Concurso de acreedores

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Novedades en el concurso de acreedores para personas físicas: la segunda oportunidad

22 de diciembre de 2014 Noticias Concurso de personas físicas

Noticia Patrocinada por: La reciente reforma de la legislación concursal introduce importantes novedades respecto de las personas físicas. Se trata de la denominada "Segunda oportunidad". Este mecanismo permite facilitar la capacidad de vuelta a la actividad de los emprendedores que han sufrido suerte adversa en su aventura empresarial, pese a haberlo intentado con su mejor empeño. De hecho, la reforma parte de que el deudor lo es de buena fe. Y, por ello, para el caso de que no tenga éxito, se diseña un nuevo instituto preconcursal, consistente en un acuerdo extrajudicial de pagos entre deudor y acreedores, dirigido por un mediador.

Hacienda permitirá la suscripción de acuerdos singulares para facilitar el pago de las deudas tributarias de las empresas concursadas

21 de noviembre de 2014 Noticias Deudas tributarias

la Instrucción 3/2014, de 19 de noviembre, del Departamento de Recaudación de la AEAT, va a permitira a las empresas en situación de concurso de acreedores pagar con más facilidad sus deudas con Hacienda, al permitir la suscripción a estos efectos de los denominados acuerdos singulares previstos en los artículos 164 LGT y 10.LGP.

Para considerar fraudulento el concurso conforme al art. 164.2.5 de la LC es suficiente la conciencia de que se origina un perjuicio a los acreedores

Para que concurra el elemento de fraude no es preciso la existencia de un "animus nocendi" o propósito de dañar o perjudicar, sino únicamente la "scientia fraudis" o conciencia o conocimiento de que se origina un perjuicio, porque el resultado perjudicial para los acreedores fuera conocido por el deudor o éste hubiera debido conocerlo.

Promociones Framadal vs. Administración Concursal en minuta abusiva y contraria a los intereses de la masa concursal

La Audiencia Provincial de Murcia ha dictado la sentencia 00030/2012 por la que desestima el recurso presentado por la empresa Promociones Framadal, S.L. contra la resolución de un Juzgado de los Mercantil de Murcia que acordó rebajar el importe de la minuta del abogado de esta empresa, que se encuentra en una situación de concurso de acreedores.

Para considerar fraudulento el concurso conforme al art. 164.2.5 de la LC es suficiente la conciencia de que se origina un perjuicio a los acreedores

Para que concurra el elemento de fraude no es preciso la existencia de un "animus nocendi" o propósito de dañar o perjudicar, sino únicamente la "scientia fraudis" o conciencia o conocimiento de que se origina un perjuicio, porque el resultado perjudicial para los acreedores fuera conocido por el deudor o éste hubiera debido conocerlo.

Promociones Framadal vs. Administración Concursal en minuta abusiva y contraria a los intereses de la masa concursal

La Audiencia Provincial de Murcia ha dictado la sentencia 00030/2012 por la que desestima el recurso presentado por la empresa Promociones Framadal, S.L. contra la resolución de un Juzgado de los Mercantil de Murcia que acordó rebajar el importe de la minuta del abogado de esta empresa, que se encuentra en una situación de concurso de acreedores.

Para considerar fraudulento el concurso conforme al art. 164.2.5 de la LC es suficiente la conciencia de que se origina un perjuicio a los acreedores

Para que concurra el elemento de fraude no es preciso la existencia de un "animus nocendi" o propósito de dañar o perjudicar, sino únicamente la "scientia fraudis" o conciencia o conocimiento de que se origina un perjuicio, porque el resultado perjudicial para los acreedores fuera conocido por el deudor o éste hubiera debido conocerlo.

Promociones Framadal vs. Administración Concursal en minuta abusiva y contraria a los intereses de la masa concursal

La Audiencia Provincial de Murcia ha dictado la sentencia 00030/2012 por la que desestima el recurso presentado por la empresa Promociones Framadal, S.L. contra la resolución de un Juzgado de los Mercantil de Murcia que acordó rebajar el importe de la minuta del abogado de esta empresa, que se encuentra en una situación de concurso de acreedores.

Propuesta de procedimiento de subrogación anticipada en el pago de salarios en supuestos de insolvencia empresarial

02 de abril de 2014 Artículos doctrinales Salarios

Ante las dificultades con que se encuentran las empresas en insolvencia actual o inminente para conseguir créditos quedan, habitualmente, en un segundo plano, las responsabilidades salariales, que se intentan soslayar mediante el recurso a las medidas de extinción, modificación y suspensión de contratos previstas en el ET y cuya aplicación en materia de concurso de acreedores se hace en virtud del procedimiento dispuesto en el artículo 64 de la LC. En este artículo se propone introducir en el ET una nueva figura de Procedimiento de subrogación anticipada en el pago del salario que, con el mismo procedimiento dispuesto en el citado artículo 64 permita que, en determinados supuestos tasados y autorizados por el juez, el FOGASA se hiciera cargo del pago de los salarios durante un periodo máximo de 120 días.

¿Puede negarse la prórroga de embargo sobre un inmueble una vez declarado el concurso de acreedores del deudor?

Cada día nos enfrentamos con resoluciones de los juzgados, por las que se deniega la prórroga de las anotaciones de embargo acordadas en su día sobre los inmuebles que fueron embargados, y cuyos deudores posteriormente han sido declarados en concurso de acreedores. Remitiéndonos dichas resoluciones al juzgado de lo mercantil a efectos de reproducir dicha petición de prórroga ante dicho tribunal.

Análisis a través de la jurisprudencia de la compensación de créditos en el concurso

Según el Artículo 58 de la Ley Concursal: "Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 205, declarado el concurso, no procederá la compensación de los créditos y deudas del concursado, pero producirá sus efectos la compensación cuyos requisitos hubieran existido con anterioridad a la declaración. En caso de controversia en cuanto a este extremo, ésta se resolverá a través de los cauces del incidente concursal."

Concurso de Acreedores de Persona Física, Fresh Start y Mediación Concursal. La rehabilitación del Deudor.

Una de las exigencias mas unánimes de los que nos dedicamos al derecho de la insolvencia es la de la rehabilitación del deudor de buena fe. Es decir el que debido a circunstancias imprevistas se ve incurso en una situación de insolvencia, debido a una situación de desempleo inesperada, una enfermedad, separación matrimonial etc... Hasta la fecha el artículo 1.911 del Código Civil establece la responsabilidad universal por deudas al tener que responder el deudor con todos sus bienes presentes y futuros.

La mediación en el ámbito del concurso de acreedores

La Ley 5/2012 ha introducido la mediación en España, como un procedimiento adecuado para favorecer los acuerdos entre las partes de un litigio, evitando el procedimiento. Recientemente el Ministro de Justicia, enumero los procedimientos para los que está pensado el procedimiento. Entre ellos se encontraban los conflictos entre pymes y socios de pymes. En ningún momento se hablaba de la mediación como forma de alcanzar acuerdos en el seno de un procedimiento concursal.

La comunicación tardía de créditos en el concurso de acreedores

01 de noviembre de 2011 Artículos doctrinales DERECHO CONCURSAL

La declaración de concurso de acreedores del deudor común supone, como proceso de ejecución universal, la existencia de una masa activa formada a grandes rasgos por todo el conjunto de elementos patrimoniales de los que el deudor es titular, a los que se deben añadir también aquellos otros bienes sobre los que, siendo de propiedad ajena, el deudor tiene un derecho de uso, garantía o retención (art. 80 LC).

Tratamiento concursal de las cuentas de titularidad indistinta conyugal en Cataluña

01 de septiembre de 2010 Artículos doctrinales DERECHO CONCURSAL

El Ordenamiento jurídico catalán no cuenta con ninguna norma que contemple el régimen jurídico de las cuentas colectivas en caso de concurso de acreedores, no obstante, el Código de Familia de Cataluña dispone de un artículo, el art. 13, por el que se disciplina el embargo de las cuentas de titularidad indistinta cuando esos titulares sean cónyuges.

Las empresas y familias en quiebra registran su cifra más baja en cuatro años

06 de noviembre de 2014 Noticias Concurso de acreedores

Las familias y empresas que se declararon en concurso de acreedores ante la imposibilidad de afrontar sus pagos y deudas, disminuyeron casi un 29% durante el tercer trimestre del año en relación al mismo periodo de 2013, hasta alcanzar su cifra más baja desde el tercer trimestre de 2010. Las familias que se declararon en concurso de acreedores ascendieron a 131, un descenso del 21,6% respecto al mismo trimestre de 2013 y su menor cifra en seis años, mientras que las empresas concursadas bajaron un 29,5%, hasta sumar 1.270 procedimientos de quiebra.