Ley de responsabilidad ambiental

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El daño y su aseguramiento en el Proyecto de Ley de Responsabilidad Ambiental

El artículo 45 de la Constitución reconoce el derecho de los ciudadanos a disfrutar de un medio ambiente adecuado como condición indispensable para el desarrollo de la persona, al tiempo que establece que quienes incumplan la obligación de utilizar racionalmente los recursos naturales y la de conservar la naturaleza estarán obligados a reparar el daño causado con independencia de las sanciones administrativas o penales que también correspondan.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Proyecto de Ley de reforma de la Ley de Responsabilidad Ambiental de 2007

La reforma refuerza los aspectos preventivos del actual marco normativo fomentando los análisis de riesgos medioambientales como herramienta de gestión del riesgo medioambiental y mejorando y aclarando distintos aspectos relacionados con las garantías financieras, para hacer frente a la responsabilidad medioambiental inherente a la actividad que se pretenda desarrollar. El texto propone también reducir las cargas administrativas a los operadores económicos y dotar de una mayor eficacia a las Administraciones mediante la simplificación del procedimiento de constitución de la garantía financiera.

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