Impuesto sobre construcciones

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La Iglesia deberá pagar el impuesto sobre construcciones y obras si reforma un edificio destinado a actividades ajenas a las estrictamente religiosas

22 de enero de 2018 Jurisprudencia ICIO

El Juzgado número 4 de Madrid, que remitió al Tribunal de Justicia de la Unión Europea la cuestión prejudicial sobre exenciones del ICIO y ayudas estatales, ha confirmado la imposibilidad de conceder este beneficio fiscal a las obras de ampliación y remodelación de un edificio destinado únicamente a salón de actos de un colegio de Getafe perteneciente a una Congregación Religiosa.

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