, de 23 de noviembre («B.O.E.» 1 mayo).
- 1/1/1999
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Las cuantías expresadas en pesetas equivalen, respectivamente, a 1,20 y 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 60.101,21 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 450.759,08 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas contenida en el presente artículo equivale a 90.151,82 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
Las cuantías expresadas en pesetas equivalen a 60.101,21 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 180.303,63 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas contenida en el presente artículo equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 10 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre)
La cuantía expresada en pesetas contenida en el presente apartado equivale a 3005,06 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre)
Las cuantías expresadas en pesetas equivalen a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 300,51 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
Las cuantías expresadas en pesetas equivalen a 601,01 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
Las cuantías expresadas en pesetas equivalen a 300,51 y 3005,06 euros, respectivamente, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
La cuantía expresada en pesetas equivale a 90.151,82 euros, de conformidad con el artículo 2 de la L.O. 10/1998, 10 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre).
De conformidad con el número 2 del artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre), las referencias contenidas al ecu o a los importes expresados en la unidad de cuenta ecu se entenderán también realizadas al euro o al correspondiente importe expresado en euros.
De conformidad con el número 2 del artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre), las referencias contenidas al ecu o a los importes expresados en la unidad de cuenta ecu se entenderán también realizadas al euro o al correspondiente importe expresado en euros.
De conformidad con el número 2 del artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre), las referencias contenidas al ecu o a los importes expresados en la unidad de cuenta ecu se entenderán también realizadas al euro o al correspondiente importe expresado en euros.
De conformidad con el número 2 del artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre), las referencias contenidas al ecu o a los importes expresados en la unidad de cuenta ecu se entenderán también realizadas al euro o al correspondiente importe expresado en euros.
De conformidad con el número 2 del artículo 2 de la L.O. 10/1998, 17 diciembre complementaria de la Ley sobre introducción del Euro («B.O.E.» 18 diciembre), las referencias contenidas al ecu o a los importes expresados en la unidad de cuenta ecu se entenderán también realizadas al euro o al correspondiente importe expresado en euros.
- 7/10/1998
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LO 7/1998 de 5 Oct. (modificación del CP 1995, supresión de las penas de prisión y multa para supuestos de no cumplimiento del servicio militar obligatorio y prestación social sustitutoria y rebaja de penas de inhabilitación para dichos supuestos)
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Artículo 527 redactado por el artículo 1 de la L.O. 7/1998, 5 octubre, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, por la que se suprimen las penas de prisión y multa para los supuestos de no cumplimiento del servicio militar obligatorio y prestación social sustitutoria y se rebajan las penas de inhabilitación para dichos supuestos («B.O.E.» 6 octubre).
Artículo 604 redactado por el artículo 2 de la L.O. 7/1998, 5 octubre, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, por la que se suprimen las penas de prisión y multa para los supuestos de no cumplimiento del servicio militar obligatorio y prestación social sustitutoria y se rebajan las penas de inhabilitación para dichos supuestos («B.O.E.» 6 octubre).
Artículo 528 derogado por la Disposición Derogatoria Única de la L.O. 7/1998, 5 octubre, de modificación de la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, por la que se suprimen las penas de prisión y multa para los supuestos de no cumplimiento del servicio militar obligatorio y prestación social sustitutoria y se rebajan las penas de inhabilitación para dichos supuestos («B.O.E.» 6 octubre).
- 17/6/1998
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Número 4 del artículo 514 introducido por el artículo 1 de la L.O. 2/1998, de 15 de junio, por la que se modifican el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 16 junio).
Número 5 del artículo 514 introducido por el artículo 2 de la L.O. 2/1998, de 15 de junio, por la que se modifican el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 16 junio).
Artículo 170 redactado por el artículo 3 de la L.O. 2/1998, 15 junio, por la que se modifican el Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal («B.O.E.» 16 junio).
- Otras afectaciones anteriores
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LO 5/2010 de 22 Jun. (modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal)
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Artículo 571 redactado por el apartado centésimo cuadragésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Sección 2.ª del Capítulo VII del Título XXII del Libro II introducida por el apartado centésimo cuadragésimo noveno del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 572 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 574 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 576 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo segundo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 576 bis introducido por el apartado centésimo quincuagésimo tercero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Artículo 579 redactado por el apartado centésimo quincuagésimo cuarto del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 1.º del número 1 del artículo 566 redactado por el apartado centésimo cuadragésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Apartado 3.º del número 1 del artículo 566 redactado por el apartado centésimo cuadragésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 566 redactado por el apartado centésimo cuadragésimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Rúbrica del Capítulo V del Título XXII del Libro II modificada conforme establece el apartado centésimo trigésimo octavo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 1 del artículo 567 redactado por el apartado centésimo cuadragésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Número 2 del artículo 567 redactado por el apartado centésimo cuadragésimo primero del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Sección 1.ª del Capítulo VII del Título XXII del Libro II introducida por el apartado centésimo cuadragésimo séptimo del artículo único de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
La expresión «banda armada» contenida en el artículo 573 ha sido suprimida por la disposición adicional primera de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
La expresión «banda armada» contenida en el artículo 575 ha sido suprimida por la disposición adicional primera de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
La expresión «banda armada» contenida en el artículo 577 ha sido suprimida por la disposición adicional primera de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
La expresión «banda armada» contenida en el artículo 580 ha sido suprimida por la disposición adicional primera de la L.O. 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la L.O. 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal («B.O.E.» 23 junio).
Exposición de Motivos
Si se ha llegado a definir el ordenamiento jurídico como conjunto de normas que regulan el uso de la fuerza, puede entenderse fácilmente la importancia del Código Penal en cualquier sociedad civilizada. El Código Penal define los delitos y faltas que constituyen los presupuestos de la aplicación de la forma suprema que puede revestir el poder coactivo del Estado: la pena criminal. En consecuencia, ocupa un lugar preeminente en el conjunto del ordenamiento, hasta el punto de que, no sin razón, se ha considerado como una especie de «Constitución negativa». El Código Penal ha de tutelar los valores y principios básicos de la convivencia social. Cuando esos valores y principios cambian, debe también cambiar. En nuestro país, sin embargo, pese a las profundas modificaciones de orden social, económico y político, el texto vigente data, en lo que pudiera considerarse su núcleo básico, del pasado siglo. La necesidad de su reforma no puede, pues, discutirse.
A partir de los distintos intentos de reforma llevados a cabo desde la instauración del régimen democrático, el Gobierno ha elaborado el Proyecto que somete a la discusión y aprobación de las Cámaras. Debe, por ello, exponer, siquiera sea de modo sucinto, los criterios en que se inspira, aunque éstos puedan deducirse con facilidad de la lectura de su texto.
El eje de dichos criterios ha sido, como es lógico, el de la adaptación positiva del nuevo Código Penal a los valores constitucionales. Los cambios que introduce en esa dirección el presente proyecto son innumerables, pero merece la pena destacar algunos.
En primer lugar, se propone una reforma total del actual sistema de penas, de modo que permita alcanzar, en lo posible, los objetivos de resocialización que la Constitución le asigna. El sistema que se propone simplifica, de una parte, la regulación de las penas privativas de libertad, ampliando, a la vez, las posibilidades de sustituirlas por otras que afecten a bienes jurídicos menos básicos, y, de otra, introduce cambios en las penas pecuniarias, adoptando el sistema de días-multa y añade los trabajos en beneficio de la comunidad.
En segundo lugar, se ha afrontado la antinomia existente entre el principio de intervención mínima y las crecientes necesidades de tutela en una sociedad cada vez más compleja, dando prudente acogida a nuevas formas de delincuencia, pero eliminando, a la vez, figuras delictivas que han perdido su razón de ser. En el primer sentido, merece destacarse la introducción de los delitos contra el orden socioeconómico o la nueva regulación de los delitos relativos a la ordenación del territorio y de los recursos naturales; en el segundo, la desaparición de las figuras complejas de robo con violencia e intimidación en las personas que, surgidas en el marco de la lucha contra el bandolerismo, deben desaparecer dejando paso a la aplicación de las reglas generales.
En tercer lugar, se ha dado especial relieve a la tutela de los derechos fundamentales y se ha procurado diseñar con especial mesura el recurso al instrumento punitivo allí donde está en juego el ejercicio de cualquiera de ellos: sirva de ejemplo, de una parte, la tutela específica de la integridad moral y, de otra la nueva regulación de los delitos contra el honor. Al tutelar específicamente la integridad moral, se otorga al ciudadano una protección más fuerte frente a la tortura, y al configurar los delitos contra el honor del modo en que se propone, se otorga a la libertad de expresión toda la relevancia que puede y debe reconocerle un régimen democrático.
En cuarto lugar, y en consonancia con el objetivo de tutela y respeto a los derechos fundamentales, se ha eliminado el régimen de privilegio de que hasta ahora han venido gozando las injerencias ilegítimas de los funcionarios públicos en el ámbito de los derechos y libertades de los ciudadanos. Por tanto, se propone que las detenciones, entradas y registros en el domicilio llevadas a cabo por autoridad o funcionario fuera de los casos permitidos por la Ley, sean tratadas como formas agravadas de los correspondientes delitos comunes, y no como hasta ahora lo han venido siendo, esto es, como delitos especiales incomprensible e injustificadamente atenuados.
En quinto lugar, se ha procurado avanzar en el camino de la igualdad real y efectiva, tratando de cumplir la tarea que, en ese sentido, impone la Constitución a los poderes públicos. Cierto que no es el Código Penal el instrumento más importante para llevar a cabo esa tarea; sin embargo, puede contribuir a ella, eliminando regulaciones que son un obstáculo para su realización o introduciendo medidas de tutela frente a situaciones discriminatorias. Además de las normas que otorgan una protección específica frente a las actividades tendentes a la discriminación, ha de mencionarse aquí la nueva regulación de los delitos contra la libertad sexual. Se pretende con ella adecuar los tipos penales al bien jurídico protegido, que no es ya, como fuera históricamente, la honestidad de la mujer, sino la libertad sexual de todos. Bajo la tutela de la honestidad de la mujer se escondía una intolerable situación de agravio, que la regulación que se propone elimina totalmente. Podrá sorprender la novedad de las técnicas punitivas utilizadas; pero, en este caso, alejarse de la tradición parece un acierto.
Dejando el ámbito de los principios y descendiendo al de las técnicas de elaboración, el presente proyecto difiere de los anteriores en la pretensión de universalidad. Se venía operando con la idea de que el Código Penal constituyese una regulación completa del poder punitivo del Estado. La realización de esa idea partía ya de un déficit, dada la importancia que en nuestro país reviste la potestad sancionadora de la Administración; pero, además, resultaba innecesaria y perturbadora.
Innecesaria, porque la opción decimonónica a favor del Código Penal y en contra de las leyes especiales se basaba en el hecho innegable de que el legislador, al elaborar un Código, se hallaba constreñido, por razones externas de trascendencia social, a respetar los principios constitucionales, cosa que no ocurría, u ocurría en menor medida, en el caso de una ley particular. En el marco de un constitucionalismo flexible, era ese un argumento de especial importancia para fundamentar la pretensión de universalidad absoluta del Código. Hoy, sin embargo, tanto el Código Penal como las leyes especiales se hallan jerárquicamente subordinados a la Constitución y obligados a someterse a ella, no sólo por esa jerarquía, sino también por la existencia de un control jurisdiccional de la constitucionalidad. Consiguientemente, las leyes especiales no pueden suscitar la prevención que históricamente provocaban.
Perturbadora, porque, aunque es innegable que un Código no merecería ese nombre si no contuviese la mayor parte de las normas penales y, desde luego los principios básicos informadores de toda la regulación, lo cierto es que hay materias que difícilmente pueden introducirse en él. Pues, si una pretensión relativa de universalidad es inherente a la idea de Código, también lo son las de estabilidad y fijeza, y existen ámbitos en que, por la especial situación del resto del ordenamiento, o por la naturaleza misma de las cosas, esa estabilidad y fijeza son imposibles. Tal es, por ejemplo, el caso de los delitos relativos al control de cambios. En ellos, la modificación constante de las condiciones económicas y del contexto normativo, en el que, quiérase o no, se integran tales delitos, aconseja situar las normas penales en dicho contexto y dejarlas fuera del Código: por lo demás, ésa es nuestra tradición, y no faltan, en los países de nuestro entorno, ejemplos caracterizados de un proceder semejante.
Así pues, en ese y en otros parecidos, se ha optado por remitir a las correspondientes leyes especiales la regulación penal de las respectivas materias. La misma técnica se ha utilizado para las normas reguladoras de la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo. En este caso, junto a razones semejantes a las anteriormente expuestas, podría argüirse que no se trata de normas incriminadoras, sino de normas que regulan supuestos de no incriminación. El Tribunal Constitucional exigió que, en la configuración de dichos supuestos, se adoptasen garantías que no parecen propias de un Código Penal, sino más bien de otro tipo de norma.
En la elaboración del proyecto se han tenido muy presentes las discusiones parlamentarias del de 1992, el dictamen del Consejo General del Poder Judicial, el estado de la jurisprudencia y las opiniones de la doctrina científica. Se ha llevado a cabo desde la idea, profundamente sentida, de que el Código Penal ha de ser de todos y de que, por consiguiente, han de escucharse todas las opiniones y optar por las soluciones que parezcan más razonables, esto es, por aquéllas que todo el mundo debería poder aceptar.
No se pretende haber realizado una obra perfecta, sino, simplemente, una obra útil. El Gobierno no tiene aquí la última palabra, sino solamente la primera. Se limita, pues, con este proyecto, a pronunciarla, invitando a todas las fuerzas políticas y a todos los ciudadanos a colaborar en la tarea de su perfeccionamiento. Solamente si todos deseamos tener un Código Penal mejor y contribuimos a conseguirlo podrá lograrse un objetivo cuya importancia para la convivencia y el pacífico disfrute de los derechos y libertades que la Constitución proclama difícilmente podría exagerarse.