En España, hacer testamento sigue siendo, para muchas personas un asunto que se pospone, indefinidamente, casi un tema tabú. Sin embargo, desde mi experiencia profesional, pocas decisiones generan tanta seguridad jurídica, tanta claridad y tantas ventajas prácticas como dejar por escrito la voluntad sucesoria. Lejos de ser un mero trámite notarial, el testamento es un acto de responsabilidad, tanto hacia uno mismo como hacia los herederos, porque permite evitar conflictos familiares, ordenar el patrimonio y facilitar un proceso que, en ausencia de planificación, puede llegar a ser complejo y emocionalmente desafiante.
Como abogada, a menudo me encuentro con situaciones en las que, tras el fallecimiento de un familiar, el duelo se ve acompañado de una serie de obligaciones jurídico–económicas inevitables: obtención de certificados, trámites notariales, registrales y fiscales. A este escenario ya de por sí exigente se suma, con demasiada frecuencia, la incertidumbre sobre cómo habría querido el causante repartir su patrimonio. Y es precisamente esa falta de certeza la que, en muchos casos, se convierte en el origen de desacuerdos familiares que terminan derivando en conflictos abiertos.
Herramienta eficaz de prevención de conflictos
Precisamente por todo eso, considero esencial planificar con antelación el reparto de los bienes y dejarlo reflejado en un testamento claro, coherente y personalizado. Frente a la creencia extendida de que el testamento se limita a repartir bienes, lo cierto es que este instrumento permite incorporar decisiones de profundo calado personal, como la designación de tutor para hijos menores o el nombramiento de un administrador del caudal hereditario. Aspectos que, de no quedar previstos, pueden generar situaciones especialmente delicadas.
Desde mi punto de vista, un buen testamento aporta seguridad jurídica tanto al testador como a sus herederos y garantiza, en la medida en que lo permite la normativa, que se respete la voluntad del causante. Además, se convierte en una herramienta eficaz de prevención de conflictos familiares. En este sentido, los legados específicos juegan un papel especialmente relevante, ya que permiten evitar situaciones de proindiviso que, en la práctica, son una de las fuentes más habituales de enfrentamiento entre herederos y que, no pocas veces, acaban resolviéndose en sede judicial.
Defiendo también la conveniencia de otorgar testamento porque agiliza significativamente la tramitación de la herencia y reduce costes. Evita la necesidad de acudir a una declaración de herederos abintestato, un trámite que, dependiendo del caso, puede resultar complejo y retrasar notablemente la adjudicación de los bienes. Todo ello desmonta una de las ideas más arraigadas: que solo es necesario hacer testamento cuando se dispone de un patrimonio elevado. La realidad demuestra que incluso patrimonios modestos, como una vivienda o una cuenta bancaria, pueden generar tensiones si no existe una voluntad claramente expresada.
Desde la perspectiva fiscal, que tanto nos preocupa, aunque el testamento no modifica por sí mismo la tributación del Impuesto de Sucesiones, una adecuada planificación sucesoria permite anticipar el impacto económico, evitar problemas de liquidez y facilitar una transmisión patrimonial más eficiente. En determinados casos, especialmente en patrimonios empresariales o negocios familiares, esta planificación puede resultar determinante.
El contexto social actual refuerza todavía más la importancia del testamento. Hoy conviven múltiples modelos familiares: parejas de hecho, familias reconstituidas, hijos de diferentes relaciones o convivencias no matrimoniales. Sin embargo, la normativa sucesoria no siempre refleja esta diversidad. En estos supuestos, el testamento se convierte en la única herramienta capaz de garantizar que la herencia se reparta conforme a las prioridades reales del causante y no exclusivamente según el orden legal previsto.
Hacer testamento es un ejercicio de responsabilidad
Existen, además, situaciones particularmente sensibles que requieren especial atención: familias con hijos con discapacidad, patrimonios vinculados a actividades económicas, empresas familiares, bienes con una fuerte carga emocional o disposiciones otorgadas en vida a determinados herederos. En estos supuestos, un testamento bien diseñado permite adaptar la sucesión a estas circunstancias, proteger a quienes más lo necesitan u evitar conflictos futuros que, en muchos casos, podrían haberse prevenido con una mínima planificación.
Otra de las grandes ventajas del testamento es su flexibilidad. Puede modificarse tantas veces como sea necesario y resulta recomendable revisarlo ante cambios relevantes en la vida personal o patrimonial: divorcios, nacimientos, adquisiciones importantes o modificaciones normativas. El testamento es, en definitiva, un documento vivo que debe evolucionar con la realidad de quien lo otorga.
Otorgar testamento no es un acto que deba inspirar temor. Al contrario. En mi opinión, hacer testamento es un ejercicio de responsabilidad, es una decisión que no debería posponerse, porque el mejor momento para ordenar el patrimonio es siempre ahora: cuando se puede reflexionar con calma, actuar con criterio y asegurarse de que, llegado el momento, todo estará dispuesto conforme a nuestros deseos. Como yo siempre digo, actuar ahora es evitar problemas futuros.







