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21/04/2017 09:36:04 CONGRESO ABOGACÍA MADRILEÑA 6 minutos

La reciente doctrina social del TJUE en el II Congreso de la Abogacía Madrileña: no discriminarás al interino

El Derecho Social europeo tendrá cada vez mayor peso en la regulación y la práctica socio laboral de los Estados miembros, su conocimiento resulta ya ineludible para cualquier laboralista. Tanto si eres abogado laboralista como si tienes interés en profundizar en el estudio de la reciente doctrina social del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y sus consecuencias, ahora tienes una gran oportunidad: no dejes de asistir al II Congreso de la Abogacía Madrileña los próximos días 25 y 26 de abril.

El pasado 14 de septiembre de 2016 tres sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunciaron sobre varios aspectos de la contratación temporal en nuestro país, influyendo de forma directa en no pocas resoluciones posteriores de los órganos judiciales nacionales y dando lugar a un intenso debate jurídico y político.

Estas recientes resoluciones ponen de relevancia la creciente preeminencia del Derecho Social europeo en nuestro derecho interno. Por ello, durante el II Congreso de la Abogacía Madrileña, se analizará de la mano de especialistas la jurisprudencia europea más reciente en materia de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social, una jurisprudencia que, sin duda, debe ser conocida por los abogados laboralistas.

La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el caso De Diego Porras lanzó un mensaje claro: la legislación española discrimina a los trabajadores interinos respecto de los "fijos" al excluirles del derecho a percibir una indemnización del empresario al finalizar su relación laboral (excepción hecha de las que corresponden al despido improcedente y al procedente por causas objetivas).

El siguiente paso fue la interpretación y aplicación de esta sentencia en los concretos asuntos que iban llegando a los tribunales Las sentencias se han ido sucediendo, equiparando en este derecho a interinos, temporales e incluso indefinidos no fijos, a los que se otorga una indemnización equivalente a 20 días por año de servicio por extinción de contrato.

Algunos expertos laboralistas, ante el fracaso de las últimas reformas laborales implantadas, llegaron a plantear como paso lógico el llamado "contrato único" de trabajo, una medida que serviría tanto para cumplir con Europa como para simplificar nuestro sistema de contratos laborales. Pero ¿es de verdad la solución?.

La situación originada provocó la convocatoria de un grupo de expertos que debían analizar e interpretar estas sentencias con el fin de consensuar una modificación del Estatuto de los Trabajadores, muy deseable para remediar la inseguridad jurídica actual. El informe presentado aún no es definitivo, pues se espera una nueva sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la materia, que, previsiblemente, permitirá establecer un criterio más homogéneo en la revisión del contrato de interinidad.

Moderada por Carlos Javier Galán Gutiérrez, abogado y Presidente de la Sección de Derecho Laboral del Colegio, la mesa redonda "Doctrina social reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea", contará con la visión experta de Alberto Novoa Mendoza, abogado de Ceca-Magán Abogados, Guillermo Leandro Barrios Baudor, magistrado del Tribunal Superior de Justicia de la Rioja, y Mª José Ramo Herrando, abogada de Garrigues. Tras el debate, los participantes podrán exponer sus dudas y preguntas en el correspondiente turno de intervenciones.

Preguntas como ¿es el "contrato único" el paso lógico y la solución a los problemas cardinales de nuestro sistema de contratación laboral?; ¿qué exigen a nuestro legislador estas recientes sentencias del tribunal europeo?, ¿cómo mejorar los mecanismos de lucha contra el fraude en la contratación temporal?, o ¿es aplicable la doctrina de Diego Porras a los indefinidos no fijos de la Administración (tal y como parece confirmar una reciente sentencia del Tribunal Supremo) estarán muy presentes en esta mesa redonda.

No olvides la cita: en la Sala París del Palacio Municipal de Congresos (sede del evento) el miércoles 26 de abril (de 13.15 a 14.15 horas). Una jornada que no pueden perderse los abogados interesados en este campo del derecho. Inscríbete ya. Tienes que estar.

La opinión experta: Carlos Javier Galán

Carlos Javier Galán Gutiérrez, moderador de la mesa, nos ha contestado a un pequeño cuestionario en el que nos adelanta las cuestiones clave del tema tratado y aconseja a los abogados laboralistas en este momento de gran incertidumbre:

P. ¿Por qué se ha incluido esta materia en el programa del Congreso?

R.: Una de las noticias con mayor repercusión en el ámbito del Derecho del Trabajo en los últimos años fueron las tres sentencias dictadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado 14 de septiembre de 2016 sobre contratación temporal. En general, parece claro que el Derecho Social europeo va a tener en la práctica un peso cada vez mayor y que su conocimiento resulta ya ineludible para cualquier laboralista.

P. ¿Qué consejos puede dar  a un laboralista que quiera pelear un asunto de interinidad tras las sentencias del TJUE?

R.: El deber del abogado en un juicio no es buscar cuál es la solución más rigurosa doctrinalmente, sino ofrecer argumentos jurídicos en defensa de los intereses que le ha confiado su cliente. Desde esa perspectiva, en una situación de incertidumbre como ésta, parece claro que, si el laboralista asiste al empleador, habrá de defender que la decisión del TJUE tuvo un alcance limitado y, por el contrario, si es abogado defensor del trabajador, tendrá que intentar que los efectos jurídicos de aquella decisión se extiendan a su caso concreto. Mi pronóstico puramente personal es que la doctrina del TJUE sobre indemnizaciones acabará siendo cuando menos matizada, mientras que la de encadenamiento de contratos en Administraciones Públicas va a consolidarse.

P. De lege ferenda ¿qué postura debe tomar el legislador español?

R. Parece prudente esperar un poco, puesto que se han elevado nuevas cuestiones prejudiciales ante el propio TJUE sobre la misma materia que, en mi opinión, son más rigurosas o más completas en el planteamiento del asunto que la que se resolvió en septiembre. Cuando esas resoluciones se dicten, veremos si la Justicia europea confirma íntegramente o rectifica en parte la interpretación que hizo. Y a partir de ahí, sí es sensato que el legislador, tras escuchar a los interlocutores sociales, busque una solución legal que evite sobrecargar una vez más a los órganos judiciales con una avalancha de reclamaciones.

P. ¿Es el contrato único la solución al problema laboral en España?

R. No me parece que haya una solución mágica ni única para la situación laboral de España. Creo que habría que afrontar varias reformas e ir a un modelo laboral y productivo diferente, sin el planteamiento cortoplacista tan habitual en la política española.

Personalmente, no soy defensor de un contrato que sea, en puridad, único, pues creo que hay modalidades, como las formativas o la interinidad, que tienen mucho sentido. Pero sí me parece que se puede implantar un modelo de contrato estable que sea el más extendido y donde nos evitemos la actual situación de fraude de ley generalizado en la contratación temporal. Ahora bien, un modelo de este tipo puede ser bueno o malo en función de cómo se regule. “Contrato único” es una denominación que puede referirse a algo muy positivo o algo muy negativo, según el contenido que se le dé.

P. ¿Existen otras mesas en el Congreso que aborden tangencialmente este tema?

R. Hay varias mesas de temática laboral. El miércoles 26 a las 10’30 h. Bernardo García (abogado de UGT) moderará un coloquio sobre el futuro de la negociación colectiva con Enrique Lillo (abogado de CC.OO.) y otro compañero que habitualmente defiende a empresas, Román Gil de Alburquerque. Ese mismo día a las cuatro de la tarde, Antonio Sempere, Magistrado del Supremo, repasará en su conferencia la jurisprudencia sobre Seguridad Social. 

 

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