Circunstancias

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Circular 4/2015, de la Fiscalía General del Estado, sobre la nueva regla penológica para el concurso medial de delitos

15 de julio de 2015 Noticias Reforma del Código Penal

Según la Circular, la reforma del CP operada por LO 1/2015 sanciona el concurso medial con una pena híbrida o pena síntesis que se forma con las penas de las infracciones concurrentes, con unos límites cuantitativos comprendidos entre un mínimo (la pena concreta que se impondría al delito más grave) y un máximo (la suma de las penas concretas que se impondrían a los delitos para el caso de que se castigaran por separado). Para individualizar dentro de los límites de esta pena síntesis la concreta pena imponible habrán de aplicarse los criterios del art. 66.1.6ª CP (circunstancias personales del delincuente y mayor o menor gravedad del hecho). Esta individualización final debe estar orientada hacia la traducción penológica del desvalor total del complejo delictivo. La pena final habrá de ser siempre superior en al menos un día a la concretamente imponible al delito más grave.  En la operación de individualización final no se han de aplicar las reglas del art. 66 CP.

La impresión de la nómina en papel: nueva sentencia de la Audiencia Nacional, de 28 de abril de 2015

Para la Audiencia Nacional, el sistema de entrega de la nómina en papel  puede ser sustituido por otros mecanismos, pero siempre que se cumplan determinadas condiciones, y que no supongan cargas adicionales para los trabajadores. En el caso resuelto por la sentencia comentada, la Sala resuelve que en tanto la empresa no solvente los problemas de acceso, debe atender a las peticiones de envío en papel de la nómina de aquellos empleados que,  por las circunstancias de su puesto de trabajo no tengan acceso a un ordenador.

El presidente del CGPJ urge una reforma de la organización territorial de la Justicia para que ésta sirva a las necesidades de la sociedad.

06 de julio de 2015 Noticias

Carlos Lesmes, ha urgido hoy una reforma de la organización territorial de la Administración de Justicia que posibilite que, como servicio público, ésta sea no solo de calidad, sino también rápida en su respuesta a las necesidades de la sociedad. También ha recordado que la organización territorial de la Justicia española es hoy la misma que se estableció hace 181 años en unas circunstancias que nada tienen que ver con las actuales.

Una entidad pública puede suspender el régimen de visitas de un menor con sus padres biológicos

29 de junio de 2015 Noticias Régimen de visitas

Una entidad pública amparada en una norma autonómica de cobertura, tiene competencia para suspender las visitas y las relaciones del menor con la familia biológica para garantizar de una forma inmediata el buen fin de la medida de protección adoptada, atendiendo a las circunstancias y al interés superior del menor en concreto, por parte de quien está facultado para adoptar la medida de separar a los hijos de sus progenitores, como es el caso del acogimiento del artículo 172,1 CC., de la que la suspensión del régimen de visitas es una simple consecuencia.

La atribución del uso de la vivienda en el Anteproyecto de Ley sobre el ejercicio de la corresponsabilidad parental. ¿Final de la polémica sobre la limitación temporal?

En la actual coyuntura económica, la eventual necesidad de los progenitores de liquidar el patrimonio común tras la crisis de su relación colisiona con la redacción actual del art. 96 del Código Civil, por el que se atribuye a los hijos durante todo el periodo de su minoría de edad el uso de la que fue vivienda familiar, negando el Tribunal Supremo que la redacción actual posibilite una limitación temporal si no hay acuerdo entre ellos. La proyectada reforma acoge las críticas generalizadas, introduciendo el arbitrio judicial y permitiendo que, ante el desacuerdo de los progenitores, se ponderen las concretas circunstancias concurrentes, para poder señalar el modo de satisfacer la necesidad de vivienda de los hijos menores cuyo superior interés es el que guiará la decisión.

CiU propone que los plazos judiciales se paralicen cuando los abogados no puedan trabajar por circunstancias personales o de fuerza mayor

28 de mayo de 2015 Noticias Abogacía

Según una enmienda presentada al proyecto de Ley de reforma de la LEC, los plazos procesales "podrán interrumpirse y demorarse los términos, en aquellos casos en que en la persona del letrado de una de las partes del procedimiento concurrieran circunstancias personales y/o de fuerza mayor que le impidieren o dificultasen gravemente cumplir con los establecidos".

El TS reitera que la obligación de satisfacer un "mínimo vital" al menor solo puede suspenderse en supuestos muy excepcionales

07 de marzo de 2015 Jurisprudencia Alimentos

El criterio normal será fijar a cargo del alimentante un importe mínimo que contribuya a cubrir los gastos más imprescindibles para la atención y cuidado del menor, y admitir la suspensión de esta obligación solo con carácter muy excepcional, con criterio restrictivo y temporal. Dicha suspensión concluirá a la mínima presunción de ingresos del progenitor alimentante, cualquiera que sea su origen y circunstancias, y aunque esto le suponga un gran sacrificio.

No puede promoverse juicio declarativo sobre la ineficacia de un proceso de ejecución si en este no se opusieron, pudiendo hacerlo, las circunstancias que ahora se pretenden hacer valer

El TS confirma su doctrina sobre la interpretación del artículo 564 LEC en el sentido de que las circunstancias relativas al vencimiento de la obligación son oponibles en el proceso de ejecución; pero el ejecutado que, habiendo podido oponerlas, no lo hubiera hecho, no podrá promover un juicio declarativo posterior pretendiendo la ineficacia del proceso de ejecución.

El Audiencia Nacional acuerda la puesta en libertad, bajo fianza de 200.000 euros, de Luis Bárcenas

20 de enero de 2015 Noticias Caso Gürtel

El Tribunal ha tenido en cuenta para adoptar esta medida datos objetivos como el transcurso de un año y casi siete meses desde que el imputado recurrente permanece prisión incondicional y el agotamiento de la investigación desarrollada respecto de él, y circunstancias subjetivas como su arraigo personal, social, familiar y laboral en nuestro país, así como el hecho relevante de que en ningún momento haya intentado sustraerse a la acción de la Justicia.

APM, Jueces para la Democracia y Asociación Progresista de Fiscales dudan de la constitucionalidad de que el Ministro del Interior pueda autorizar escuchas por razones de urgencia

10 de diciembre de 2014 Noticias Proceso penal

La Asociación Profesional de la Magistratura, Jueces para la Democracia y la Asociación de Fiscales han expresado dudas sobre la consitucionalidad de que, tal como prevé el anteproyecto de reforma de la LECrim, en circunstancias excepcionales el Ministerio del Interior pueda autorizar de la intervención de la correspondencia privada, postal y telegráfica, sin permiso judicial.

Una pensión compensatoria establecida con carácter indefinido no puede modificarse por el mero transcurso del tiempo, si no se ha modificado el desequilibrio que la motivó

17 de noviembre de 2014 Jurisprudencia Pensión compensatoria

El TS reitera que no procede la fijación de un plazo temporal para la extinción de la pensión compensatoria prevista con carácter indefinido, salvo que haya habido una modificación sustancial de las circunstancias que se tuvieron en cuenta a la hora de establecerla.

Condiciones para excluir de la prioridad de permanencia en la empresa a los representantes de los trabajadores

Las circunstancias legalmente idóneas para enervar la preferencia de permanencia en la empresa establecidas en garantía de los representantes de los trabajadores deben estar previstas en el correspondiente convenio colectivo, no siendo válido a estos efectos el pacto suscrito con motivo de un despido colectivo.

El TS fija doctrina sobre la caracterización y régimen jurídico de la cláusula rebus sic stantibus

24 de julio de 2014 Jurisprudencia

El TS establece que en la actualidad se ha producido un cambio en la concepción tradicional de la figura que de una consideración sumamente restrictiva o excepcional ha pasado, en la línea con el necesario ajuste de las instituciones a la realidad social del momento a una configuración plenamente normalizada, en donde su prudente aplicación deriva de la exigencia de su específico y diferenciado fundamento técnico y de su concreción funcional en el marco de la eficacia causal del contrato. Conforme con esta interpretación, cuando, fuera de lo pactado, sin culpa de las partes y de forma sobrevenida, las circunstancias que dotaron de sentido la base o finalidad del contrato cambian profundamente, las pretensiones de las partes, lo que conforme al principio de buena fe cabe esperar en este contexto, pueden ser objeto de adaptación o revisión de acuerdo al cambio operado.

Las empresas que participan en un cártel son responsables del perjuicio que otras personas puedan sufrir por su política de fijación de precios

En la medida en que se demuestre que, atendidas las circunstancias del caso y, especialmente las especificidades del mercado en cuestión, un cártel pudo provocar un aumento de los precios fijados por los competidores no participantes en el mismo, las víctimas de dicho aumento deben tener la posibilidad de reclamar a los miembros del cártel la reparación del perjuicio sufrido.

El TS establece que no se puede despedir por causas objetivas a un trabajador cuyo contrato se encuentra suspendido por las mismas razones

05 de mayo de 2014 Jurisprudencia ERE

Para que en una situación de suspensión de la relación contractual por causas económicas y productivas, la empresa pueda tomar una decisión extintiva, por razones objetivas, con respecto al trabajador cuya relación contractual se halla suspendida, se requiere o bien la concurrencia de una causa distinta y sobrevenida de la invocada y tenida en cuenta para la suspensión, o bien tratándose de la misma causa, un cambio sustancial y relevante con referencia a las circunstancias que motivaron se autorizara dicha suspensión.

La Comunidad de Madrid condenada a indemnizar a un médico jubilado forzosamente al cumplir 65 años

20 de marzo de 2014 Jurisprudencia Médicos

La resolución remitida por la Consejería para no prorrogar el servicio activo del recurrente es "parca, abstracta, indeterminada y no acredita las razones objetivas por las que la Administración consideró oportuno no prorrogar la situación de servicio activo y, en consecuencia, procedió a jubilarlo forzosamente", cuando, para justificar la decisión es necesario valorar en cada caso las circunstancias personales de cada interesado y que se "singularicen" las razones por "las que procede o no procede la continuación de un interesado en la situación de servicio activo".

Según el TJUE, eludir el sistema de protección de una consola de videojuegos puede ser legal en ciertas circunstancias

06 de febrero de 2014 Jurisprudencia Derechos de autor

La protección jurídica contra los actos no autorizados por el titular de los derechos de autor únicamente abarca las medidas tecnológicas destinadas a impedir o eliminar los actos de reproducción, comunicación, puesta a disposición del público o distribución de las obras no autorizados por el titular de los derechos de autor para los que se exige su autorización. Dichas medidas deben ser adecuadas para la realización de ese objetivo y no deben ir más allá de lo necesario para ello.