Violencia

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Ley de violencia de género ¿Una contradicción a la Constitucion Española?

Desde el inicio de la creación de esta ley, una nube gris dejaba entrever entre el profesional cercano al derecho una sensación de diferencia con el resto de las leyes. Algo que en principio prometían sería una solución para la mujer desprotegida, dio paso a una defensa a la mujer desamparada que es maltratada, pero también a un arma ilegal e inconstitucional que contradecía 3 pilares fundamentales de nuestra constitución española, cuando se realiza la denuncia falsamente: el derecho a la igualdad, el derecho a un juicio justo y el derecho a la presunción de inocencia

Reflexiones sobre las campañas publicitarias en los medios de comunicación social para prevenir e intervenir en la violencia contra las mujeres.

Ante la desbordante actualidad de asuntos relacionados con la Criminalidad y Violencia de Género, nos parece interesante aproximarnos al tratamiento que los medios de comunicación social dan a la temática relacionada con la Violencia contra las Mujeres, haciendo especial hincapié en el análisis de los elementos que consideramos deben tener las mismas para ser realmente eficaces y efectivas.

La trata ilegal de personas

01 de febrero de 2012 Artículos doctrinales DERECHO PENAL

La trata de personas es actualmente un importante problema criminal para los estados, configurándose como el segundo gran negocio ilegal, por encima del tráfico de drogas y superado sólo por el tráfico de armas. Se concibe como el tráfico de personas para su explotación ilegal desde un país de origen a un país de destino. Clásicas prácticas de este delito son el tráfico de mano de obra, o el destinado a la prostitución o explotación sexual de la víctima. Aunque en ocasiones es la propia víctima quien decide emigrar, la coacción, violencia o engaño siempre está presente en este delito, normalmente perpetrado por redes criminales organizadas.

Legalización de detenidos por delitos de violencia de género: el conflicto competencial territorial entre juzgado de violencia sobre la mujer y juzgado de instrucción de guardia por el domicilio de la victima

A raíz de la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (en adelante LECRIM operada por la Ley Orgánica nº 1/2004, de 28 de Diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se constituyó, en el organigrama judicial español, una nueva figura: la del Juzgado de Violencia sobre la Mujer.

El procedimiento contencioso de separación y divorcio en la violencia de género

La comprensión de lo que para la Ley es ahora el matrimonio no puede entenderse si no se atiende a dos declaraciones de la Exposición de Motivos de la Ley 15/2005. Según la primera: “Así pues, basta con que uno de los esposos no desee la continuación del matrimonio para que pueda demandar el divorcio, sin que el demandado pueda oponerse a la petición por motivos materiales, y sin que el Juez pueda rechazar la petición, salvo por motivos personales”.

La prueba y el derecho a la dispensa del deber de declarar por la testigo-víctima en los procedimientos de violencia de género

En los procedimientos judiciales de violencia de género la prueba de los hechos denunciados no resulta tarea fácil y ello porque estamos ante delitos que normalmente transcurren en la más estricta intimidad del hogar familiar o en un lugar donde probablemente se encontraba tan sólo la víctima con el agresor. Esta es la razón por la que reviste especial importancia el testimonio de la perjudicada frente a la versión del maltratador, quien en su defensa probablemente niegue todos los hechos e intente mediatizar a la víctima para que ceda ante sus presiones (o las de la familia) y retire la denuncia o silencie su testimonio, con el fin de controlar también el curso del proceso judicial.

El Registro de Protección de las Víctimas de Violencia Doméstica (II)

En el primer artículo dedicado al registro de protección de las víctimas de violencia doméstica (en adelante RCVD) expuse algunos de los problemas que de la práctica diaria surgían en la utilización del RCVD , lo hice desde la propia experiencia en el manejo de este registro informático. Recientemente ,la Delegación del Gobierno en Cantabria organizó una reunión en su sede de Santander que tenía por objetivo clarificar la lectura y utilización de este registro entre todos los participantes, participamos varios policías nacionales, guardia civil, representantes de la Dirección General de la mujer tanto autonómica como nacional y este secretario.

El Registro de Protección de las Víctimas de Violencia doméstica en la actualidad

El Registro para Protección de las Víctimas de Violencia Doméstica , en adelante RCVD, consiste en un registro informático constituido en el seno del Ministerio de Justicia, donde los juzgados hacen constar en tiempo real los procedimientos que se siguen por delitos de violencia de género y violencia doméstica así como los datos de los imputados y víctimas, las medidas adoptadas cautelarmente, órdenes de protección y penas impuestas, y también la actualización de todos estos datos y del estado de los procedimientos , de forma que los demás juzgados, cuerpos de policía y oficinas de atención a las víctimas conozcan todo esto con solo acceder a la aplicación informática de este registro.

Policía Local y violencia de género : intervención institucional ante la violencia de género: ámbito policial

En un tema tan delicado y complejo como es el de la violencia de género, tanto desde la perspectiva de la denuncia y la apertura en su caso del proceso judicial, como en los supuestos de actuaciones policiales previas a tales denuncias, resulta de extraordinaria importancia que ese primer contacto de la víctima con el sistema sea lo más adecuado y menos lesivo posible para ella, creando la confianza necesaria y evitando en todo caso la doble victimización.

Alternativas a las penas privativas de libertad en los delitos de maltrato doméstico

La suspensión condicional de la pena de prisión se entiende como un beneficio legal, previsto con carácter general y salvo excepciones establecidas, para penas privativas de libertad no superior a dos años de prisión. El beneficio, sin embargo, no es automático, debiendo superar, como primer presupuesto, el test de peligrosidad que en todos los supuestos exige el artículo 80.1, párrafo 2, del CP.

La prueba de la violencia psicológica en el ámbito laboral (Actualización y ampliación del artículo sobre 'La prueba del acoso psicológico en el ámbito laboral')

La violencia psicológica ha sido considerada como un tipo de violencia "invisible", pero, en realidad, no lo es tanto. Aunque no es discutible que su percepción se dificulta ya que no se expresa a través de agresiones físicas, los actos o comportamientos a través de los que se manifiesta se pueden identificar si contamos con las herramientas conceptuales adecuadas, lo cual permite también buscar los elementos para su acreditación y advertir las consecuencias dramáticas que se desencadenan en los afectados, las cuales permanecían desapercibidas hasta hace poco tiempo.

Medidas jurídicas ante el maltrato: L.O.M.P.I.V.G. de 28 de diciembre de 2004. La sociedad ante el maltrato doméstico

Con la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, se inicia en nuestra legislación una línea político criminal específicamente dirigida a la protección de las mujeres que sufren violencia de género por sus parejas. Una ley entroncada también en otras modificaciones legislativas previas cuya principal seña de identidad es el carácter de integral.

Implicaciones de la Ley 13/2007 de 26 de noviembre de Medidas de Prevencion y Proteccion Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad Autónoma de Andalucía

La aprobación de la Ley 13/2007 de 26 de noviembre de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género de la Comunidad Autónoma de Andalucia, constituye un logro en la defensa de los derechos fundamentales, pues tiene un alcance multidisciplinar y una vocación transversal al instituir medidas, actuaciones, y estrategias para erradicar la violencia contra las mujeres.

Aumenta el número de mujeres que retira la denuncia por violencia de género, una vez presentada

17 de octubre de 2014 Noticias Violencia de género

Según el balance trimestral del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género del CGPJ, del total de 31.699 mujeres que  denunciaron violencia de género en el segundo trimestre del año, casi 4.200 (un 13,2 por ciento), acabaron retirándola, lo que representa la cifra más alta desde que en 2007 comenzó a recogerse esta variable en las estadísticas oficiales.