Oficio

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Condena a una entidad bancaria a cesar la colocación de preferentes sin ofrecer información adecuada y comprensible a los clientes

18 de noviembre de 2014 Noticias

Recibido el oficio del juzgado, la entidad bancaria comunico que no constaban cuentas con saldo acreedor a nombre de la ejecutada por lo que no podía materializar el embargo, constatándose posteriormente que la ejecutada disponía de cuentas con saldo suficiente, derivados de un préstamo concedido por la propia entidad demandada, por lo que ha de entenderse una actuación negligente de la entidad bancaria por no haber dado cumplimiento a la orden de embargo cursada por el juzgado.

Anulada una disposición de la Seguridad Social que incluía el número de altas médicas concedidas como criterio para la paga de productividad

La AN considera inadmisible que el índice general de productividad quede determinado por las altas médicas y por la iniciación de oficio del procedimiento de valoración de la incapacidad permanente, pues el único criterio que debe regir la actuación del funcionario es el estado de salud del trabajador.

La Audiencia de Tarragona confirma que un juzgado puede anular de oficio, por abusiva, una cláusula de un préstamo bancario firmado por un consumidor

La Audiencia Provincial de Tarragona ha confirmado una sentencia dictada por un Juzgado de 1ª Instancia de El Vendrell que anuló de oficio una cláusula, por abusiva, de un préstamo firmado entre un particular y una entidad financiera. El consumidor deberá abonar su deuda más 2,5 veces el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda, y no el 20% de mora fijado en el contrato.

Responsabilidad de un banco por no haber dado correcto cumplimiento a una orden judicial de embargo de las cuentas de un cliente

Recibido el oficio del juzgado, la entidad bancaria comunico que no constaban cuentas con saldo acreedor a nombre de la ejecutada por lo que no podía materializar el embargo, constatándose posteriormente que la ejecutada disponía de cuentas con saldo suficiente, derivados de un préstamo concedido por la propia entidad demandada, por lo que ha de entenderse una actuación negligente de la entidad bancaria por no haber dado cumplimiento a la orden de embargo cursada por el juzgado.

Anulada una disposición de la Seguridad Social que incluía el número de altas médicas concedidas como criterio para la paga de productividad

La AN considera inadmisible que el índice general de productividad quede determinado por las altas médicas y por la iniciación de oficio del procedimiento de valoración de la incapacidad permanente, pues el único criterio que debe regir la actuación del funcionario es el estado de salud del trabajador.

La Audiencia de Tarragona confirma que un juzgado puede anular de oficio, por abusiva, una cláusula de un préstamo bancario firmado por un consumidor

La Audiencia Provincial de Tarragona ha confirmado una sentencia dictada por un Juzgado de 1ª Instancia de El Vendrell que anuló de oficio una cláusula, por abusiva, de un préstamo firmado entre un particular y una entidad financiera. El consumidor deberá abonar su deuda más 2,5 veces el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda, y no el 20% de mora fijado en el contrato.

Responsabilidad de un banco por no haber dado correcto cumplimiento a una orden judicial de embargo de las cuentas de un cliente

Recibido el oficio del juzgado, la entidad bancaria comunico que no constaban cuentas con saldo acreedor a nombre de la ejecutada por lo que no podía materializar el embargo, constatándose posteriormente que la ejecutada disponía de cuentas con saldo suficiente, derivados de un préstamo concedido por la propia entidad demandada, por lo que ha de entenderse una actuación negligente de la entidad bancaria por no haber dado cumplimiento a la orden de embargo cursada por el juzgado.

Anulada una disposición de la Seguridad Social que incluía el número de altas médicas concedidas como criterio para la paga de productividad

La AN considera inadmisible que el índice general de productividad quede determinado por las altas médicas y por la iniciación de oficio del procedimiento de valoración de la incapacidad permanente, pues el único criterio que debe regir la actuación del funcionario es el estado de salud del trabajador.

La Audiencia de Tarragona confirma que un juzgado puede anular de oficio, por abusiva, una cláusula de un préstamo bancario firmado por un consumidor

La Audiencia Provincial de Tarragona ha confirmado una sentencia dictada por un Juzgado de 1ª Instancia de El Vendrell que anuló de oficio una cláusula, por abusiva, de un préstamo firmado entre un particular y una entidad financiera. El consumidor deberá abonar su deuda más 2,5 veces el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda, y no el 20% de mora fijado en el contrato.

La interpretación jurisprudencial del criterio de afectación general en el recurso de suplicación.

El artículo 191 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (en adelante LRJS) determina el ámbito de aplicación del recurso de suplicación con ciertas aunque no profundas modificaciones al anterior artículo 189 del Texto Refundido de la Ley 271995, de 7 de abril, de Procedimiento Laboral (en adelante LPL). Junto a la cuantía mínima de acceso al recurso que pasa de 1.800 a 3.000 euros, aparecen señalados cambios en cuanto a la recurribilidad de los autos y en lo referente al régimen de excepciones. Es respecto a esta materia en la que el punto 2 del citado artículo establece un nuevo régimen de excepciones en el que se equiparan, a efectos de suplicación, todos los supuestos de extinción del contrato con el despido, y se incluyen como recurribles: los procedimientos de subsanación de la mediación cuando ésta sea obligatoria, aquéllos que impugnen la falta de competencia territorial y funcional, los procedimientos de oficio, y los recursos de impugnación de resoluciones administrativas cuando la cuantía no sea susceptible de determinación económica o, de serlo, supere los 18.000 euros.

El mecanismo normal de reparación de resoluciones defectuosas en el ámbito judicial

Cuando alguna cosa esta mal se debe corregir; lo dicta la lógica y la razón. Y así debe ser también en el mundo jurídico; por ello, cuando una resolución judicial o decreto de los Secretarios Judiciales padece algún error o adolece de algún defecto, en un breve plazo tras su dictado y notificación a las partes, podemos llamar la atención de su autor para que proceda a su corrección; también su autor, de oficio, puede proveer a su rectificación. A veces la corrección es sencilla, pues se trata de meros descuidos o pretericiones involuntarias, que se pueden intuir o considerar comprendidas en el fallo de la Resolución; pero que es mejor aclarar y corregir a fin de que el mandato contenido resulte completo y coherente con la resolución. Sin embargo, en otras ocasiones, ni la corrección es tan sencilla, ni el cambio que la aclaración representa es fácilmente asimilable; pero, como veremos, este aspecto dramático de la aclaración también forma parte del sistema o recurso de aclaración.

La polémica Disposición Transitoria Primera, Apartado Tercero de la Ley de Sociedades Profesionales. La sentencia Auren Canarias

Es conveniente realizar un análisis de la conflictiva Disposición Transitoria Primera, apartado tercero de la Ley 2/2007 de 15 de Marzo, de sociedades profesionales (LSP) al hilo de la polémica que la Sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Las Palmas, “Auren Canarias”, abrió en el discutido tema de la disolución de oficio de las sociedades profesionales, y el denominado por la prensa “efecto dominó” que puede que provoque una serie de disoluciones y liquidaciones de sociedades en cadena a instancia de cualesquier interesado en que ello suceda.

Revisión de oficio de los actos nulos en los Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Teniendo la consideración de Administración Pública las Diputaciones Forales de los Territorios Forales que integran la Comunidad Autónoma del País Vasco, se analizará cada una de las Normas Forales de organización, funcionamiento y régimen jurídico de los respectivos Territorios Forales en aras a determinar el órgano competente para llevar a cabo la referida revisión en el ámbito de su respectiva Diputación foral.

Las evacuaciones sanitarias en los ejercicios de tiro: Sus prevenciones con arreglo a derecho militar

La organización de los ejercicios de tiro en el Ejército de Tierra es una materia que últimamente ha sido expresamente regulada por el Estado Mayor del Ejército a través de la División de Logística. Concretamente nos referimos a la norma general 1/07 sobre apoyo sanitario a ejercicios de instrucción y adiestramiento. Un estudio de la validez y eficacia de esa disposición está siendo también requerido de oficio.

El cubrimiento a un agujero en la disciplina militar: el problema de la caducidad del procedimiento y la prescripción de la infracción

La genérica aplicabilidad de la Ley de Proceso Común a la actuación de la Administración Militar - de la que el ejercicio de la Potestad Disciplinaria es sólo una manifestación -, y la carencia de una específica regulación en la Ley Orgánica 8/1998, de 2 diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas de los efectos de la inactividad de la misma en materia sancionadora, dejan fuera de duda la necesaria observancia de lo establecido en el precepto transcrito cuando el procedimiento iniciado de oficio sea un Expediente Disciplinario Militar.

los menores con suficiente madurez y, en todo caso, cuando tengan más de 12 años, deben ser oídos en los procedimientos sobre custodia compartida

11 de noviembre de 2014 Noticias Custodia compartida

Según el TS, cuando la edad y madurez del menor hagan presumir que tiene suficiente juicio y, en todo caso, los mayores de 12 años, habrán de ser oídos en los procedimientos judiciales en los que se resuelva sobre su guardia y custodia, sin que la parte pueda renunciar a la proposición de dicha prueba, debiendo acordarla en su caso el juez de oficio.

Un colegio de abogados no puede oponerse al embargo de las retribuciones del turno de oficio de un letrado ordenado por Hacienda

12 de septiembre de 2014 Noticias Recaudación tributaria

Según  una consulta vinculante de la DGT,  las diligencias de embargo deben ejecutarse en sus estrictos términos, por lo que no corresponde al Colegio de abogados que satisface la retribución a un letrado por el turno de oficio, entrar a valorar si el acto administrativo o la actuación tributaria que determina la deuda o la diligencia recibida se ajustan o no a Derecho o si incurren en errores materiales.