El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) consideró vulnerado el derecho a un juez imparcial de los condenados del caso en la Audiencia Nacional
“El juez ha acordado el secreto de sumario”. El lector no debe preocuparse. No está viviendo un déjà vu. Esta expresión llena constantemente telediarios de toda España de lunes a domingo. Nos encontramos ante uno de esos términos jurídicos que ha logrado atravesar la última barrera, la del uso popular y generalizado, convirtiéndose en un elemento que dota de cierta cualificación académica conversaciones de toda índole. Este uso reiterativo no está exento de riesgos
El presente trabajo, entrará en un análisis detallado de las garantías procesales, tanto a nivel nacional, como supranacional, que operan y resultan de aplicación con relación a la Orden Europea de Investigación
El TEDH, declara que, efectivamente, se ha vulnerado el artículo 5.4 CEDH, al considerar que el principio de igualdad de armas no se ha respetado por el hecho de que el Sr. Venet y su abogado no fueron informados dentro de un plazo razonable.
Absuelve a la empresa por falta de argumentación que avale la petición de condena del recurrente y hace un recurrido por la jurisprudencia sobre las garantías de las personas jurídicas en un proceso penal.
Absuelve a la empresa por falta de argumentación que avale la petición de condena del recurrente y hace un recurrido por la jurisprudencia sobre las garantías de las personas jurídicas en un proceso penal.
El Consejo ha dado su aprobación final a la Directiva relativa al derecho a la asistencia jurídica gratuita de los ciudadanos sospechosos o acusados de un delito y de aquellos que sean objeto de una orden europea de detención.
Reseñamos las principales novedades de la Directiva (UE) 2016/800 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de mayo de 2016, relativa a las garantías procesales de los menores sospechosos o acusados en los procesos penales, de la que, publicada hoy..