Causas objetivas

6 entradas

Próximo Encuentro LA LEY. Foro de Relaciones Laborales ESADE, ICADE, Instituto Cuatrecasas

20 de enero de 2023 El sector legal LABORAL

La próxima sesión de ENCUENTROS LA LEY se celebrará el día 27 de enero. En este Encuentro, Ignacio García Perrote, Magistrado del Tribunal Supremo y Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, dará respuesta a la multitud de cuestiones que se plantean al analizar dos importantes sentencias de dicho Tribunal: La STS 730/2022, de 14 de septiembre de 2022, sobre la extinción por causas objetivas del contrato de trabajo por finalización de contrata y la STS 917/2022, de 15 de noviembre de 2022, sobre el alcance de la garantía de indemnidad respecto a reclamaciones internas de la persona trabajadora ante la empresa previas a la interposición de una demanda judicial

Tratamiento en el IRPF de las indemnizaciones por despido cuando el trabajador es readmitido antes de 3 años

02 de junio de 2017 Noticias DESEMPLEO

La Dirección General de Tributos resuelve la cuestión planteada por un trabajador que fue despedido por causas objetivas, percibiendo la indemnización legalmente prevista, pasando a trabajar para una empresa ajena. Posteriormente, antes de transcurrir 3 años, se produce la reincorporación de una parte de los trabajadores despedidos inicialmente.  

El TS establece que no se puede despedir por causas objetivas a un trabajador cuyo contrato se encuentra suspendido por las mismas razones

05 de mayo de 2014 Jurisprudencia ERE

Para que en una situación de suspensión de la relación contractual por causas económicas y productivas, la empresa pueda tomar una decisión extintiva, por razones objetivas, con respecto al trabajador cuya relación contractual se halla suspendida, se requiere o bien la concurrencia de una causa distinta y sobrevenida de la invocada y tenida en cuenta para la suspensión, o bien tratándose de la misma causa, un cambio sustancial y relevante con referencia a las circunstancias que motivaron se autorizara dicha suspensión.

El TS establece que no se puede despedir por causas objetivas a un trabajador cuyo contrato se encuentra suspendido por las mismas razones

05 de mayo de 2014 Jurisprudencia ERE

Para que en una situación de suspensión de la relación contractual por causas económicas y productivas, la empresa pueda tomar una decisión extintiva, por razones objetivas, con respecto al trabajador cuya relación contractual se halla suspendida, se requiere o bien la concurrencia de una causa distinta y sobrevenida de la invocada y tenida en cuenta para la suspensión, o bien tratándose de la misma causa, un cambio sustancial y relevante con referencia a las circunstancias que motivaron se autorizara dicha suspensión.

El TS establece que no se puede despedir por causas objetivas a un trabajador cuyo contrato se encuentra suspendido por las mismas razones

05 de mayo de 2014 Jurisprudencia ERE

Para que en una situación de suspensión de la relación contractual por causas económicas y productivas, la empresa pueda tomar una decisión extintiva, por razones objetivas, con respecto al trabajador cuya relación contractual se halla suspendida, se requiere o bien la concurrencia de una causa distinta y sobrevenida de la invocada y tenida en cuenta para la suspensión, o bien tratándose de la misma causa, un cambio sustancial y relevante con referencia a las circunstancias que motivaron se autorizara dicha suspensión.

1