Reproducir

9 entradas

El Supremo rechaza un recurso contra una hipoteca multidivisa porque el escrito es corta y pega de otro (con erratas incluidas)

10 de abril de 2017 Jurisprudencia TÉCNICA CASACIONAL

La Sala de lo Civil desestima tanto el recurso extraordinario por infracción procesal como el de casación sobre la base de que los motivos están formulados con serios defectos de técnica casacional que le impiden poder entrar a resolverlos. "Una cosa es aprovechar las alegaciones que puedan servir para uno y otro caso, y otra, inadmisible, es reproducir incluso las que solo eran aplicables al anterior", ha subrayado la Sala.

En los despidos individuales derivados de un despido colectivo pactado, no es necesario reproducir los criterios de selección acordados, ni la justificación individualizada de cada cese

29 de marzo de 2016 Jurisprudencia Despido colectivo

Según el TS, tras la reforma laboral de 2012, en la carta notificando el despido individual derivado de proceso de despido colectivo con acuerdo, no es necesaria la reproducción de los criterios de selección fijados o acordados durante las negociaciones, ni incluir la justificación individualizada del cese que se comunica.

El TC ampara a una empleada que fue despedida tras ser grabada mientras sustraía dinero de la empresa

Según el TC, la negativa de la juzgadora de instancia a reproducir el DVD durante el juicio “cercenó la posibilidad de acreditar cuál era el uso dado a la oficina donde estaba colocado el buzón de seguridad, e incluso someter a escrutinio la credibilidad de los testigos que declararon en el acto del juicio”. Además, “el razonamiento ofrecido por el órgano judicial para denegar la proyección del DVD no satisface el estándar de motivación reforzada exigido por la doctrina constitucional”.

El TC ampara a una empleada que fue despedida tras ser grabada mientras sustraía dinero de la empresa

Según el TC, la negativa de la juzgadora de instancia a reproducir el DVD durante el juicio “cercenó la posibilidad de acreditar cuál era el uso dado a la oficina donde estaba colocado el buzón de seguridad, e incluso someter a escrutinio la credibilidad de los testigos que declararon en el acto del juicio”. Además, “el razonamiento ofrecido por el órgano judicial para denegar la proyección del DVD no satisface el estándar de motivación reforzada exigido por la doctrina constitucional”.

El TC ampara a una empleada que fue despedida tras ser grabada mientras sustraía dinero de la empresa

Según el TC, la negativa de la juzgadora de instancia a reproducir el DVD durante el juicio “cercenó la posibilidad de acreditar cuál era el uso dado a la oficina donde estaba colocado el buzón de seguridad, e incluso someter a escrutinio la credibilidad de los testigos que declararon en el acto del juicio”. Además, “el razonamiento ofrecido por el órgano judicial para denegar la proyección del DVD no satisface el estándar de motivación reforzada exigido por la doctrina constitucional”.

¿Puede negarse la prórroga de embargo sobre un inmueble una vez declarado el concurso de acreedores del deudor?

Cada día nos enfrentamos con resoluciones de los juzgados, por las que se deniega la prórroga de las anotaciones de embargo acordadas en su día sobre los inmuebles que fueron embargados, y cuyos deudores posteriormente han sido declarados en concurso de acreedores. Remitiéndonos dichas resoluciones al juzgado de lo mercantil a efectos de reproducir dicha petición de prórroga ante dicho tribunal.

Especialidades procesales civiles reguladas en la Ley 8/99,de 6 de abril, modificadora de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de propiedad horizontal, en relación con el artículo 249.8º de Ley 1/2000 Ley de Enjuiciamiento Civil.

El presente trabajo o análisis no trata de reproducir todo lo que ya viene especificado en la Ley, tampoco trata de traducir el lenguaje jurídico que se emplea en cualquier Ley para que lo entiendan los profanos en la materia, muy al contrario, éste breve análisis está realizado y dirigido para especialistas en la materia, por lo que no nos detendremos en aquellos puntos de la Ley que están meridianamente claros para todos, por lo que lo obviaremos, e iremos directamente a aquellos otros puntos o partes de la Ley que, o bien necesitan de una interpretación más u otro punto de vista, a pesar de todos realizados, o bien siguen necesitando aclaración mas por ser muy oscuros e imprecisos, por todo lo cual, que no extrañe al lector que en el estudio de los preceptos saltamos de un punto a otro del articulado, dejando en el camino a otros.

La fotografía en la inspección técnico policial

La primera acepción de la Real Academia Española, en su diccionario1, nos dice que la fotografía es el arte de fijar y reproducir por medio de reacciones químicas, en superficies convenientemente preparadas, las imágenes recogidas en el fondo de una cámara oscura y nos define como imagen la figura, representación, semejanza y apariencia de una cosa. La imagen que se obtiene, la fotografía, permite la conservación documental por un tiempo indefinido del objeto o persona que ha captado el interés del fotógrafo, ya sea con un fin específico o casual.

1