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Una socia de empresa gana una batalla judicial y anula una junta organizada en secreto para ampliar capital

12 de marzo de 2025 Jurisprudencia MERCANTIL

La pérdida de la affectio societatis por parte del socio demandante y su desavenencia con los otros socios no justifica que el órgano de administración actuara contraviniendo las reglas de la buena fe. Test de resistencia. No es aplicable a los casos en los que se impide al socio acudir a la junta y votar en ella, aunque su voto en contra no hubiera impedido la aprobación de los acuerdos impugnados. Dilución de la participación en el capital socialmer

Consejos legales para los socios de una sociedad cooperativa

16 de septiembre de 2022 Artículos doctrinales MERCANTIL

Sin cooperativistas no se pueden constituir Sociedades Cooperativas. Y no todas las personas cooperativistas nacen: la mayoría de ellas se hacen con el paso del tiempo. Es preciso que las personas socias que integran las Sociedades Cooperativas conozcan, comprendan, crean y compartan los Principios y Valores Cooperativos, además de comprometerse e implicarse en la autorregulación de su Sociedad Cooperativa. De esta manera, con el único objetivo de facilitar a las personas socias de las  Sociedades Cooperativas su itinerario en el aprendizaje jurídico Cooperativo, se procede a exponer los siguientes consejos legales

El impacto del potencial rescate del Gobierno a Air Europa sobre la operación de Iberia

22 de septiembre de 2020 Noticias TRIBUNA

La importancia estratégica de las operaciones de fusión y adquisición (Merge&Adcquisitions) es indudable por la manera en las que afectan al mercado y al patrimonio de los socios accionistas. Pero, igualmente, las operaciones de fusión y adquisición se ven influenciadas por las intervenciones del gobierno. Como está ocurriendo en el caso de Air Europa y su potencial adquisición por parte de Iberia

¿Podemos convocar y celebrar una Junta por ‘WhatsApp’?

Por suerte, a día de hoy, ya se cuentan con los medios técnicos suficientes para garantizar que el mensaje ha sido correctamente recibido por su destinatario de forma que pueda suplir a la tradicional comunicación escrita, siempre que pueda quedar acreditada la recepción del anuncio, tal y como establece la DGRN en su famosa y criticada resolución de 28 de octubre de 2014.