Fiscalia

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A efectos de la responsabilidad del menor, la Fiscalía considera de “extrema gravedad” la agresión a Rajoy

Dado que el menor es mayor de 16 años y que se le impunta un delito de atentado a un miembro del Gobierno, la Fiscalía de Menores considera que se está ante el supuesto de “extrema gravedad”, previsto en la Ley de responsabilidad penal del menor, por lo que se ha solicitado su internamiento cautelar en un centro cerrado, por el plazo máximo legal de seis meses.

La Fiscalía recomienda a sus miembros extremar el rigor contra los defraudadores que provocan desempleo o daños a los ahorradores

09 de septiembre de 2015 Noticias Fiscal General del Estado

En su Memoria Anual,  el Ministerio Público recomienda de nuevo a sus integrantes que "extremen el rigor" en la persecución de aquellas actividades defraudatorias que causen la "pérdida de puestos de trabajo o perjuicios a pequeños ahorradores" y que no criminalicen a quienes actúen movidos por su "desesperada situación económica", como consecuencia de la crísis.

El Ministerio Fiscal en defensa de los consumidores y usuarios. Las “preferentes” y la “cláusula suelo”

20 de julio de 2015 Artículos doctrinales Fiscalía

Tras la sentencia dictada por el Tribunal Supremo el 9 de mayo de 2013, que declara la nulidad de la conocida como “cláusula suelo”, y la reciente reforma operada en la Ley de Enjuiciamiento Civil en 2014 por la que se atribuye al Ministerio Fiscal legitimación para ejercitar “cualquier acción en defensa de los intereses de los consumidores y usuarios”, el Ministerio Fiscal está llamado a abandonar su tradicional “clausura” en la jurisdicción penal para –especialmente en la actual coyuntura económica– desempeñar un importante papel de promoción del interés social en los diversos procedimientos civiles, tanto de oficio como a instancia de los interesados.

Circular 4/2015, de la Fiscalía General del Estado, sobre la nueva regla penológica para el concurso medial de delitos

15 de julio de 2015 Noticias Reforma del Código Penal

Según la Circular, la reforma del CP operada por LO 1/2015 sanciona el concurso medial con una pena híbrida o pena síntesis que se forma con las penas de las infracciones concurrentes, con unos límites cuantitativos comprendidos entre un mínimo (la pena concreta que se impondría al delito más grave) y un máximo (la suma de las penas concretas que se impondrían a los delitos para el caso de que se castigaran por separado). Para individualizar dentro de los límites de esta pena síntesis la concreta pena imponible habrán de aplicarse los criterios del art. 66.1.6ª CP (circunstancias personales del delincuente y mayor o menor gravedad del hecho). Esta individualización final debe estar orientada hacia la traducción penológica del desvalor total del complejo delictivo. La pena final habrá de ser siempre superior en al menos un día a la concretamente imponible al delito más grave.  En la operación de individualización final no se han de aplicar las reglas del art. 66 CP.

Circular 3/2015 de la Fiscalía General del Estado, por la que se establecen criterios en relación con el régimen transitorio establecido por la reforma del Código Penal

01 de julio de 2015 Noticias Fiscal General del Estado

A los efectos de determinar la ley más favorable se tendrá en cuenta la pena que correspondería al hecho enjuiciado con la aplicación de las normas completas del Código en su redacción anterior y con las resultantes de la reforma operada por la LO 1/2015.  Como presupuesto de la revisión de la sentencia, será necesario que el penado esté cumpliendo efectivamente la pena o en vía de su cumplimiento efectivo. Cuando la pena impuesta sea susceptible de imponerse con la nueva regulación, no procederá la revisión de la sentencia, salvo que en esta también se prevea la posibilidad de imponer una pena alternativa.

Criterios de la Fiscalía General del Estado sobre el ejercicio de la acción penal en los delitos leves, introducidos por la reforma legal del Código Penal

24 de junio de 2015 Noticias Delitos leves

Ante la inminente entrada en vigor de la reforma del Código Penal, que introduce la figura de los delitos leves, la Fiscalía General del Estado ha remitido una Circular estableciendo sus criterios para el ejercicio de la acción penal, por parte del Ministerio Público, para la persecución de dichos delitos: