El Supremo declara la responsabilidad patrimonial del Estado legislador por liquidación de IIVTNU en un supuesto de inexistencia de plusvalía 21 de marzo de 2024 Jurisprudencia RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Se dio prevalencia al método objetivo de valores catastrales, resultando gravada una operación económica en la que no quedó constatada la existencia de un incremento de valor del terreno
El Supremo refrenda la fórmula actual utilizada para el cálculo de la plusvalía municipal 26 de abril de 2019 Jurisprudencia IMPUESTOS El importe de la base imponible del IIVTNU lo constituye el resultado de multiplicar el valor del terreno en el momento del devengo por el número de años de generación del incremento y por el porcentaje anual corresponda. Aunque la fórmula propuesta por la sentencia recurrida pudiera ser una opción legislativa válida constitucionalmente, no cabe que sustituya a la establecida legalmente en los preceptos que han quedado en vigor tras la STC 59/2017.
La presunción iuris tantum de existencia de incremento de valor del terreno de naturaleza urbana pervive en la regulación legal del IIVTNU 27 de febrero de 2019 Jurisprudencia IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA Recayendo la carga de la prueba sobre el sujeto pasivo del impuesto con independencia de que el Ayuntamiento impositor haya previsto la gestión del IIVTNU por el procedimiento iniciado mediante declaración o por el sistema de autoliquidación.
El TSJ de Navarra abre la vía a anular todas las liquidaciones impugnadas de las plusvalías municipales 02 de marzo de 2018 Jurisprudencia Plusvalía La Sala de lo Contencioso Tribunal Superior de Justicia de Navarra resuelve el primer recurso de casación autonómico, que crea jurisprudencia en Navarra en esta materia y dictamina que todas las liquidaciones que ya han sido impugnadas, o que estén en el plazo de serlo, del impuesto que grava las plusvalías con la anterior legislación, que fue declarada inconstitucional, son nulas al haber quedado “huérfanas de de amparo legal”.
¿A quién corresponde la carga de la prueba de la efectiva existencia de plusvalía en el IIVTNU? 13 de septiembre de 2017 Noticias PLUSVALÍA El TSJ de la Comunidad Valenciana establece en cuanto al pago del IIVTNU que es el contribuyente quien debe probar que no ha habido incremento del valor del terreno y por tanto no existe hecho imponible. Una vez aportadas las pruebas de ello, se traslada la carga de la prueba a la Administración que cuestiona la disminución de valor alegada, para que demuestre que sí existe plusvalía.