La toma de decisiones de las personas mayores se ha convertido en uno de los asuntos más sensibles —y más actuales— del Derecho privado contemporáneo. No tanto por razones teóricas, sino por la fuerza de los hechos. Vivimos más años, y lo hacemos en sociedades en las que cada vez más aspectos de la vida cotidiana dependen de contratos, trámites y decisiones que exigen comprensión, tiempo, contexto y, en ocasiones, apoyo. El envejecimiento demográfico ha dejado de ser un telón de fondo para convertirse en una circunstancia jurídica de primer orden.
Los datos lo confirman. Según las últimas proyecciones oficiales (nota de prensa del Instituto Nacional de Estadística sobre Proyecciones de Población 2024-2074), la población de 65 años y más en España representa el 20,4% del total y seguirá creciendo hasta alcanzar previsiblemente el 30,5% en torno a 2055. No se trata únicamente de un cambio cuantitativo. Significa que una parte creciente de las decisiones económicas, patrimoniales, asistenciales, sanitarias o judiciales se adoptarán en edades avanzadas, con trayectorias vitales largas, situaciones familiares muy diversas y, en algunos casos, con fragilidades concretas.
En este contexto se celebra el webinario «La toma de decisiones por las personas mayores: diálogo entre neurociencia y derecho sobre autonomía y capacidad», organizado por la Comisión Jubilare y el proyecto de investigación de la Agencia Estatal de Investigación «Las personas de edad avanzada en el tráfico jurídico-privado: autonomía, protección y vulnerabilidad» (PID2024-156935NB-I00).
La relevancia del tema no radica únicamente en la existencia de personas mayores con deterioro cognitivo o con dependencia. El punto —más fino y, probablemente, más frecuente— es otro: hay personas mayores plenamente autónomas que, en determinados contextos, pueden ser más vulnerables al decidir. Vulnerabilidad no equivale a discapacidad, pero tampoco puede ignorarse. Ese equilibrio delicado entre reconocer fragilidades reales y evitar el paternalismo es el hilo conductor del webinario.
Conviene recordar aquí una idea que ayuda a fijar el marco. Los Principios de las Naciones Unidas en favor de las personas de edad, adoptados por la Asamblea General de Naciones Unidas el 16 de diciembre de 1991, establecen como ejes, entre otros, la independencia, la participación, los cuidados, la autorrealización y la dignidad. Sin duda, esta simple enumeración encierra una advertencia jurídica clara: la protección es legítima si sirve a la autonomía y a la dignidad, no si las sustituye.
El derecho, además, ha evolucionado en esta misma dirección. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, hecha en Nueva York en 2006, proclama su capacidad jurídica en igualdad de condiciones y exige a los Estados que garanticen los apoyos necesarios para su ejercicio cuando sean necesarios. En España, la reforma introducida por la Ley 8/2021 ha supuesto un giro profundo del sistema, desplazando el foco desde la sustitución hacia el apoyo, con consecuencias directas en la práctica contractual, judicial y notarial.
Sobre este trasfondo normativo y social, la primera intervención del seminario, a cargo de Jonathan Benito Sipos, profesor titular e investigador de Neurociencia de la Universidad Autónoma de Madrid, abordará una cuestión clave: qué nos dice la neurociencia sobre la toma de decisiones en la vejez. Su ponencia («Toma de decisiones en la vejez: entre autonomía y vulnerabilidad cognitiva») se centra en la distinción entre los cambios cognitivos normales asociados al envejecimiento y los procesos patológicos, y pone el acento en un aspecto a menudo infravalorado en el ámbito jurídico: el papel de la emoción y del contexto en la evaluación del riesgo. Desde esta perspectiva, la capacidad deja de concebirse como un interruptor que está simplemente «encendido» o «apagado». La realidad, en muchos casos, es gradual: hay decisiones sencillas y decisiones complejas; personas que se manejan bien en lo cotidiano pero se desorientan ante contratos sofisticados; personas plenamente lúcidas que, sin embargo, deciden precipitadamente por miedo, presión o aislamiento.
La segunda intervención, a cargo de Fátima Yáñez Vivero, catedrática de Derecho Civil de la UNED, trasladará el debate al ámbito donde esta problemática se hace visible con mayor intensidad: la contratación privada. Su ponencia («La vulnerabilidad de las personas mayores en la contratación privada») permitirá poner sobre la mesa una realidad que todos los especialistas reconocen: en un mercado cada vez más digitalizado y agresivo, la edad puede convertirse en un factor de riesgo cuando concurren determinadas circunstancias, como la soledad, la brecha digital, la fatiga decisoria, el exceso de confianza en la otra parte o la dificultad para comparar ofertas. Este análisis enlaza con un problema más amplio: el riesgo de edadismo en las relaciones sociales y jurídicas. La Organización Mundial de la Salud define edadismo como «la forma de pensar (estereotipos), sentir (prejuicios) y actuar (discriminación) (…) por razón de la edad».
En el ámbito contractual, el edadismo puede adoptar formas opuestas: desde la infantilización de la persona mayor hasta lo contrario, dejarla sola ante operaciones complejas. Ambos extremos fallan: uno por exceso y otro por omisión.
La clave —como se debatirá en el seminario— está en diseñar garantías que mejoren la calidad del consentimiento sin negar la autonomía. En términos prácticos, esto se traduce en información comprensible, tiempo razonable para decidir, canales adecuados, posibilidad real de apoyo y, cuando proceda, mecanismos de control y remedios eficaces. El enfoque es claro: acompañar el ejercicio del derecho, no sustituirlo.
La tercera intervención, a cargo de Natalia Velilla Antolín, magistrada, se centra en una cuestión especialmente delicada: la valoración de la capacidad. Su ponencia («Valoración de la capacidad de las personas mayores») aborda cómo evaluar de forma adecuada el proceso decisorio en personas de edades avanzadas, evitando dos errores frecuentes: presumir la discapacidad por razón de la edad o, en el extremo contrario, presumir una capacidad plena en contextos donde existen señales claras de riesgo. La pregunta relevante no es si una persona «es capaz o no», sino si necesita apoyos para decidir bien en un acto concreto. Esta mirada funcional y contextual es, además, la única compatible con un modelo que pretende reforzar la autonomía real, no la meramente formal.
En última instancia, el seminario propone un cambio de perspectiva que merece ser subrayado. Decidir en la vejez no es un problema clínico que el derecho deba simplemente soportar, sino un fenómeno social que el derecho está llamado a comprender y ordenar. A medida que la población mayor crece, aumenta también el número de decisiones patrimoniales y personales adoptadas en edades avanzadas. Y el derecho debe reconocer que el riesgo no está solo en el deterioro cognitivo, sino también en el entorno: la complejidad de los productos, la asimetría informativa, la rapidez digital, el aislamiento o la presión indebida.
Este seminario interpela a todos los operadores del tráfico jurídico. En un país, como España, que ya alcanza niveles muy elevados de envejecimiento y que seguirá avanzando en esa dirección según las proyecciones oficiales, la autonomía de las personas mayores no es un asunto marginal, sino una cuestión estructural del Estado de Derecho. Para ello, el derecho debe evolucionar hacia un modelo de consentimiento reforzado, donde la persona mayor sea tratada como sujeto pleno con apoyos proporcionales si son necesarios.
| JUBILARE |
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Organizado por el Colegio de Registradores en su iniciativa Jubilare, el próximo 26 de febrero a las 17,00 h. tendrá lugar en la sede del Colegio de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles (C. Príncipe de Vergara, 70), un nuevo seminario que también podrá seguirse por TEAMS «La toma de decisiones por las personas mayores: diálogo entre neurociencia y derecho sobre autonomía y capacidad» Programa de la jornada e inscripciones en este enlace. Puedes confirmar tu asistencia en el telf. 912 721 858 o enviando correo a secretariasdireccion@corpme.es |








