Presentación fuera de plazo de la contestación a la demanda interpuesta contra sus clientes que no constituye per se un delito de deslealtad profesional
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La conducta negligente del abogado propició la preclusión del plazo, pero no causó un perjuicio manifiesto. Pudo exponer sus alegaciones en defensa de los demandados y no fue determinante para la condena al pago de las cantidades reclamadas
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