El TS fija doctrina sobre las principales cuestiones jurídicas que plantean los "reconocimientos de complacencia" de la paternidad 05 de agosto de 2016 Noticias PATERNIDAD La Sala de lo Civil del TS valida que se pueda impugnar la paternidad de un hijo no biológico. El ejercicio de la acción está sujeta al plazo de un año si se trata de una filiación matrimonial, un plazo que se extiende hasta los cuatro años en el caso de las filiaciones en parejas no casadas.