Se aprueba la LO 2/2020, de 16 de diciembre que suprime el párrafo segundo del art. 156 CP
El Colegio de Registradores de España ha recibido este galardón en la modalidad de Acción Social, y el jurado ha destacado que los registradores han asumido la dimensión inclusiva de la discapacidad en el ámbito de la función pública registral. Fruto de ese trabajo son proyectos como la certificación de la accesibilidad de nuestra página web o las guías publicadas del Registro de la Propiedad en lectura fácil y en braille.
Ambas instituciones se comprometen a desarrollar las medidas necesarias para permitirles la realización de actuaciones en todas las fases del procedimiento
Entre los proyectos inclusivos recientes, por parte de Registradores, se encuentra la certificación de la accesibilidad de nuestra página web o las guías publicadas del Registro de la Propiedad en lectura fácil y en braille
El Ministerio de Justicia ha elevado hoy a Consejo de Ministros el paquete de actuaciones por objetivos valorado en más de 50 millones para reactivar la Justicia. Impulsa un cambio social definitivo sobre la capacidad de obrar de las personas con discapacidad, procurando un apoyo a la medida de cada circunstancia personal y atendiendo a la voluntad de las mismas en la toma de decisiones
La declaración del 33% de discapacidad “a todos los efectos” contenida en el art. 4.2 RDL 1/2013, de 29 de noviembre, carece de eficacia jurídica desde su entrada en vigor, puesto que se produjo con exceso de la delegación legislativa.
Una Instrucción del Ministerio de Sanidad publicada el 20 de marzo en el BOE permite circular por las vías de uso público con un acompañante a las personas con discapacidad que tengan alteraciones conductuales, como por ejemplo personas con diagnóstico de espectro autista y conductas disruptivas
Así lo ha dictado el Tribunal Superior de Justicia de Aragón para el caso de una empleada con una discapacidad intelectual del 33%
La entrega de este reconocimiento, que corresponde a la categoría 'Acción Social', tuvo lugar en la sede madrileña del Consejo General del Notariado, durante un acto conducido por la notaria y directora de Aequitas, Almudena Castro-Girona.
Remarca la doble condición del notario como autoridad y apoyo institucional para el ejercicio de los derechos de estas personas.
Conforme a la Ley 6/2019, de 23 de octubre, que modifica el libro cuarto del Código civil de Cataluña, será el notario quien en cada caso valore la capacidad de comprensión del otorgante. El hecho de que éste tenga una discapacidad sensorial no se considerará circunstancia especial que requiera la intervención de testigos. Además las personas con discapacidad sensorial podrán ser testigos del testamento de otros. En el otorgamiento de documentos notariales de naturaleza sucesoria deberá poder utilizarse el braille, la lengua de signos, la lectura labial u otros medios lingüísticos o técnicos que permitan suplir la discapacidad.
Según si los centros son de iniciativa empresarial o de iniciativa social, pudiendo afectar a más de 50 mil empleados.
La fundación para la Investigación sobre el Derecho y la Empresa (FIDE), en colaboración con 12 de las principales firmas del país, han elaborado unas pautas para la incorporación y el desarrollo profesional de las personas con discapacidad a los despachos.
El convenio suscrito por el presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ y la presidenta del Patronato de la Fundación prevé la elaboración de guías y protocolos de actuación y la realización conjunta de actividades de formación dirigidas a jueces.
La Instrucción 5/2019, de 11 de marzo, considera que la nueva redacción del artículo 3.2 de la LOREG, en la que se señala que el derecho de sufragio activo debe ejercerse «consciente, libre y voluntariamente», así como la referencia a las formas de comunicar el ejercicio de este derecho y los medios de apoyo que se requieran, suscitan problemas interpretativos que no han quedado resueltos por el legislador.
No existe vinculación entre la distracción del peatón atropellado con la vivienda supervisada donde residía, pues el accidente se produjo fuera de la vivienda, fuera del horario de supervisión. La asociación no es responsable de pagar los gastos hospitalarios que fueron satisfechos por la aseguradora del vehículo. Corresponden en exclusiva a la madre, por ser su tutora legal.
La sentencia no aplica la legislación de las personas dependientes que establece que los asistentes profesionales pueden funcionar como autónomos. Ha de estarse a la normativa laboral y lo cierto es que en ningún momento hubo facturas ni se especificó así en ningún contrato. Es intrascendente que el empleador desconociese que su asistente no estaba dado de alta como autónomo o que cobrase el desempleo.
Según manifestaron los expertos reunidos en el Foro del 40 Aniversario de la Carta Magna organizado por la Fundación Aequitas del Consejo General del Notariado.
El informe aprobado por el órgano de gobierno de los jueces considera que el texto recoge de forma adecuada las exigencias de la Convención de Nueva York.
El presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ en la entrega de los Premios Foro Justicia y Discapacidad: “Ser diferente es una virtud, no un problema”.
Atendiendo a la discapacidad de un 42 % del afectado, los magistrados han dictado, por primera vez, una resolución de lectura fácil sin tecnicismos.
El presidente Carlos Lesmes firma un convenio de colaboración con la Confederación Plena inclusión España.
El magistrado del Tribunal Supremo José Antonio Seijas, la Fundación Juan XXIII Roncalli y el Comité Paralímpico Español también han sido galardonados. El acto de entrega de los premios del Foro se celebrará el próximo 27 de noviembre en la sede del CGPJ.
La Ley Foral 12/2018, de 14 de junio, recoge disposiciones específicas para asegurar la accesibilidad en el territorio, las edificaciones y el transporte; en las relaciones de los ciudadanos con las Administraciones públicas; en la comunicación, sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles; en los productos y servicios; en las actividades culturales, deportivas y de ocio, y en el empleo, la educación y la Administración de Justicia.
Mediante el Real Decreto-ley 2/2018, se trasponen dos directivas, relativas a la gestión colectiva de los derechos de autor y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior, y sobre ciertos usos permitidos de determinadas obras y otras prestaciones protegidas por derechos de autor a favor de personas ciegas, con discapacidad visual u otras dificultades para acceder a textos impresos.
El Tribunal Supremo recuerda que la finalidad de las normas que regulan la capacidad para otorgar testamento es garantizar la suficiencia mental del testador respecto del propio acto de testar y considera que, con independencia de cuál sea la causa de la discapacidad que da lugar a la modificación de la capacidad de obrar, el régimen del artículo 665 del Código Civil (designación por el notario de dos facultativos que respondan de la concreta capacidad para testar) ofrece un cauce para que la persona con la capacidad modificada judicialmente pueda ejercer la facultad de testar.
La Audiencia Provincial de Córdoba ha decretado un régimen de custodia compartida y obliga a un padre a cuidar a sus dos hijos menores, a pesar de su negativa. La Sala ha dictaminado que existe una necesidad de establecer un sistema "paritario y lo más equilibrado posible", esperando que sirva de estímulo a la implicación más intensa en la corresponsabilidad de ambos padres "para el desarrollo de los dos menores y en particular del hijo discapacitado".
Hoy entra en vigor la Ley Orgánica 1/2017 que modifica la la Ley Orgánica 5/1997 sobre la figura del Tribunal Jurado. La normativa establece que las personas con discapacidad ya podrán formar parte de esta figura reconocida por nuestro derecho, de acuerdo con el derecho a la igualdad de trato y no discriminación, reconocido para todos los integrantes de la sociedad.
El Constitucional ha dado la razón a un ciudadano con una discapacidad del 65% y una situación de dependencia en grado 1 al que la administración madrileña le denegó ingresar en un centro especializado en personas con discapacidad porque el límite de edad era de 60 años y el hombre tenía 65, motivo por el cual se le admitió en una residencia de la tercerda edad sin tratamiento particular para su situación.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto que corresponde al juez nacional valorar si la discriminación indirecta que pueden sufrir las personas con discapacidad, al tener más riesgo de acumular las faltas previstas en el Estatuto de los trabajadores que motiven su despido, puede justificarse como medio para alcanzar la finalidad legítima de combatir el absentismo laboral o si por el contrario estos medios previstos en la regulación laboral van más allá de lo necesario para lograr este objetivo.
El Pleno del Congreso de los Diputados decide este martes, 7 de noviembre, si inicia la tramitación de la propuesta, de la Asamblea de Madrid, de modificación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad.
La Abogada General Sharpston señala que la Directiva no obliga a la persona que sufre una discapacidad a comunicar su estado, pero si el empresario o bien lo sabe, o bien debiera razonablemente ser consciente de ello, tendrá la obligación de adoptar medidas adecuadas para realizar ajustes. Si no lo hace, el despido del trabajador por faltas reiteradas será discriminatorio.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid estima que, tal y como se regula en el artículo 2.1 de la Ley 40/2003, la recurrente, una mujer soltera con dos hijos sin ningún grado de discapacidad, no cumple los requisitos legales para obtener el Título y sus correspondientes beneficios sociales, tributarios y administrativos. La parte recurrente alegaba la existencia de una supuesta ‘laguna normativa’ dado que la Ley si prevé el alta en el Título de Familia Numerosa a aquellos progenitores que hayan enviudado con dos hijos a su cargo
En declaraciones a los medios de comunicación, José Manuel Maza ha explicado que el objetivo de la Instrucción es “dar respuesta a aquellos casos en los que algún medio de comunicación no respeta el honor y sobre todo el derecho a la imagen de un menor discapacitado”.
La medida para proteger a los deudores hipotecarios afectados por la crisis, está vigente desde 2013. Las familias con hijos menores de edad, las monoparentales, violencia de género o discapacidad se incluyen como vulnerables.
La semana pasada el Pleno del Congreso de los Diputados aprobó iniciar la tramitación de dos proposiciones de ley de amplio calado social: para establecer una prestación por ingresos mínimos y para reformar la Ley de Jurisdicción Voluntaria en lo referente al matrimonio de las personas con discapacidad sensorial. Te contamos en qué consisten.
A partir del 30 de junio de 2017 el expediente matrimonial de una persona que padezca una discapacidad sensorial grave incluirá un dictámen médico que acredite que la aptitud del contrayente para casarse, al igual que, actualmente, se exige para el afectado por deficiencias o anomalías psíquicas. La DGRN ha emitido una Circular en la que aclara su aplicación será excepcional.
Se crean turnos especializados en Asistencia a víctimas de delitos, Atención a víctimas con discapacidad y Asistencia a víctimas de discriminación por diversidad sexual y de género.
En lo sucesivo bastará con que aporten la declaración de discapacidad, cualquiera que sea el grado de ésta, para la aceptación de la excusa.
La Fiscalía plantea incidente de nulidad de actuaciones como paso previo a la presentación de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional frente a las sentencias que deniegan el derecho de la afectada.
El pro bono es una práctica que puede ir más allá de la atención de un caso de una organización social o beneficiario de ésta. Las personas interesadas en determinadas causas sociales pueden unirse a esta corriente solidaria para defender colectivos como los menores, las personas con discapacidad o que están afectadas por una determinada enfermedad.
La Guía pretende facilitar a personas con discapacidad intelectual o con problemas de comprensión lectora el conocimiento de la Justicia en la Comunidad de Madrid.
El Día Internacional de las Personas con Discapacidad se celebra en todo el mundo cada 3 de diciembre con el objetivo de llamar la atención y movilizar apoyos para la inclusión de personas con discapacidad en la sociedad. Noticias Jurídicas quiere celebrar este día acercando a sus lectores un artículo sobre el camino recorrido en nuestra legislación y su reflejo en la jurisprudencia.
Los más recientes pronunciamientos jurisprudenciales advierten que la sentencia de incapacitación ha de hacer un “traje a medida”, determinando los ámbitos y el grado de la discapacidad en interés y para la protección del afectado, determinando cuál sea el régimen de guarda o tutela que deba designarse en función, no sólo de su enfermedad o deficiencia física/psíquica, sino también de sus circunstancias familiares, económicas, sociales, etc. Del mismo modo, la necesidad de mayor protección y, en general, el respeto por los derechos de las personas con capacidad judicial modificada tiene también su reflejo en los recientes cambios introducidos por el legislador penal.
Con la reforma de la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas y del Código Civil, los saldos de las cuentas abandonadas, se destinarán a la financiación de programas de formación dirigidos a personas con discapacidad, y lo obtenido de las herencias abintestato se sumará al 0,7% del IRPF para fines sociales.
Entre otras las ideas finalistas proponen herramientas de gestión del turno de oficio, otra para informar a las personas con discapacidad sobre las leyes vigentes; crowdfunding para acciones colectivas; otra para conocer todas las subastas judiciales que se organizan pudiendo pujar en ellas; otra que permite que los progenitores en situación de crisis matrimonial gestionar el régimen de visitas y vacaciones con sus hijos comunes; otra para fomentar el conocimiento del Derecho aplicable y la jurisdicción asociada al régimen de inmigrantes; otra para permitir a los ciudadanos profundizar en el ejercicio de sus derechos y otra sobre la mediación intrajudicial.
Reseñamos las principales novedades contenidas en esta importante norma.
El próximo día 25 de junio, FEAPS (Confederación Española de Organizaciones en favor de las Personas con Discapacidad Intelectual o del Desarrollo), en colaboración con la Fundación Wolters Kluwer; organiza la jornada "Capacidad jurídica: buenas prácticas en el apoyo a la toma de decisiones", dedicada al apoyo a la capacidad jurídica de personas con discapacidad intelectual.
Según una enmienda introducida en el Senado a la Ley de Jurisdicción Voluntaria, se modificará el art. 681 del CC para suprimir la referencia a "los ciegos y los totalmente sordos o mudos", así como "los que no estén en su sano juicio", como personas inhábiles para actuar como testigos en los testamentos.
"Texmee", una aplicación para que sordos y mudos consulten con Justicia, puede descargarse y usarse desde el 30 de marzo.
Hacienda regula las nuevas retenciones y deducciones aprobadas con la reforma fiscal y que entrarán en vigor a partir de enero.
Las retenciones por actividades profesionales y actividades económicas bajarán del 21 al 19 por 100 en 2015, y al 18 por 100, en 2016.
Se regulan la forma y requisitos para poderse aplicar las nuevas deducciones por personas con discapacidad a cargo o por familia numerosa, que son compatibles y acumulables, y se regula el cobro por anticipado de las mismas, con carácter mensual.
El Gobierno está trabajando para tener listas dos novedades de interés fiscal para la muchos contribuyentes: la mejora de la tributación por la venta de inmuebles adquiridos antes de 1994 y las rentenciones por IRPF, así como en el estatblecimiento de los requisitos para las nuevas deducciones por "impuestos negativos", aplicables a familias numerosas o personas a cargo con discapacidad (ascendientes y descendientes). .
No ve necesario declarar la discapacidad con carácter previo
El TS establece como doctrina que la situación de discapacidad de un hijo mayor de edad no determina por sí misma la extinción o la modificación de los alimentos que los padres deben prestarle en juicio matrimonial y deberán equipararse a los que se entregan a los menores mientras se mantenga la convivencia del hijo en el domicilio familiar y se carezca de recursos.
El Ministerio de Justicia ha informado al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad de que tendrá en cuenta en la futura regulación de la normativa civil las necesidades de las personas con discapacidad en la tramitación de la adquisición de la nacionalidad por residencia y que realizará los ajustes razonables para garantizar la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad.