El Tribunal Constitucional considera que la Comunidad de Madrid carece de competencias para crear este tipo de barreras
La Sala determina que resulta nula –por confiscatoria- una liquidación del impuesto municipal sobre plusvalía cuando –a pesar de producirse el hecho imponible del tributo- la cuota resultante de la aplicación de la ley coincide completamente con el incremento de valor acreditado por el contribuyente
La política de devolución de extranjeros aplicada en Ceuta y Melilla, también conocida como "devoluciones en caliente", no es contraria a la doctrina internacional sobre Derechos Humanos
Los letrados no tienen que estar permanentemente conectados; es suficiente con que accedan cada tres días al sistema de notificaciones y comprueben si en este tiempo se les ha comunicado un nuevo acto procesal
El tribunal de la Sala Civil y Penal impone a Corominas, Simó, Barrufet y Guinó penas de un año y ocho meses de inhabilitación especial para cargo público electo y multas de 30.000 euros. Mireia Boya queda exonerada al entenderse que no fue nominalmente advertida por el Tribunal Constitucional y no ostentaba condición representativa de acuerdo con las exigencias del tipo penal
La Asociación Profesional de Administradores Concursales (ASPAC) ha interpuesto un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional frente a una Sentencia del Tribunal Supremo que aplica de forma retroactiva una norma que limita los honorarios de la administración concursal.
La Sala estima que existen "indícios" de la eventual comisión de un delito, tal como comarte la Fiscalía
La discriminación no se produce en la persona que solicita la licencia, sino que tiene lugar por ser mujer la persona hospitalizada y tratarse de hospitalización por parto. Los familiares sufren así las consecuencias de una discriminación por razón de sexo, de manera refleja, por su vinculación familiar con la mujer hospitalizada.
Dentro del programa de cursos de verano de la Universidad Complutense de Madrid 2020, tuvo lugar los días 27 y 28 de julio la jornada “Garantías para la independencia de la Justicia” impulsada por la Asociación Profesional de la Magistratura y que contó con el patrocinio de Telefónica y la Fundación Wolters Kluwer.
El Pleno del TC, por unanimidad, ha estimado parcialmente el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno contra el art. 5 de la Ley de la Generalidad de Cataluña 17/2017
El presente artículo aborda el contenido de la sentencia del Tribunal Constitucional alemán del 5 de mayo de 2020 sobre el programa de adquisición de valores públicos promovido por el Banco Central europeo, sus consecuencias, así como el conflicto de competencias entre los Tribunales Constitucionales nacionales y el Tribunal de Justicia de la UE que esta ha generado, identificando la amenaza, pero también la oportunidad que esta situación puede suponer para el proyecto europeo.
La STC 97/2019 ha supuesto la apuesta definitiva de nuestra jurisprudencia por el efecto disuasorio como delimitador de la exclusión de la prueba obtenida con vulneración de derechos fundamentales en el proceso penal. Ello plantea un dilema. ¿Lo relevante es la protección del derecho del acusado en el proceso o la correcta actuación de los poderes públicos en futuros procedimientos?
El avance de la tecnología, y los usos generalizados de las redes sociales, son una realidad de nuestra sociedad desde hace años. Sin embargo, no ha sido hasta el 24 de febrero de 2020 cuando el Tribunal Constitucional ha dictado su primera Sentencia sobre el derecho fundamental a la propia imagen en el entorno digital, su relación con los medios de comunicación y con las redes sociales. El artículo desbroza la materia y el camino a recorrer.
El Tribunal lo ha anunciado en su perfil oficial de Twitter. El CGPJ y Fiscalía se pronunciarán a lo largo del día
Una reciente sentencia ha declarado inconstitucional el cese forzoso de cinco facultativos catalanes, ya que dicha competencia le corresponde al Estado.
Existe una contradicción formal insalvable entre la disposición autonómica impugnada y la normativa básica estatal.
Anula las previsiones sobre movilizar el suelo público para la promoción de la vivienda de alquiler social, porque no ve extraordinaria urgencia en regular esta cuestión
En su IX Edición, los Premios Puñetas de ACIJUR reconocen lo mejor y lo peor del mundo jurídico
El Tribunal Constitucional fija que el artículo 162.1 CE y su derivado, el artículo 32 de la LOTC, conceden esta legitimación de manera expresa y concreta, "adoptando un sistema de numerus clausus, taxativo y riguroso en atención a razones de prudencia política y de seguridad y normalidad jurídica”
Una reciente sentencia del TC declara nulo el despido de un enfermero que protestó ante el Ayuntamiento por la deficiente gestión de su empleador
La Sala indica que los derechos reconocidos a los territorios históricos –Comunidad Autónoma del País Vasco y Comunidad Foral de Navarra- por la disposición adicional primera de la Constitución, no son extensibles a otras Comunidades Autónomas aunque hayan asumido las mismas competencias.
Se ha otorgado el Premio“Puñetas de Oro” al Tribunal Constitucional, por sus cuarenta años de labor como intérprete supremo de la Constitución y garante máximo de los derechos fundamentales y libertades públicas.
La sentencia llega a esta conclusión al entender, por una parte, que los contratos de compraventa, permuta, mandato y gestión de negocios ajenos que regula la normativa impugnada guardan conexión con instituciones de su derecho civil catalán existentes a la entrada en vigor de la Constitución.
El tribunal declara inconstitucional el artículo 107.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado el 5 de marzo de 2004,con el alcance previsto en el Fundamento jurídico quinto a) de la sentencia, esto es, cuando resulte confiscatorio.
El artículo recoge la regulación de los actos de comunicación judicial, la jurisprudencia constitucional más reciente sobre la materia y los nuevos retos que se deben afrontar en este campo por parte de la Administración en atención a la revolución tecnológica que estamos viviendo.
La citada indemnización por prisión preventiva indebida se suma a los 6.750 euros de indemnización que ya le reconoció la Audiencia Nacional en primera instancia por las dilaciones indebidas en la tramitación de su proceso penal. Es decir, en total percibirá 9.750 euros. La Sala aplica por primera la doctrina del Constitucional sobre el asunto.
El Tribunal Supremo argumentaba que tenía dudas de que la restricción legal cuando afectaba a un menor de edad con suficiente madurez, que realiza una petición seria por encontrarse en una situación estable de transexualidad, pueda superar el juicio de necesidad y de proporcionalidad.
La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Alfredo Montoya, señala que no existe en el caso enjuiciado vulneración de los derechos fundamentales a un proceso con todas las garantías ni a la presunción de inocencia (artículo 24.2 CE) por la obtención de datos bancarios de la lista Falciani.
Ya es pública la sentencia por la que el pleno del Tribunal Constitucional avala que se indemnicen a los presos preventivos que sean absueltos, una resolución que remueve los fuertes requisitos que la ley imponía hasta hoy. La decisión abre la puerta a que se apliquen las normas tradicionales del Derecho general de daños para la cuantificación de las compensaciones.
La sentencia entiende que la prisión preventiva seguida de absolución o sobreseimiento es en sí misma un daño objetivo que debe ser compensado.
La Red, de la que forman parte 78 tribunales de 36 países, tiene como objetivo enriquecer el diálogo y la implementación de la Convención Europea de Derechos Humanos. El alto tribunal se suma al Tribunal Constitucional como miembros españoles de la Red
El Tribunal Constitucional ha estimado la cuestión interna de inconstitucionalidad planteada por el Pleno en relación con los incisos “por inexistencia del hecho imputado” y “por esta misma causa” del art. 294.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, por vulneración de los arts. 14 y 24.2 de la Constitución.
El Constitucional reconoce que ni la Administración, ni el TSJ de Madrid corrigieron la situación de trato degradante hacia el demandante, que estuvo más de 15 meses sin información sobre sus funciones, sin tareas, sin despacho y sin nuevo destino posible.
El Constitucional otorga el amparo a una mujer que vio rechazado su escrito de impugnación al recurso de casación presentado por la contraparte, porque se cometió un error al seleccionar el código del procedimiento. La Sala recuerda que el formulario electrónico normalizado tiene un papel accesorio, y no es condicionante de la validez del escrito procesal remitido.
El Tribunal Constitucional ha establecido que el primer emplazamiento a las sociedades en la dirección electrónica habilitada vulnera su derecho a la tutela judicial efectiva.
El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad ha declarado contrario a la Constitución y nulo el apartado 1 del artículo 58 bis de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, que permite a los partidos políticos recoger datos personales relativos a las opiniones políticas de los ciudadanos.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado por unanimidad la cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Juzgado de Primera Instancia número 14 de Barcelona respecto del art. 18.2. 4ª último párrafo de la Ley de Jurisdicción Voluntaria.
En el presente artículo se pretende hacer una exposición y análisis de la doctrina del Pleno del Tribunal Constitucional consagrada en la Sentencia de 17 de enero de 2019 y que ha proclamado la innecesaridad del aviso previo para la validez de la notificación realizada por Lexnet, declarando constitucional y manteniendo el último inciso del párrafo tercero del artículo 152.2 LEC.
La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad inadmitir los tres recursos de amparo presentados por el Partido Popular contra las sentencias de los Juzgadosde lo Contencioso-administrativo números 2, 9 y 21 de Madrid y contra el Auto de la Sección Cuarta de la Sala Tercera del Tribunal Supremo que declaraban a Carles Puigdemont, Antoni Comín y Clara Ponsatí como candidatos idóneos para concurrir a las elecciones del Parlamento Europeo.
El Gobierno en funciones considera que concurren los requisitos formales y materiales para la impugnación ante el Tribunal Constitucional de algunos apartados de la ley, tras no alcanzarse un acuerdo en las negociaciones que han mantenido la Administración General del Estado y el Gobierno de las Illes Balears.
El derecho al olvido ha sido reconocido por el Tribunal Constitucional como derecho autónomo, siguiendo la estela del TJUE en el asunto C-131/12. Se concreta como el derecho de los ciudadanos a solicitar la supresión de determinados enlaces que tras una búsqueda por nombres y apellidos se hace en un motor de búsqueda en internet (como Google, Bing o Yahoo), cuando tales resultados sean ilícitos, desproporcionados, no veraces, etc. El artículo 93 de la LOPD ha venido a consagrar en positivo ese derecho.
En tanto el legislador no se pronuncie al respecto, el recurso judicial procedente frente al decreto del letrado de la administración de justicia es el de revisión al que se refiere el art. 454 bis LEC
El Pleno del Tribunal Constitucional comunica que ha decidido desestimar la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha contra los párrafos segundo y tercero del artículo 86.3 de la Ley 29/1988 reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa, que se refieren al recurso de casación fundado en infracción de normas autonómicas.
Hoy se conmemora el 40 Aniversario de la Constitución de 1978. En un día como hoy también queremos acordarnos de su máximo garante, el Tribunal Constitucional.
El objetivo de este complemento es compensar a aquellas madres que, por su dedicación al cuidado de los hijos, no hayan podido cotizar durante tantos años como el resto de trabajadores, por lo que parece razonable no reconocerlo a quien, pudiendo haber cotizado más años, se acoge a la jubilación anticipada voluntaria.
El Tribunal Constitucional desestima el recurso de un padre de familia al considerar que la maternidad, el embarazo y el parto son realidades biológicas diferenciadas de obligatoria protección, que se refiere a la protección integral de las madres. "De ahí, que las ventajas que se determinen para la mujer no pueden considerarse discriminatorias para el hombre” añade.
La sentencia del Tribunal Constitucional explica que se les reconoce la condición de agentes de autoridad no en el sentido de policía gubernativa sino en el estricto sentido de vigilancia de la observancia por los usuarios.
El Tribunal Constitucional anula la normativa catalana que regula las asociaciones para el uso de cannabis al estimar que invade competencias reservadas al Estado. El tribunal considera que la comunmente denominada marihuana no es estrictamente un fármaco o medicamento, sino una sustancia estupefaciente, por lo que constituye una materia penal reservada a la administración estatal.
El Sindicato Unificado de Policía (SUP) solicita al Defensor del Pueblo que se persone en el Tribunal Constitucional en contra de la "ley vasca de abusos policiales".
El Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid ha celebrado su tradicional fiesta en honor a su Patrona la Virgen de la Asunción, coincidiendo con el 40 aniversario de la Constitución Española. Al acto acudieron 400 invitados (políticos, empresarios, y todas las personalidades del sector jurídico) y cerca de medio centenar de periodistas.
El Tribunal Constitucional ha dado la razón al Gobierno de Castilla-La Mancha y ha declarado constitucional una parte de la ley antifracking de la Comunidad Autónoma recurrida por el Gobierno de Mariano Rajoy el pasado mes de diciembre y por la cual esta normativa se mantenía en suspenso. Se da así validez a una disposición por la que se establecen medidas adicionales de protección de la salud pública y del medio ambiente.
El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso interpuesto por el Gobierno estatal que argumentaba que exista conflicto de atribuciones entre órganos constitucionales del Estado en la tramitación de la proposición de ley del PSOE para suspender el calendario de implantación de la LOMCE. El Constitucional considera que el Gobierno no había justificado “de forma objetiva y suficiente” que la iniciativa legislativa afectara a los Presupuestos en vigor.
El Tribunal Constitucional ha hecho publica una providencia en la que admite por unanimidad el recurso de amparo interpuesto por la ex presidenta del Parlamento catalán Carme Forcadell y la miembro de la mesa Ana Simó en contra de la decisión que tomó el Tribunal Supremo el pasado 9 de Noviembre para asumir la competencia en la causa penal por el referendum ilegal celebrado el pasado 1 de Octubre de 2017.
El Tribunal Constitucional ha dictado sentencia ante el recurso de inconstitucionalidad de algunos artículos de la Ley 4/2016 de medidas de protección del derecho a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión residencial y anula en particular los preceptos que obligaban a los propietarios de viviendas vacías a ofrecer dichos inmuebles a personas que se encontrasen en riesgo de exclusión social.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Grupo Parlamentario de Unidos Podemos del Congreso de los Diputados contra el artículo 289.2, la Disposición Adicional 43ª y las Disposiciones Finales 9ª, 11ª y 12ª de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público.
El Tribunal Constitucional ha publicado la sentencia por la que ampara al Partido Socialista Catalán al considerar que se vulneraron su derecho a ejercer su función representativa cuando la Mesa del Parlamento de Catalunya se negó a consultar al Consell de Garanties Estatutàries sobre la ley de Transitoriedad, también llamada ley de desconexión, tal y como había pedido este grupo.
El Tribunal Constitucional ha resuelto el recurso de amparo interpuesto por UGT contra la decisión de la Asamblea de Madrid que vetaba al mencionado sindicato a participar en el Consejo de Administración de Telemadrid y declara que se han vulnerado los derechos de la Federación demandante a la igualdad (art. 14 CE), a acceder a los medios de comunicación social públicos según lo previsto en las leyes (artículo 20.3 CE) y a la libertad de sindicación (artículo 28.1 CE).
El Tribunal Constitucional ha dictado sentencia por la que resuelve el caso de un detenido al que la Policía no informó propiamente ed las razones por las que había sido detenido. Este hecho dificultó al hombre a prepararse su defensa durante el inerrogatorio policial. El Constitucional conisdera que se ha producido una vulneración del derecho a la libertad personal establecido en el artículo 17 de la Constitución Española.
El Tribunal Constitucional ha decretado que la conducta del profesor de Educación Primaria consistente en emplear diez minutos de la clase a explicar a sus alumnos los motivos por los cuáles iba a particpar en una huelga no constituye una infracción por la que pueda ser sancionado. En base a esta decisión, el tribunal ha anulado la sanción de un mes de suspensión de empleo y sueldo impuesta por la administración de Castilla-La Mancha al educador.
El Tribunal Constitucional ha estimado el recurso interpuesto por el Gobierno en 2011 contra la Ley 35/2010 sobre el uso del aranés y ha declarado nulos los preceptos en los cuales se establecía la preferencia de esta lengua hablada en Vall d'Arán (Lleida) sobre el resto de las lenguas oficiales, catalán y castellano.
El Tribunal Constitucional se ha pronunciado con respecto a la cuestión de inconstitucionalidad planteada por el TSJ de Cataluña en 2015 y ha anulado un precepto de la Ley 50/1980 sobre el contrato de seguro de defensa jurídica por considerarlo contrario a la Carta Magna. El preceto anulado establecía: "el asegurado tendrá derecho a someter a arbitraje cualquier diferencia que pueda surgir entre él y el asegurador sobre el contrato de seguro".
El Tribunal Constitucional ha publicado la providencia en la que admite a trámite los recursos de amparo interpuestos por los presidentes de ANC y Ómnium Cultural para que revise la prisión provisional a la cual se encuentran sujetos desde el pasado 16 de octubre de 2017.
El Tribunal Constitucional ha anunciado que admite a trámite el recurso interpuesto por el Gobierno español contra el acuerdo de la Generalitat, por el que se constituye la Comisión sobre violación de Derechos Fundamentales creada a raíz de los hechos ocurridos el 1 de octubre.
El Tribunal Constitucional rechaza los apartados del Real Decreto-Ley 15/2012 por el que se reducían los miembros del Consejo de RTVE al estimar que están en contra de la Ley Fundamental española. Asimismo, ha avalado la reforma que permite al Congreso elegir por mayoría absoluta en segunda ronda al presidente de la entidad.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso presentado por el Gobierno contra el Decreto-ley 5/2016, de 11 de octubre, por el que se regula la jornada de trabajo del personal empleado público de la Junta de Andalucía. El Pleno considera que, al reducir a 35 horas semanales la jornada laboral para los funcionarios públicos autonómicos, y a 18 las horas lectivas semanales para el personal docente de esa Comunidad Autónoma, el Decreto-ley recurrido vulnera las normas dictadas por el Estado en el ejercicio de su competencia para regular el régimen jurídico de las Administraciones públicas.
Afirma que la actuación del parlamento autonómico ha supuesto un “grave atentado” contra el Estado de Derecho. El Tribunal acuerda la notificación personal del auto a Carme Forcadell, Presidenta de la Cámara y de su Diputación Permanente, y a los miembros de este órgano José María Espejo-Saavedra y Anna Simó.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado la suspensión cautelar de la declaración de independencia aprobada por el parlamento de Cataluña el pasado día 27 de octubre. Además, advierte a la expresidenta del Parlamento catalán, Carme Forcadell, y a los miembros de la Mesa de su deber de impedir cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir esta suspensión.
Sostiene que durante la tramitación parlamentaria de la ley el Parlamento de Cataluña incurrió “en muy graves quiebras del procedimiento legislativo”, y advierte que “un poder que niega expresamente el derecho se niega a sí mismo como autoridad merecedora de acatamiento”.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado este jueves por el Partido Socialista de Cataluña (PSC) contra la decisión, adoptada por la Mesa del Parlamento de Cataluña el día 4 de octubre, de convocar la celebración el próximo lunes 9 de octubre, del Pleno para que el Presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, “valore los resultados del referéndum del día 1 de octubre y sus efectos”.
Las multas, cuya finalidad no es la de sancionar, sino la de obligar al cumplimento de sus resoluciones, sólo empezarán a imponerse, en caso de persistir el incumplimiento, a partir de las diez de la mañana del día siguiente a la publicación en el BOE, publicación que se ha producido hoy 22 de septiembre.
El alto tribunal pone en conocimiento del fiscal la actuación de su presidenta.
En los últimos días tras la contestatada aprobación de la Ley del Parlamento de Cataluña 19/ 2017, del referéndum de autodeterminación, suspendida cautelarmente por el Tribunal Constitucional la Fiscalía ha dado varios pasos para frenar su aplicación.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado, por unanimidad, la suspensión cautelar de la Ley 20/2017, de 8 de septiembre, denominada “ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república” y la regulación que rige la denominada Hacienda catalana, tras admitir a trámite los respectivos recursos de incostitucionalidad del gobierno.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado, por unanimidad, admitir a trámite los cuatro recursos presentados por el Gobierno sobre la convocatoria y preparativos del referéndum de autodeterminación el próximo 1 de octubre, los cuales suspende de forma cautelar.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad no admitir a trámite la recusación formulada por la Presidenta del Parlamento de Cataluña, Carme Forcadell, contra los doce magistrados que lo integran. Según los magistrados una recusación así, “carece de sustantividad jurídica y no es acreedora de una decisión sobre el fondo”.
En 2016, la falta de agotamiento de la vía judicial previa fue la causa de la inadmisión a trámite en el 9,39% del total de recursos de amparo inadmitidos por el Tribunal Constitucional.
El Tribunal declara la inconstitucionalidad y nulidad del art. 1 y de la disposición adicional segunda porque, al centralizar en el Servicio Público de Empleo Estatal la gestión de la ayuda económica a desempleados que han agotado el paro, contravienen el orden constitucional de distribución de competencias en materia de fomento de empleo.
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional dio la razón a una madre en una situación similar a la de la madre de Granada que recientemente se ha negado a entregar a sus hijos menores para que vuelvan a Italia con su padre. El TC admitió en ese caso el amparo, declarando la vulneración a la tutela judicial efectiva sin indefensión porque la resolución impugnada omitía una ponderación y valoración del conjunto de circunstancias en las que se encontraba la menor para decidir en base a su interés superior. Te lo contamos.
De las cifras incluidas en la Memoria del Tribunal Constitucional correspondiente a 2016, destaca, de nuevo, el elevado porcentaje de inadmisión a trámite de los recursos de amparo, representando el 99,05 por ciento del total de decisiones sobre admisión dictadas en esta materia. Por otro lado, la Institución ha sido pionera en la creación de una aplicación (TC-e), inédita en España, que permite acceder a todas las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional, entre otra información, desde todo tipo de dispositivos móviles.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad contra la disposición adicional del RD ley que permitió regularizar la situación tributaria de las personas físicas y jurídicas que no habían declarado a la Hacienda Pública todos sus ingresos. Las rentas así declaradas tributarían al 10%, sin aplicación de recargos ni sanciones penales o administrativas. Por aplicación del principio de seguridad jurídica no se verán afectadas las situaciones firmes producidas a su amparo.
El Decreto modificaba en Cataluña la anterior demarcación registral, que es la que había aprobado el Real Decreto 172/2007. Según reiterada doctrina constitucional, la competencia estatal sobre ordenación de los registros públicos comprende “la íntegra regulación de la materia”, lo que incluye la regulación de aquellas medidas de ejecución que tengan su fundamento en la consecución de la unidad hipotecaria de tráfico inmobiliario.
El Defensor del Pueblo, a la vista de los últimos procedimientos constitucionales, ha insistido en la reconsideración de las Recomendaciones, modificar la fiscalidad de las operaciones de transmisión de inmuebles cuando se hubiesen realizado a pérdidas, que fueron rechazadas en su momento.
La Sala Tercera desestima el recurso planteado por la web Homeaway Spain SA, que recurrió la orden de la Generalitat de Cataluña que les obligó a suprimir de su página los apartamentos no registrados. Para el alto tribunal, el TSJ de Catalunya no ha vulnerado la doctrina jurisprudencial ni del Supremo ni del Tribunal Constitucional en materia de medidas cautelares.
Después de anular los preceptos correlativos en las normas fiscales forales, el Tribunal Constitucional ha dictado la esperada sentencia sobre la regulación estatal de esta impuesto, estimando la cuestión de inconstitucionalidad que había interpuesto el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Jerez de la Frontera contra el artículo 107 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, por posible infracción del principio de capacidad económica del artículo 31 CE.
La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha declarado la nulidad de las resoluciones con las que el Juzgado de Instrucción número 1 de Pamplona y la Audiencia Provincial de Navarra decretaron el sobreseimiento y archivo de la denuncia por torturas realizada por el demandante de amparo tras su detención por pertenencia a la organización Ekin en 2010. Señala la Sala que el hecho de que los informes médicos no contengan datos que permitan afirmar la existencia de malos tratos “no excluye la necesidad de investigar”.
El Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 3/2017, de 28 de marzo, adapta la regulación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana a la reciente STC 37/2017, de 1 de marzo, que declaró inconstitucionales determinados artículos de la Norma Foral 46/1989, de 19 de julio, en la medida en que sometían a tributación situaciones de inexistencia de incremento de valor.
La Diputación Foral de Gipuzkoa ha decidido acomodar, mediante el Decreto Foral-Norma 2/2017, de 28 de marzo, su regulación del Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana a lo establecido en la reciente sentencia del Tribunal Constitucional 26/2017, El decreto foral-norma entró en vigor el 31 de marzo de 2017.
Reconoce al Tribunal mayores potestades para hacer efectivas sus sentencias y decisiones.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha denegado el amparo al Sindicato Confederación General del Trabajo y ha declarado que la emisión por Telemadrid de un partido de fútbol durante la jornada de huelga general del 29 de septiembre de 2010 no vulneró el derecho a la huelga, amparado por el art. 28.2 CE.
El Tribunal Constitucional declara que la Directiva 2012/13/UE que consagra el derecho de acceso por la persona detenida y por su abogado al expediente para poder impugnar de manera “efectiva” la legalidad de la detención, resultaba de obligado cumplimiento pese a no estar transpuesta en la legislación española .
El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de amparo formulado por una afiliada del Partido Socialista que fue sancionada por su partido por criticar a través de un medio de comunicación la decisión de la formación política de no celebrar primarias para la elección del candidato a la alcaldía de Oviedo.
El Ministerio de Justicia y el Tribunal Constitucional firman un convenio de colaboración para el acceso y uso de LexNET. Sus usuarios recibirán formación específica en el manejo del sistema y podrán utilizar el servicio de soporte técnico y funcional del Ministerio de Justicia.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado tramitar el incidente de ejecución de la Abogacía del Estado y suspende cautelarmente la Resolución del Parlamento de Cataluña que prevé un referéndum en 2017.
La sentencia del Pleno del Tribunal constitucional niega que se vulneren las competencias de la Generalitat sobre seguridad pública, en particular en relación con la dirección de su propia policía.
Las dos últimas Memorias del Tribunal identifican que la causa que mayor número de inadmisiones a trámite provoca son defectos insubsanables de la demanda. En 2015 fueron inadmitidas por ese motivo el 58,93 por ciento de los amparos ingresados. La página web incorpora también como novedad el enlace de acceso a una App.
Las dos últimas Memorias del Tribunal identifican que la causa que mayor número de inadmisiones a trámite provoca son defectos insubsanables de la demanda. En 2015 fueron inadmitidas por ese motivo el 58,93 por ciento de los amparos ingresados. La página web incorpora también como novedad el enlace de acceso a una App.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha avalado la constitucionalidad de la reforma de la LOTC aprobada en octubre de 2015 que otorgó al alto tribunal nuevos mecanismos para hacer cumplir sus resoluciones, como la la suspensión temporal en sus funciones de las autoridades incumplidoras y la ejecución sustitutoria de sus resoluciones con la colaboración del Gobierno.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado el recurso presentado por el Gobierno contra la Ley de Castilla-La Mancha 7/2015, de 2 de diciembre, que fijó en 35 horas semanales la jornada laboral de los funcionarios al servicio de la Administración autonómica.
Pese a que la reciente y sonada sentencia del Tribunal Constitucional anula la mayor parte de las tasas judiciales introducidas por el ex ministro de Justicia Alberto Ruíz Gallardón, aún quedan algunos supuestos en los que las personas jurídicas sí deberán abonar su importe al iniciar una demanda.
A juicio de las asociaciones, el alto tribunal estima en su sentencia que la reforma sanitaria no constituye una vulneración del derecho a la salud, sin tener en cuenta las obligaciones que imponen a las autoridades españolas los tratados internacionales que regulan el derecho a la salud, de los que España es parte.
El Tribunal Constitucional ha anulado las tasas judiciales aprobadas por el ex ministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón por excesivas y desproporcionadas. Le contemos cuáles son las consecuencias prácticas, a partir de qué fecha las tasas no son exigibles y en qué supuestos cabría recuperar las tasas pagadas.
El TC defiende que la universalidad de la sanidad no tiene que conllevar necesariamente que sea gratis y avala la decisión del legislador, en este caso el Gobierno, que puede modular las condiciones de la prestación de dicha atención médica. Desestima así en su práctica totalidad el recurso de inconstitucionalidad formulado por el Parlamento de Navarra contra varios preceptos del Real Decreto-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud (SNS) y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.
El ministro de Justicia en funciones, Rafael Catalá, ha mostrado su respeto a la sentencia del Tribunal Constitucional que declara nulas las tasas judiciales impuestas a las personas jurídicas impulsadas en su momento por el exministro Ruiz-Gallardón, y apunta que se intentará volver al sistema anterior.
Después de más de tres años desde su entrada en vigor, el Pleno del TC ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad de las tasas fijadas tanto para el acceso a la jurisdicción como para la interposición de recursos al considerar que las cuantías desprorporcionadas vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos (art. 24.1 CE). El Tribunal aclara que la declaración de nulidad de las tasas sólo producirá efectos “pro futuro".
La Fiscalía plantea incidente de nulidad de actuaciones como paso previo a la presentación de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional frente a las sentencias que deniegan el derecho de la afectada.
Las denominadas “escuchas telefónicas” –intervención de las comunicaciones telefónicas–, que pueden acordarse como diligencias instructoras en el ámbito del proceso penal –ordinario o abreviado–, requieren, para su adopción, del cumplimiento de una serie de formalidades materiales y procesales que delimitan su aplicación. El Tribunal Constitucional ha desarrollado toda una doctrina jurisprudencial en garantía del derecho fundamental del art. 18.3 CE, de tal manera que el instructor, y con carácter previo a la toma de decisión, se vea obligado a realizar un juicio de proporcionalidad concreto que avale tal injerencia, so pena de nulidad. La nueva regulación normativa viene a colmar un espacio necesario y hartamente demandado por la jurisprudencia, tanto nacional como de la Unión Europea, dando cabida así a la “habilitación legal” de la intervención, en tanto norma fundante de la injerencia en el derecho especialmente protegido.
En las siguientes líneas se analiza la extinción de la figura jurídica del condominio con un enfoque eminentemente práctico y actual, en el que se trata la evolución de dicha institución en los procesos matrimoniales, haciendo especial referencia a la posibilidad de acumular las acciones de nulidad, separación o divorcio junto a la de división de la cosa común, a la luz de diversas sentencias, tanto del Tribunal Constitucional como de varias Audiencias Provinciales y Juzgados de Primera Instancia de Cataluña –cuyo Derecho Foral fue pionero en admitir la precitada acumulación objetiva de acciones que, tras ser prohibida en un primer momento, ha sido recientemente admitida en nuestro Derecho patrio–. También se recogen sucintamente una serie de advertencias que por su trascendencia económica y fiscal deben ser tenidas en cuenta cuando se plantea la división de la cosa común (especialmente la vivienda).
La Generalidad de Cataluña cuestiona en su recurso que la reforma permita multar a cargos y empleados públicos que incumplan sus resoluciones, mientras que la impugnación del Gobierno Vasco se centra en el hecho de que, en último término, la reforma permita al tribunal de garantías sancionar a quienes incumplan sus sentencias e intervenir en las autonomías, sin garantías".
El TC ha dictado una sentencia por la declara inconstitucionales y nulos, los arts. 7 y 8.cinco de la Ley 1/2014, de 28 de febrero, para la protección de los trabajadores a tiempo parcial y otras medidas urgentes en el orden económico y social, que modificaron, respectivamente, los arts. 27.4 de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo y el art. 48.5 de la LISOS.
Reseñamos el principal contenido del dictamen del Consejo de Estado sobre la Resolución 1/XI del Parlamento de Cataluña de 9 de noviembre de 2015, sobre inicio del proceso político en Cataluña como consecuencia de los resultados electorales del 27 de septiembre de 2015 y su anexo, y la impugnación que la Abogacía del Estado ha interpuesto contra la misma. El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite por unanimidad el recurso presentado por el Gobierno, acordando la suspensión automática de la Resolución impugnada.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado admitir a trámite los recursos de amparo presentados en el día de ayer por los diputados de Ciudadanos, Partido Socialista de Cataluña y Partido Popular en el Parlamento de Cataluña contra los acuerdos adoptados por dicha Cámara los días 27 y 28 de octubre de 2015 y los días 2 y 3 de noviembre del mismo año.
El Pleno del Congreso ha aprobado de forma definitiva nueve leyes: de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil; las dos reformas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal; de Régimen Jurídico del Sector Público; de Carrera Militar; de Código Penal Militar; del Tercer Sector de Acción Social; del Voluntariado y de Sociedades Laborales;
Además, se han remitido al Senado las reformas de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de la Ley Orgánica sobre inmunidades y privilegios de los Estados extranjeros y las organizaciones internacionales.
La interposición del recurso suspenderá automáticamente la tramitación del proyecto, y la sentencia estimatoria tendrá como consecuencia la imposibilidad de seguir el procedimiento en tanto los proyectos declarados inconstitucionales no hayan sido suprimidos o modificados por las Cortes Generales.
El TC ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra el art. 4 de la Ley 9/2015, de 12 de junio, de 12 de junio, lo que supone la suspensión cautelar de las disposiciones que se refieren a la integración voluntaria de funcionarios con destino en Cataluña en los Cuerpos Superiores de Inspectores y Técnicos de Gestión Tributaria de la Generalidad.
La presentación por el PP de una reforma legal para asegurar la efectividad de las resoluciones del TC, ha levantado numerosas reacciones en los ámbitos jurídicos y políticos.
La reforma propuesta afecta a los artículos 83, 87, 92 y 95.4 de la LOTC y pretende adaptar la norma a las nuevas situaciones que pretenden evitar o soslayar la la efectividad de las resoluciones del TC, para que la garantía de su efectividad sea real.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado, por unanimidad, dos recursos de inconstitucionalidad formulados por el Gobierno contra el Decreto-Ley de
Cataluña 5/2012, de 18 de diciembre, y contra la Ley del Parlamento de Cataluña 4/2014, de 4 de abril, relativos ambos al impuesto sobre los depósitos en entidades de crédito.
Según Francisco Pérez de los Cobos, la influencia del TEDH en la interpretación de los derechos humanos se pone de manifiesto en el trabajo diario de los jueces y los tribunales españoles, que actúan como “eficaces garantes de los derechos reconocidos en el Convenio de Roma y de sus Protocolos adicionales”.
El Tribunal Constitucional confirma la constitucionalidad de los artículos 41, 51, 84.2 y disp. adic. 10.ª del Estatuto de los Trabajadores, en su redacción dada por la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha dictado una sentencia por la que rechaza por nueve votos contra tres el recurso presentado por PSOE y la Izquierda Plural (IU-ICV-EUiA y CHA) contra distintos preceptos del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes de reforma laboral.
La Sala desestima la pretensión por falta de competencia, pues esta corresponde al TC. Por otra parte, la pretensión de la Generalidad "daría lugar al resultado absurdo de situar en órganos y jurisdicciones diferentes la misma decisión sobre la conformidad a Derecho de un acuerdo del Consejo de Ministros, que se limita a solicitar del Tribunal Constitucional la instauración de un proceso específico".
El Pleno del Tribunal Constitucional ha desestimado por unanimidad el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Grupo Parlamentario Socialista en el Senado contra la reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha que estableció la reducción del número de diputados autonómicos de los 53 actuales a un número que puede oscilar entre 25 y 35. El TC rechaza que dicha medida vacíe de contenido la autonomía política de la
Comunidad Autónoma.
El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la impugnación presentada por el Gobierno contra el denominado "proceso participativo", convocado por el presidente de la Generalitat, Artur Mas, para el próximo 9 de noviembre. La decisión conlleva la suspensión de la convocatoria, así como la de sus actos de preparación, al igual que ocurrió a finales de septiembre con el decreto de convocatoria que se amparaba en la Ley de Consultas de Cataluña.
El Tribunal Constitucional ha reconocido la plena competencia del Estado para la regulación de los exámenes necesarios para ejercitar la abogacía, en una sentencia que responde a un recurso de inconstitucionalidad presentado por la Generalitat contra la ley de acceso a las profesiones de letrado y procurador.
El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el conflicto en defensa de la autonomía local planteado por cerca de 3.000 ayuntamientos de toda España contra determinados preceptos de la Ley 27/2013 de reforma local impulsada por el Gobierno.
El magistrado del Tribunal Constitucional y ex presidente de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, ha reclamado un "esfuerzo" legislativo para concretar el alcance del derecho a la libertad de expresión, al honor, a la intimidad o la propia imagen en internet y las redes sociales, que ocupan un porcentaje alto del total de recursos que se reciben en el TS.
Según el ministro de Justicia, los aforamientos que deberían subsistir en España son los que ostentan "los titulares de los poderes del Estado": el presidente del Gobierno, los presidentes del Congreso y del Senado, el presidente del Tribunal Constitucional y el presidente del Tribunal Supremo, más los 17 presidentes de las comunidades autónomas y la Familia Real, "y esto suma 22 personas".
El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso presentado por una mujer lesbiana para que se le reconociera el derecho a percibir una pensión de viudedad. La Sala afirma que no es discriminatorio que se le denegara puesto que enviudó antes de que se equipararan los derechos de las parejas homosexuales.
El Tribunal Constitucional ha amparado a un ciudadano checo al entender que la Audiencia Nacional vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva al no haber intentado localizar al abogado que el libremente designó y cuyos datos de contacto figuraban en la petición de extradición enviada por la República Checa.
La sentencia del TC esclarece tres importantes aspectos de la última reforma laboral: el período de prueba en el contrato indefinido de emprendedores; la inaplicación de los convenios colectivos antes del fin de su vigencia y la prioridad del convenio de empresa sobre el sectorial.
El Tribunal Constitucional ha acordado mantener la suspensión cautelar de los preceptos impugnados de la Ley andaluza sobre medidas para asegurar la función social de la vivienda, hasta que recaiga sentencia sobre el fondo del asunto.
El fiscal del Tribunal Constitucional ha presentado un escrito de desistimiento en el que solicita la retirada del escrito que presentó recientemente para que fijara doctrina sobre el deber de los jueces españoles de investigar las desapariciones forzadas ocurridas durante la Guerra Civil y la dictadura franquista. El abogado que presentó el recurso de una víctima dice que la orden de Torres-Dulce supone el "tiro de gracia" a la memoria histórica.
La Consejería andaluza de Fomento y Vivienda solicitará al Tribunal Constitucional que levante la suspensión cautelar de la aplicación de la Ley andaluza 4/2013, para asegurar la función social de la vivienda, ya que en Cataluña ya existe similar, la 18/2007, que no ha sido recurrida.
El requisito de agotamiento de la vía previa puede considerarse cumplido, sin necesidad de llegar al incidente de nulidad de actuaciones, cuando se compruebe que los órganos judiciales han tenido la oportunidad de pronunciarse sobre los derechos fundamentales luego invocados en vía de amparo constitucional. Es decir, cuando la vulneración de derechos fundamentales objeto de la demanda de amparo ha sido debatida en todas las instancias, debe entenderse cumplido el requisito del agotamiento de la vía judicial previa. Lo contrario supondría cerrar la vía de amparo constitucional con un enfoque formalista y confundir la lógica del carácter subsidiario de su configuración".