Divorcio

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Extinción del condominio en los procesos de nulidad matrimonial, separación y divorcio

18 de febrero de 2016 Artículos doctrinales Condominio

En las siguientes líneas se analiza la extinción de la figura jurídica del condominio con un enfoque eminentemente práctico y actual, en el que se trata la evolución de dicha institución en los procesos matrimoniales, haciendo especial referencia a la posibilidad de acumular las acciones de nulidad, separación o divorcio junto a la de división de la cosa común, a la luz de diversas sentencias, tanto del Tribunal Constitucional como de varias Audiencias Provinciales y Juzgados de Primera Instancia de Cataluña –cuyo Derecho Foral fue pionero en admitir la precitada acumulación objetiva de acciones que, tras ser prohibida en un primer momento, ha sido recientemente admitida en nuestro Derecho patrio–. También se recogen sucintamente una serie de advertencias que por su trascendencia económica y fiscal deben ser tenidas en cuenta cuando se plantea la división de la cosa común (especialmente la vivienda).

Para la fijación de la pensión compensatoria en caso de divorcio, puede tenerse en cuenta el tiempo previo de convivencia de los cónyuges

25 de enero de 2016 Jurisprudencia

El TS establece el criterio a seguir cuando en el seno de una unión de hecho sus integrantes deciden en un primer momento articular su relación sentimental sobre la base de una convivencia more uxorio, excluyendo voluntariamente y de facto la celebración del matrimonio, y pasado cierto número de años deciden finalmente contraer matrimonio.

Dies a quo de los efectos de la declaración de divorcio

09 de septiembre de 2015 Artículos doctrinales Divorcio

Los efectos de la declaración del divorcio entre los cónyuges tienen plena eficacia desde que se dicta la sentencia acordando el divorcio aunque se formule recurso de apelación por alguna de las partes contra las medidas que se hubieran podido acordar en dicha sentencia. No despliega sus efectos solo en el supuesto de que lo que se recurra sea precisamente la declaración de divorcio de los cónyuges.

Efectos de las sentencias de separación y divorcio de cónyuges acogedores respecto de los menores acogidos

Una reciente sentencia del TS establece que si bien en los casos de  nulidad, separación o divorcio de los cónyuges acogedores de un menor no cabe adoptar medidas definitivas respecto del menor acogido, pues este sigue sujeto a la tutela administrativa del ente público, el interés superior de dicho menor determina que mientras la Administración responable decida al respecto, ambos acogedores lo siguen siendo y tienen la común obligación de "velar por él, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y procurarle una formación integral".

La Asociación de Abogados de Familia cree que no puede haber un mismo patrón para aplicar la custodia compartida

18 de mayo de 2015 Noticias Custodia compartida

La vicepresidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia, María Gabriela Domingo, ha asegurado este jueves que no puede haber un mismo patrón a la hora de aplicar la custodia compartida, sino que "hay que analizar muy bien el modelo de familia, el histórico y también quién tiene capacidad" a partir del divorcio pero, sobre todo, "que sea siempre lo mejor para los hijos".

Las sentencias de divorcio producen plenos efectos y extinguen el matrimonio desde que se dictan, aunque todavía no hayan sido notificadas

27 de abril de 2015 Jurisprudencia Derecho de familia

La Sala de lo Civil del TS ha dictado una sentencia de fecha 16 de abril de 2015, en la que sienta doctrina respecto de los efectos de las sentencias de divorcio de común acuerdo, de manera que la muerte de un cónyuge en momento posterior al dictado de la sentencia, aunque no constara notificada, no impide que el vínculo matrimonial se hubiera extinguido ya válidamente por divorcio.

La custodia compartida y el interés prevalente del menor

12 de mayo de 2015 Artículos doctrinales

La custodia compartida es un hecho cada vez más común, lo que, a la postre, es beneficioso para toda la sociedad, no sólo para los menores y sus padres. La no ruptura de la convivencia cotidiana, la sociabilidad de los padres y su diálogo continuo respecto de los asuntos de sus hijos, la constante participación y colaboración paterna y filial, …, todo ello hace que, sin olvidar el drama que conlleva una ruptura conyugal, el divorcio de los padres no conlleve, per se, la consiguiente ruptura familiar.

Cataluña ensayará la figura del coordinador parental en casos de divorcio de 'alta conflictividad'

25 de febrero de 2015 Noticias Divorcio

El coordinador parental es una figura de apoyo a la ejecución de la sentencia que acompañará y asistirá a los progenitores con el fin de ayudarlos a implementar su plan de parentalidad, resolver diferencias y orientarlos en relación con las necesidades de sus hijos. La medida pretende minimizar el impacto emocional de un divorcio conflictivo en los hijos y disminuir los costes judiciales y económicos asociados a este tipo de litigios.

En caso de separación o divorcio, la pensión de viudedad será proporcional al tiempo de convivencia, haya o no otros beneficiarios

04 de noviembre de 2014 Jurisprudencia Pensión de viudedad

En caso de matrimonios extinguidos con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 40/2007, sin que hubiese mediado reconocimiento de pensión compensatoria, la pensión de viudedad debe establecerse prorrateando la base reguladora en proporción al tiempo de convivencia, aun cuando no existen otras personas beneficiarias en razón de distintas uniones.

El desequilibrio económico que determina la pensión compensatoria debe darse en el momento de la separación, no puede depender de sucesos posteriores

Se declara como doctrina jurisprudencial que el desequilibrio que da lugar a la pensión compensatoria debe existir en el momento de la separación o del divorcio y los sucesos posteriores a la misma no pueden dar lugar al nacimiento de una pensión que no se acredita cuando ocurre la crisis matrimonial.

El TS modifica su criterio sobre el reconocimiento de la pensión de viudedad en casos de separación o divorcio

Frente al anterior criterio que exigía para tener derecho a pensión de viudedad que la pensión percibida tras el divorcio o separación se hubiese fijado de modo nominal y expresamente como pensión compensatoria, se modifica el criterio y acuerda reconocer la prestación a una mujer que tras su separación había percibido un importe mensual como manutención, sin que en el convenio regulador de la separación se hubiera fijado pensión compensatoria sino exclusivamente alimentos, aunque la beneficiaria no llegó a tener a su cargo al hijo común.