Atentado

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El Supremo determina el valor probatorio de las imágenes extraídas de grabaciones realizadas por medios de comunicación

27 de mayo de 2024 Jurisprudencia ATENTADO

Fue un funcionario de policía, debidamente identificado, quien realizó una recopilación de imágenes que eran útiles a la investigación. El hecho de que se trate de imágenes sueltas no implica que sean falsas o que no sean reflejo de la escena que transmiten. La autenticidad e integridad de las grabaciones y su contenido ha sido contrastado y valorado, como coincidente con prueba testifical  

El TS rechaza aplicar retraoactivamente la prisión permanente revisable a un condenado por el 11-M

El recurrente solicitó su aplicación por ser más favorable a la pena que se le impuso: 34.715 años de prisión, de la que tendrá que cumplir un máximo de 40 años. El Supremo aclara que la petición parte del error de que le correspondería una sola pena de prisión permanente revisable, cuando en realidad serían 192 penas de tal clase (una por cada víctima mortal del atentado), por lo que la nueva regulación no le resultaría más favorable.

El juez no puede apartarse de la declaración de culpabilidad establecida por el Jurado, ni aplicarla a hechos distintos sobre las que este no se ha pronunciado

15 de julio de 2016 Jurisprudencia Tribunal del Jurado

Si un jurado ha establecido el juicio de culpabilidad de una persona respecto de un hecho delictivo, el juzgador no puede prescindir de esa declaración, ni aplicar ese juicio de culpabilidad a otros hechos distintos sobre los que el Jurado no lo ha emitido, por impedirlo el artículo 70.1 de la LO 5/1995, del Tribunal del Jurado.

A efectos de la responsabilidad del menor, la Fiscalía considera de “extrema gravedad” la agresión a Rajoy

Dado que el menor es mayor de 16 años y que se le impunta un delito de atentado a un miembro del Gobierno, la Fiscalía de Menores considera que se está ante el supuesto de “extrema gravedad”, previsto en la Ley de responsabilidad penal del menor, por lo que se ha solicitado su internamiento cautelar en un centro cerrado, por el plazo máximo legal de seis meses.