Honorarios profesionales, condena en costas, tasación e interpretación del Tribunal Supremo: sobre la moderación de los honorarios profesionales de los abogados 01 de enero de 2012 Artículos doctrinales HONORARIOS PROFESIONALES El presente comentario debería comenzar con una pregunta ¿tienen carácter vinculante, las normas de honorarios profesionales aprobadas por los respectivos colegios profesionales? La respuesta debe ser negativa, tan solo tiene carácter orientativas (así, actualmente las normas de los distintos Colegios se refieren al baremo orientador de honorarios, criterios del colegio en la emisión de dictámenes a requerimiento judicial, criterios de orientación, etc.).
Derecho al olvido en Boletines Oficiales 01 de diciembre de 2011 Artículos doctrinales DERECHO INFORMÁTICO La publicación de los distintos boletines oficiales tiene como propósito dar publicidad, con fines de difusión y de manera que quede accesible al público para su consulta, de las normas y de aquellas otras disposiciones o actos que el ordenamiento jurídico considera que deben ser publicados. Esta información es considerada como un derecho democrático básico.
El delito de bigamia en el Código Penal español. Consideraciones penales y criminológicas 01 de julio de 2011 Artículos doctrinales BIGAMIA Antes de comenzar con el estudio de la bigamia, tenemos que empezar estudiando lo que significa la familia y el matrimonio. Estamos en uno de los supuestos en derecho penal en que hemos de convertirnos en civilistas, ya que el artículo 217 del Código Penal nos habla sobre “el que contrajere segundo o ulterior matrimonio a sabiendas de que subsiste legalmente el anterior” por lo que nos remite a las normas civiles a la hora de examinar los requisitos para contraer matrimonio y para conocer cuando subsiste válidamente el anterior.
La Ley de la Ciencia 01 de junio de 2011 Artículos doctrinales INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO La Ley de la Ciencia es una de esas contadas normas cuya aprobación parlamentaria ha generado un amplio consenso entre los diferentes grupos políticos. Tal vez la causa de ello resida en un contenido técnico y especializado, alejado de los habituales temas de conflicto ideológico. Puede presumirse que por ese mismo motivo la opinión pública haya permanecido igualmente pacífica, por no decir indiferente.
El objeto como elemento esencial del contrato 01 de abril de 2011 Artículos doctrinales CONTRATOS Siguiendo el art. 1.261 del Código Civil, existe contrato cuando concurren en el mismo, el consentimiento de los contratantes, un objeto cierto que sea materia de contratación y una causa de la obligación que se establezca. Por lo que contrario sensu la ausencia de cualquiera de estos tres elementos dan lugar a la inexistencia del contrato. La carencia absoluta o inexistencia de cualquiera de estos elementos esenciales provocarán la nulidad radical del contrato, en tanto que, se entraría en contrariedad con el Derecho imperativo. Cualquier acto contrario a las normas imperativas o prohibitivas no debe tener existencia y validez jurídica.
Algunas notas sobre la Reforma del Código Penal sobre el comiso y el blanqueo de capitales 01 de marzo de 2011 Artículos doctrinales BLANQUEO DE CAPITALES El presente trabajo se centrará en la incidencia de la reforma de 23-06-2010 sobre las figuras del blanqueo de capitales y el comiso, reguladas en los artículos 301, 302 y 127 del Código Penal, así como con la figura del partícipe a título lucrativo. A modo de introducción, se debe destacar que produce un importante cambio en las posibles interpretaciones de los mencionados preceptos legales, que puede verse como una superposición entre si, o por contrario, puede que de pie a extrañas hipótesis de concursos de normas o de delitos.
El aval cambiario 01 de noviembre de 2010 Artículos doctrinales AVAL Y LETRA DE CAMBIO El régimen jurídico del aval de letra de cambio aparece recogido en los arts. 36 a 37 de la Ley Cambiaria. Su reglamentación se ajusta casi en su integridad a las directrices consagradas en las correspondientes normas contenidas en los arts. 30 a 32 de la Ley Uniforme de Ginebra de 1930. Se implantó así en nuestro ordenamiento cambiario una nueva concepción del aval, distinta por completo de la que hasta entonces parecía desdibujarse en la escueta y confusa preceptiva sobre la materia expresada en los arts. 486 y 487 del Código de Comercio.
Diez claves para entender el Derecho del Medio Ambiente 01 de octubre de 2010 Artículos doctrinales DERECHO MEDIOAMBIENTAL Teniendo en cuenta que todas las actividades que realizamos tienen –para bien o para mal– un indudable impacto en nuestro entorno, desde un punto de vista jurídico, puede que lo mejor sea definir el Derecho del Medio Ambiente por los fines que persigue el legislador cuando dicta estas disposiciones. De esta forma, hablaríamos del conjunto de normas que regulan los efectos de la actividad humana en la conservación y protección de la vida en la Tierra.
Una primera aproximación al Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital 01 de octubre de 2010 Artículos doctrinales LEY DE SOCIEDADES DE CAPITAL Es destacable la doble evolución que está sufriendo el derecho de sociedades, mediante la creación de nuevas normas y la refundición de las ya existentes, expresión de lo cual, el pasado 02 de Julio, se aprobó, el Texto refundido de la Ley de sociedades de capital, compuesto de 528 Artículos, 7 disposiciones adicionales y 2 disposiciones finales, que regulará las sociedades de capital, entendiendo por tales según establece el propio texto: la sociedad anónima, la sociedad limitada y la sociedad en comandita por acciones (art. 1.1).
El protocolo familiar jurídico: necesidad de normas vinculantes para la consecución de sus objetivos 01 de mayo de 2010 Artículos doctrinales DERECHO MERCANTIL Nacido en Estados Unidos durante las dos últimas décadas del siglo XX, el protocolo familiar recibió en la cultura anglosajona el calificativo de Family Constitution o "Constitución de la Familia" que, entre otros, le otorgaron autores como Leach y Bogod1. Esta nomenclatura, aunque pueda sonar de entrada un tanto pretenciosa, resulta especialmente interesante para el estudio de la figura...
Bases sobre el Derecho de la Competencia 01 de septiembre de 2009 Artículos doctrinales DERECHO DE LA COMPETENCIA Las normas de competencia son un conjunto de disposiciones legales cuyo objetivo es el mantenimiento de un mercado competitivo en el que los productos y servicios sean intercambiados libremente. A tal efecto, la Ley española de Defensa de la Competencia y el Tratado de la Comunidad Europea prohíben determinadas prácticas empresariales que restringen o pueden restringir la competencia en el mercado.
La polémica transposición de la norma comunitaria en el servicio de telecomunicaciones por satelite 01 de septiembre de 2008 Artículos doctrinales TELECOMUNICACIONES La Comunidad Europea, a diferencia de la primera etapa evolutiva de la normativa española en la materia, considera que la prestación de las telecomunicaciones por satélite no es un servicio publico. Así lo previene expresamente la Directiva 95/47/CE, de 24 de Octubre de 1995 sobre el uso de normas para la transmisión de señales de televisión.
Revisión de oficio de los actos nulos en los Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco 01 de septiembre de 2008 Artículos doctrinales PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Teniendo la consideración de Administración Pública las Diputaciones Forales de los Territorios Forales que integran la Comunidad Autónoma del País Vasco, se analizará cada una de las Normas Forales de organización, funcionamiento y régimen jurídico de los respectivos Territorios Forales en aras a determinar el órgano competente para llevar a cabo la referida revisión en el ámbito de su respectiva Diputación foral.
Novedades introducidas por la nueva Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios 01 de abril de 2008 Artículos doctrinales CONSUMIDORES Y USUARIOS En noviembre de 2007 se aprobó el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, a través del cual se refunde la anterior Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios de 1984 junto a las normas de transposición de las Directivas Comunitarias dictadas en materia de Derecho de Consumo.
El nuevo artículo 122 de la Ley de Minas 01 de diciembre de 2007 Artículos doctrinales MINERÍA La Disposición adicional primera de la Ley 12/2007, de 2 de julio, por la que se modifica la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, con el fin de adaptarla a lo dispuesto en la Directiva 2003/55/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, sobre normas comunes para el mercado interior del gas natural (BOE de 3 de julio de 2007), ha añadido un nuevo artículo 122 a la Ley 22/1973 de Minas.
El Derecho Internacional Privado como sistema jurídico 01 de diciembre de 2007 Artículos doctrinales DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO El aumento de las relaciones jurídicas sujetas a diferentes ordenamientos jurídicos es la razón de ser del Derecho internacional privado. Las relaciones jurídico-privadas –entre particulares –, e internacionales –sometidas a más de un ordenamiento jurídico– han proliferado en los últimos tiempos, creando en el legislador la necesidad de incorporar normas que traten de hacer frente a esta nueva realidad socio-jurídica, que es el Derecho internacional privado.
La nueva contabilidad europea: quedan menos de 6 meses 01 de septiembre de 2007 Artículos doctrinales CONTABILIDAD La Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea, (BOE de 5 de julio de 2007), establece las nuevas normas contables que deberán aplicar las empresas, en concreto la novedad en todo este proceso armonizador de las normas contables fue el Reglamento (CE) N.º 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002.
La competencia territorial en el juicio monitorio. Problemas prácticos 01 de junio de 2007 Artículos doctrinales JUICIO MONITORIO El artículo 813 de la LEC establece que “será exclusivamente competente para el proceso monitorio el Juez de 1ª Instancia del domicilio o residencia del deudor o, si no fuere conocido el del lugar en que el deudor pueda ser hallado a efectos de requerimiento de pago por el tribunal… En todo caso, no serán de aplicación las normas sobre sumisión expresa o tácita contenidos en la sección 2ª del Capítulo II del Título II del Libro I.” La ley asigna, así, la competencia territorial para el proceso monitorio atendiendo a un fuero principal, el domicilio o la residencia, y otro subsidiario.
El Consejo Audiovisual de Andalucía 01 de junio de 2007 Artículos doctrinales DERECHO ADMINISTRATIVO El artículo 16.1. del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, atribuía a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencias exclusivas en materia de protección del cumplimiento de la normativa audiovisual vigente en el ámbito de los medios de comunicación social de Andalucía. Asimismo, el artículo 16.2. reconoce a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de “medios de comunicación social”, que han de ejercitarse en el marco de las normas básicas del Estado, cuya previsión constitucional viene recogida en el artículo 149.1.27.ª que reserva al Estado las “normas básicas del régimen de prensa, radio y televisión y, en general, de todos los medios de comunicación social, sin perjuicio de las facultades que en su desarrollo y ejecución correspondan a las Comunidades Autónomas”.
Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados. ¿Nuevo campo de responsabilidad civil profesional? 01 de diciembre de 2006 Artículos doctrinales En una primera aproximación y dentro de todo lo que se puede decir de la nueva Ley, tras la publicación y entrada en vigor en el BOE 170/2006, de 18 de julio de 2006 de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados, queda patente la mayor responsabilidad que en el ejercicio de su función de asesoramiento al CLIENTE -TOMADOR, que deviene como indica el PREAMBULO de la citada Ley “... la protección de la clientela que recurra a los servicios de los mediadores de seguros, se establecen obligaciones de información previa a la suscripción del contrato de seguro que recaen sobre los intermediarios de seguros, así como la necesidad de establecer mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos entre los intermediarios de seguros y su clientela, y se establece también la obligación de sancionar las conductas contrarias a las normas que rigen esta actividad al corredor...”