Acuerdo marco,

12 entradas

El Supremo señala que el modo de adquisición del grado personal de funcionarios de carrera es aplicable a interinos

El Acuerdo marco anexo a la directiva comunitaria de 1999 establece que “no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada, a menos que se justifique un trato diferente por razones objetivas”.

El cese de los profesores interinos al comienzo de las vacaciones de verano es discriminatorio

31 de mayo de 2018 Noticias Profesores interinos

La Abogada General propone al Tribunal de Justicia que, en su futura sentencia, declare que el Acuerdo Marco se opone a una práctica nacional conforme a la cual los docentes nombrados en calidad de funcionarios interinos, en el sentido del Derecho español, para todo un curso escolar son cesados al finalizar el período lectivo, mientras que la relación de servicio de los trabajadores fijos comparables a estos efectos se mantiene, no quedando tampoco en suspenso.

Juzgado de Madrid cuestiona ante el TJUE si puede transformarse en fija una relación estatutaria temporal abusiva

22 de marzo de 2018 Jurisprudencia Sanidad

Dado que no existe en Derecho español ninguna medida efectiva para sancionar o prevenir el uso abusivo de la contratación temporal en el ámbito del sector público, debe dilucidarse si, constatado el abuso, es acorde con los objetivos del Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP, sobre trabajo de duración determinada, transformar una relación estatutaria temporal en una relación estatutaria estable.  

El principio de no discriminación y su aplicación a la retribución de los empleados públicos de carácter temporal. Comentario a la STC 232/2015, de 5 de noviembre (I)

Trabajo dividido en 2 partes en que se analiza el régimen comunitario del principio de no discriminación consagrado en la Directiva 1999/70/CE y el Acuerdo marco que incorpora, y su aplicación a las distintas categorías de empleados públicos de carácter temporal, en lo que refiere a los complementos reservados para el personal fijo (parte 1), así como la recepción nacional de dicho régimen y las consecuencias constitucionales de su incorrecta aplicación (parte 2).

1