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El TSJ obliga al Ayuntamiento de Valencia a permitir que los sacerdotes accedan en coche a las parroquias del centro

24 de junio de 2023 Jurisprudencia TRÁFICO

Discrimina a la Iglesia católica al no incluirla entre las entidades a las que se permite al acceso al área de prioridad residencial “Ciutat Vella Nord”. No existe justificación para que, a pesar de contar en esa área con un número importante de parroquias e iglesias, no se autorice el acceso rodado a las personas que las atienden en las mismas condiciones que a las empresas titulares de un comercio, local u oficina en esa zona, que se encuentran en una situación sustancialmente igual

El TS modifica su doctrina legal sobre el plazo de notificación de una resolución administrativa ex art. 58.4 de la Ley 30/1992

A los efectos del artículo 58.4 de la Ley 30/1992, el intento de notificación queda culminado en la fecha en que se llevó a cabo. Por tanto, si dicho intento de notificación se lleva a cabo en una fecha comprendida dentro del plazo máximo de duración del procedimiento, quede debidamente acreditado y se haya practicado respetando las exigencias normativas a que esté sujeto, producirá el concreto efecto que dispone ese artículo 58.4 de la Ley 30/1992 , con independencia o aunque su acreditación acceda al expediente cuando ya venció ese plazo.

El TS modifica su doctrina legal sobre el plazo de notificación de una resolución administrativa ex art. 58.4 de la Ley 30/1992

A los efectos del artículo 58.4 de la Ley 30/1992, el intento de notificación queda culminado en la fecha en que se llevó a cabo. Por tanto, si dicho intento de notificación se lleva a cabo en una fecha comprendida dentro del plazo máximo de duración del procedimiento, quede debidamente acreditado y se haya practicado respetando las exigencias normativas a que esté sujeto, producirá el concreto efecto que dispone ese artículo 58.4 de la Ley 30/1992 , con independencia o aunque su acreditación acceda al expediente cuando ya venció ese plazo.

El TS modifica su doctrina legal sobre el plazo de notificación de una resolución administrativa ex art. 58.4 de la Ley 30/1992

A los efectos del artículo 58.4 de la Ley 30/1992, el intento de notificación queda culminado en la fecha en que se llevó a cabo. Por tanto, si dicho intento de notificación se lleva a cabo en una fecha comprendida dentro del plazo máximo de duración del procedimiento, quede debidamente acreditado y se haya practicado respetando las exigencias normativas a que esté sujeto, producirá el concreto efecto que dispone ese artículo 58.4 de la Ley 30/1992 , con independencia o aunque su acreditación acceda al expediente cuando ya venció ese plazo.

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