Criterios

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Contenido y novedades de la Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección de la infancia y adolescencia

23 de julio de 2015 Noticias Menores

La Ley modifica ampliamente toda la materia de protección de los menores sometida a reserva de Ley Orgánica, por afectar a Derechos fundamentales de la persona y concreta por primera vez el alcance del concepto rector del “interés superior del menor”, dotándole de un triple contenido: como derecho sustantivo; como principio general de carácter interpretativo y como norma de procedimiento. La determinación del interés superior del menor en cada caso ha de basarse en las circunstancias concretas, pero también en una serie de criterios reconocidos por el legislador que deben ser tenidos en cuenta y ponderados en función de diversos elementos.

Circular 4/2015, de la Fiscalía General del Estado, sobre la nueva regla penológica para el concurso medial de delitos

15 de julio de 2015 Noticias Reforma del Código Penal

Según la Circular, la reforma del CP operada por LO 1/2015 sanciona el concurso medial con una pena híbrida o pena síntesis que se forma con las penas de las infracciones concurrentes, con unos límites cuantitativos comprendidos entre un mínimo (la pena concreta que se impondría al delito más grave) y un máximo (la suma de las penas concretas que se impondrían a los delitos para el caso de que se castigaran por separado). Para individualizar dentro de los límites de esta pena síntesis la concreta pena imponible habrán de aplicarse los criterios del art. 66.1.6ª CP (circunstancias personales del delincuente y mayor o menor gravedad del hecho). Esta individualización final debe estar orientada hacia la traducción penológica del desvalor total del complejo delictivo. La pena final habrá de ser siempre superior en al menos un día a la concretamente imponible al delito más grave.  En la operación de individualización final no se han de aplicar las reglas del art. 66 CP.

El TS establece criterios para la refundición de condenas tras la entrada en vigor de la reforma del Código Penal

06 de julio de 2015 Noticias Reforma del Código Penal

Según la nueva redacción del art. 76 CP, a partir de la entrada en vigor de la reforma del CP, en relación con la refundición de condenas se acoge un criterio exclusivamente temporal, eliminándose la exigencia de conexidad entre los hecho, en este sentido, la fecha que determina el límite para la refundición es la de la celebración del juicio que da lugar a la primera condena ("la fecha en que fueron enjuiciados"), no la fecha de la sentencia, ni la de su firmeza.

Circular 3/2015 de la Fiscalía General del Estado, por la que se establecen criterios en relación con el régimen transitorio establecido por la reforma del Código Penal

01 de julio de 2015 Noticias Fiscal General del Estado

A los efectos de determinar la ley más favorable se tendrá en cuenta la pena que correspondería al hecho enjuiciado con la aplicación de las normas completas del Código en su redacción anterior y con las resultantes de la reforma operada por la LO 1/2015.  Como presupuesto de la revisión de la sentencia, será necesario que el penado esté cumpliendo efectivamente la pena o en vía de su cumplimiento efectivo. Cuando la pena impuesta sea susceptible de imponerse con la nueva regulación, no procederá la revisión de la sentencia, salvo que en esta también se prevea la posibilidad de imponer una pena alternativa.

Criterios de la Fiscalía General del Estado sobre el ejercicio de la acción penal en los delitos leves, introducidos por la reforma legal del Código Penal

24 de junio de 2015 Noticias Delitos leves

Ante la inminente entrada en vigor de la reforma del Código Penal, que introduce la figura de los delitos leves, la Fiscalía General del Estado ha remitido una Circular estableciendo sus criterios para el ejercicio de la acción penal, por parte del Ministerio Público, para la persecución de dichos delitos:

El TS establece criterios para la eficacia probatoria de las capturas de pantalla o pantallazos en el ámbito penal

24 de mayo de 2015 Noticias Prueba electrónica

El TS considera que la prueba de una comunicación bidireccional mediante sistemas de mensajería instantánea debe ser abordada con "todas las cautelas", debido a que "la posibilidad de una manipulación forma parte de la realidad de las cosas", por ello, si el contenido probatorio se basa en simples capturas de pantalla, la carga de la prueba de su eficacia probatoria se desplaza hacia quien pretende hacerlas valer.

La Audiencia Nacional establece los criterios para el ejercicio del 'Derecho al olvido'

23 de enero de 2015 Noticias Derecho al olvido

Quien ejercite el derecho de oposición ha de indicar ante el responsable del tratamiento o ante la Agencia Española de Protección de Datos que la búsqueda se ha realizado a partir de su nombre, como persona física; indicar los resultados o enlaces obtenidos a través del buscador, así como el contenido de esa información que le afecta y que constituye un tratamiento de sus datos personales a la que se accede a través de dichos enlaces.

El TS celebrará hoy un Pleno para unificar criterios sobre la acumulación de condenas por penas cumplidas en el extranjero

16 de diciembre de 2014 Noticias Acumulación de condenas

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo se reunirá en Pleno este martes para estudiar la acumulación de condenas por las penas cumplidad en Francia, de un preso de ETA. Este caso podría afectar a los de otros miembros de la banda terrorista que han cumplido parte de su condena en otros países de la Unión Europea y cuyos recursos todavía no han llegado al alto tribunal.

El Fiscal General emite una Circular sobre los criterios de actuación respecto de la acumulación de condenas por penas cumplidas en el extranjero

09 de diciembre de 2014 Noticias Acumulación de condenas

El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha remitido una Circular a todas las fiscalías territoriales, sobre los criterios de actuación que deben seguir respecto de la acumulación de condenas, con el fin de garantizar la unidad de actuación del Ministerio Público en esta materia.

El TS señala que la credibilidad de un testigo no exige como presupuesto la integridad moral de quien testifica

21 de febrero de 2014 Jurisprudencia Proceso penal

Una reciente sentencia de la Sala segunda del Tribunal Supremo establece una serie de interesantes criterios sobre la valoración de la prueba testifical; la validez probatoria de la grabación de conversaciones telefónicas y el delimitación del objeto del veredicto de un Jurado: la credibilidad de un testigo no exige como presupuesto la integridad moral de quien testifica; quien graba una conversación suya con otro no incurre, por este solo hecho, en conducta contraria al art. 18.3 CE; lo sometido a votación del Jurado es la tesis de la acusación, pero la inocencia del acusado no se somete a votación.