Laboralidad

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La Justicia declara que los ‘riders’ de Deliveroo están sujetos a una relación laboral con la empresa

23 de julio de 2019 Noticias DELIVEROO

El magistrado concluye que durante el periodo en que los repartidores estuvieron vinculados a la sociedad demandada ‘prevalecieron las condiciones propias de la laboralidad’. Entre otros razonamientos jurídicos, se considera acreditado que ‘una vez aceptado el pedido, el mismo había de atenderse (por parte de los repartidores) de acuerdo con las detalladas instrucciones determinadas por la empresa, sin margen apreciable de autonomía del trabajador’.  

El uso obligado de la plataforma digital de los repartidores de Glovo determina el carácter laboral de la relación

18 de febrero de 2019 Jurisprudencia RELACIÓN LABORAL

La sentencia otorga escaso valor a los medios materiales aportados por el repartidor -vehículo y teléfono móvil- o a la libertad de elección de un pedido frente al peso de los indicios de laboralidad como es el obligado uso de la plataforma digital, controlada y puesta a disposición del repartidor por Glovo, que es lo que posibilita la prestación del servicio y la asunción de responsabilidad ante el cliente.  

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